martes, septiembre 01, 2009

Esto es lo que puedes hacer para gestionar adecuadamente un proceso de recuperación de mora extra judicial y judicial en El Salvador.

Por

Como he dicho anteriormente, los préstamos constituyen en su esencia un acuerdo de honor entre las partes, el cual se encuentra regulado por las cláusulas particulares del convenio que incluye por ejemplo el período de vigencia, monto y tasa de interés, así como la legislación particular a la que se encuentran sujetas las entidades financieras. Cumplir con lo establecido en ese convenio le otorga al sujeto o cliente una buena calificación de riesgo, caso contrario, todo se convierte en una pesadilla.

Al momento de incumplir con lo convenido, es decir, cuando se deja de pagar la cuota convenida sin importar su causa, comienza a correr el tiempo para que el banco exija por la vía judicial la recuperación de la totalidad del préstamo que nos concedió. Esto ha sido avalado por nosotros mismos en ese documento llamado Contrato lleno de letras pequeñas y que siendo sinceros casi nadie leemos NUNCA. El hecho es que se abre el telón y comienzan dos etapas en la recuperación de la mora a favor del banco.

1.- La Recuperación Extrajudicial.

Es de carácter administrativo. Es decir aún no se han tocado las instancias legales para exigir la puesta al día o la recuperación total de la deuda. En este período se vive lo que yo llamo "terrorismo telefónico".  Todos los días de forma incansable uno o varios teleoperadores gestores de cobro entrenados y acostumbrados en esta actividad le van a estar llamando. Usted se va a desesperar y ese es su objetivo más que recuperar la mora, ya que ellos cuentan que usted bajo ese estado de desesperación consiga el dinero que le exigen a como dé lugar. 

Conocí el caso de un amigo, de quien me reservo el nombre, que vivió una experiencia bastante bochornosa. Sucede que este amigo tenía mora con Aval Card, hace como unos ocho años, y sus entradas de dinero habían bajado. Cayó en mora de 180 días. Le hablaban incesantemente, hacía promesas que sabía no cumpliría, le volvían a llamar. El acoso fue tal que cambió de teléfono. Se escondió. Y un día que se levantó se dio cuenta que había un letrero en la puerta principal de su casa que decía "Sr. .... Usted es deudor de AVAL CARD, su cuenta tiene a la fecha 250 días de mora por un monto de $7,500.00, páguelos de inmediato, no sea sinverguenza".  Terrorismo, persecusión, acoso son términos que caben en este caso. 

En mi caso particular, puedo decirles que esta primera estapa es la que tiene más golpes directos, es de choque y por lo tanto es esencial que sepamos manejarla. Es esencial que sepamos ser más inteligentes que nuestros acosadores. En un caso personal vivido hace tres años, cuando tuve mi última experiencia de este tipo, me llamaba insistentemente un muchacho, no recuerdo el nombre, pero resultaba chistoso que el muchacho cada vez que me llamaba decía las mismas palabras, exactamente. En una de esas yo le dije: "Mire Don, usted parece que está leyendo cuando habla conmigo, dice exactamente las mismas palabras todas las veces".  Los gestores de cobro son gente como usted y como yo, son personas que hacen ese trabajo sucio, y el primer paso para entenderlos y tolerarlos es entender nosotros que en primer lugar nosotros directa o indirectamente tuvimos la culpa de caer en mora y en segundo lugar que es por eso que ellos nos llaman. Al entender este punto, les tendremos un poco más de tolerancia. 

Tips para enfrentar efectivamente a un gestor de cobranzas. 

1.   SEA PACIENTE, NO DESESPERE. Recuerde que usted ha caído en mora y el que le llama es un empleado que vive de ese trabajo. Recuerde que ese personaje que le llama ha sido entrenado incluso para recibir insultos y seguirle llamando, no se lo va a quitar de encima.

2.   NO PROMETA LO QUE NO VA A CUMPLIR. Mida sus posibilidades reales de hacerle frente al problema de mora. Sea veraz, y cumpla su promesa de acuerdo a su capacidad, sin  importar que la misma no sea de la satisfacción o la exigencia que el gestor le dice. 

3.   PROMUEVA LA NEGOCIACION, NO LA CONFRONTACION. Ser capaz de negociar y no confrontar dirá mucho en bien de usted, será una forma de decirle a ese gestor que tiene ganas de pagar de alguna manera, que ofrece una solución. La mayoría de ocasiones, la gente propositiva gana más confianza y credibilidad no así la gente confrontativa, que es tomada al final como insegura o mentirosa. 

4.   BUSQUE UN FINANCIAMIENTO EN SU EMPRESA O UN AMIGO, SIN INTERESES, O UNA FUENTE ADICIONAL DE INGRESOS. Esta es la parte medular para salir de la mora. Usted no puede recurrir a un agiotista para salir de una deuda, en la medida de lo posible (y de lo imposible también) busque un préstamo sin intereses de una persona de su confianza o de la empresa donde usted labora. En esta parte pesarán mucho sus relaciones personales y su calidad como empleado, aspectos que deberían estar íntegros por lo más alto. 

5.   NUNCA SE ESCONDA. ENFRENTE EL PROBLEMA. Si los problemas se acabaran con escondernos, le aseguro que la palabra "problema" sería cosa del pasado. Si usted se esconde, la deuda va a continuar, no se va a congelar, va a crecer, recuerde que el tiempo es el verdadero negocio de los bancos. 

Bien, en cuanto al proceso de recuperación de mora diremos que se puede dividir en dos partes: La recuperación Extrajudicial y la Recuperación Judicial. 

2.- La Recuperación Judicial

He notado que algunas personas han visitado mi blog utilizando estas palabras clave: ¿cuánto tiempo demora un proceso de embargo?, bueno eso dependerá de algunas variables tales como: ubicación del cliente, ubicación del avalista o deudor solidario, ubicación de los bienes en garantía, en fin, es una combinación de factores las que pueden alargar o acortar el tiempo.  En este caso entiéndase por "ubicación" a la capacidad del banco en tener un registro fiel y verdadero de la dirección  de trabajo y residencia. Referente a cuando una demanda ya está judicializada, es decir cuando el banco o entidad financiera ya ha demandado ante un juez que la deuda sea resarcida por el cliente de manera forzosa o por embargo de bienes, generalmente este proceso no demorará más de 30 días para que el juez dicte sentencia. Recordemos que los apoderados judiciales de los bancos viven de este tipo de trámites y cuando hablamos de abogados, hay que tener en cuenta que hablamos también en muchos casos de abogados que gozan de tráficos de influencia en los tribunales civiles o mercantiles, que les pueden facilitar las cosas, esa es una triste realidad. 

 

La recuperación judicial es la fase final de un largo Calvario. No tengo mucho qué decir al respecto, sin  embargo le menciono lo siguiente:

1.   La ley prohíbe realizar embargos los fines de semana o en la noche. Tiene que ser durante el día y entre Lunes y Viernes con presencia de las autoridades policiales. 

2.   No pueden ingresar a su casa o lugar donde se realizará el embargo sin ORDEN DE ALLANAMIENTO. Si usted los deja entrar, es otra cosa. Tratarán de intimidarle con una gran serie de argumentos como "Usted si no abre irá preso" o "usted está desobedeciendo a la orden de un juez", pero son TIMOS, ellos saben que mientras estén fuera  no pueden realizar el embargo de bienes. 

3.   No pueden confiscar bienes que NO SON DEL TITULAR O DEL CODEUDOR. Hay que tener los documentos o pruebas de la titularidad de los bienes, si no los hay el ejecutor los puede confiscar y luego habrá que liberarlos con un juicio especial, no lo permita. 

4.   Trate en lo posible de no llegar a esta fase

Diferentes circunstancias nos pueden obligar a llegar a la mora. Lamentablemente no hay otra manera de hacerle frente de manera efectiva sino es pagando esa mora evitando caer en más préstamos. La capacidad que tengamos de negociar un  arreglo con el banco puede ser el camino correcto a tomar en lugar de enfrentarse a estas entidades en las últimas consecuencias. 

 

532 comentarios:

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Carlos Umana dijo...

Que sucede cuando alguien como yo, que no tiene bienes y vive en casa de sus padres le dicen que le van a embargar en su casa aunque los bienes sean de sus padres? Yo tengo casi dos anos de no tener empleo, he buscado y no encuentro y mis padres no pueden solventar mi deuda que en un principio era de $ 3,500.00 y ahora me dicen que es de $ 5,700.00. El banco, HSBC, me amenaza con llevarse todo aquello que no demuestre que "no es mio", y no he podido conseguir dinero para pagar. Que pasa en este caso?

Unknown dijo...

Estoy reportado en la superintendencia por un crédito que obtuve en 1998 y el cual no pude pagar, según entiendo ya prescribió que puedo hacer para limpiar ese reporte en la superintendencia.

Emy dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Marvin Santos dijo...

Carlos:
En tu situación, mientras no tengas empleo y vivas en la casa de tus padres, siendo prácticos, no debes dejar entrar al ejecutor de embargo. El ejecutor de embargos puede hacerse acompañar de la policía, PERO si no lleva una ORDEN DE ALLANAMIENTO que es la única manera de entrar forzosamente a tu casa, simple no lo dejes entrar y soporta. Al encontrar empleo, que te embarguen el salario, que por ley no pueden embargarte todo, solo el 20%.

Si tú los dejas entrar, ellos los ejecutores se llevan lo que quieren.

Y sí, lamentablemente, el tiempo es el mejor negocio de los bancos, tu deuda seguirá creciendo lamentablemente.

Marvin Santos dijo...

gs:
Indagaré qué puedes hacer en tu caso y publicaré un post al respecto.
saludos.

daysi dijo...

Hola, me estan llamando de puntual con respecto a una deuda de citi y me dicen que me van a embargar lo que tengo. Pero no me han hecho citacion y yo estoy haciendo los abonos que puedo aunque sean menos y los intereses se vayan acumulando mas, les pago lo que esta dentro de mis posibilidades en este momento. Asi que quisiera saber que tan cierto es que me puedan embargar si yo estoy abonando a la cuenta?

Marvin Santos dijo...

Hola Daysi. Gracias por leer y compartir tu inquietud.
En este momento lo mas recomendable que puedes hacer es acercarte a las oficinas de CITI. No te entiendas con PUNTUAL. Puntual es un despacho jurídico que va a utilizar todo tipo de artimaña y amenaza para coaccionarte al cobro. Acercate al CITI, diles que estás dispuesta a convenir algún tipo de solución de acuerdo a tus posibilidades. En todo caso, te recomiendo que guardes los recibos de lo que has abonado. Esto puede servirte al momento de demostrar en un juicio la cantidad exacta que debes al banco.

Andres dijo...

Marvin queria hacerle esta pregunta:

Tengo unas deudas de tarjetas de credito con el Citi Bank.
He venido pagando puntualmente mis tarjetas sin caer en mora. Pero desgraciadamente mi negocio va mal y ya no podre seguir pagando mis tarjetas. Como usted bien sabe el Citi tiene una AFP que se lla ma Confia. Soy afiliado de Confia ,ahi tengo mis ahorros de pension. Le puedo proponer al Citi Bank que se quede con mis ahorros de mi pension para saldar mis deudas de tarjeta de credito? Es esto posible? Lo acepta el banco? No tengo mas opciones de pago hasta que pueda conseguir un empleo. Le agradezco me pueda responder.

cesar dijo...

hola mi nombre es cesar mis duegra tiene una deuda en credomatic llegaron a embargar con la policia no lograron entrar pero dijeron q regresarian ella tiene dos terrenos pero en esos dos terrenos tiene su casa uno esta hipotecado el otro esta libre pero es lo unico que tiene la llamaron amenazaron que ya vieron en el registro q uno esta libre y que lo van a embargar puede hacer eso ?que ley la protege? y cuanto tiempo demora eso? le agradeceria una respuesta pues he estado leyendo mucho pero no encuentro nada a la deuda es de 4000 y los terrenos estan valorados en $5000 y el otro $5000 pero en los dos hay solo una casa gracias

Jackie Miranda dijo...

Yo fui fiadora solidaria cuando yo trabaje pero me quede sin empleo pero antes de renunciar el prestamo de la deudora estaba cancelando las cuotas de alli no supe mas hasta esta semana llegaron ala casa de mis padres y con mentiras entraron y se llevaron los electrodomesticos ellos estan muy indignados con tal situacion nunca recibi notificacion y no quieren devolver lo que se llevaron quieren que yo haga un credito con ellos y no me dan un estado de cuenta y ahorita la verdad yo nunca he hecho un prestamo menos con ellos y no tengo empleo por el momento he andado buscando pero no he encontrado

Marvin Santos dijo...

Andres:
En primer lugar las disculpas por la demora, bueno, lamentablemente los fondos para pensiones se rigen por un marco legal que les impide ser negociables. En este caso, aunque el CITI sea el dueño de CONFIA no puede hacer un cruce de cuentas. La Ley de Pensiones estipula las formas en las cuales puedes hacer uso de esos fondos: INVALIDEZ, VEJEZ o MUERTE. Lo recomendable en este caso es exponer tu situacion al CITI y tratar de llegar a un arreglo antes que empeore la situacion.

Marvin Santos dijo...

Cesar:
Gracias por leer. Bien, lamentablemente sí pueden proceder siempre y cuando el terreno se encuentre registrado a nombre de ella.

El embargo preventivo de bienes o embargo judicial procede solo con la orden del juez. Generalmente estos casos son ventilados en el juzgado 5to. de lo mercantil ya que es en ese juzgado donde Credomatic tiene la mayor cantidad de casos.

Marvin Santos dijo...

ja:
Seria bueno nos mencionaras qué entidad bancaria o financiera es la que hizo este atropello.
Debieron haberte hecho saber que la o el deudor se encontraba en mora antes de proceder por via judicial, esto apelando a la ética y buena conducta de una entidad seria.
Ya presentaste queja ante la Defensoria del Consumidor?... indagate en línea en el sitio de ellos http://www.defensoria.gob.sv/

sergio dijo...

Hola disculpe pero tengo una consulta que estaria muy agradecido si me la puede contestar:
tengo una deuda con Scotiabank por prestamo personal sin fiador que deje de pagar desde el año 2007 debido a la falta de empleo, la deuda inicial era por 10,000 desde efebrero de 2006 pero al dia de hoy ya supera los 14000. la cuestion es que desde hace un año que consegui empleo en una entidad gubernamental y mi sueldo es de 525 dls. cree ud que podrian darme una salida concreta en el banco? pues el 20% de mi salario seria de 130 dls con lo cual no puedo amortizar la deuda que tengo pues pasaria toda una vida pagandola. sinceramente tengo temor a llegar al banco porque pienso que me podrian embargar hasta el 50% de mi salario y yo honestamente tengo ganas de salir de ese problema pero la pita no me da para mas.

Anónimo dijo...

Buenas tardes , tengo una consulta , tengo una orden de embargo por una deuda hipotecaria, me llego algo de los jusgados que dice que era definitiva y quiero saber que me pueden quitar y que no o que me ampara por favor le agradecere mucho su ayuda

Gio

Marvin Santos dijo...

Sergio:
El embargo sobre sueldos está regulado legalmente hasta por el 20% del mismo, el banco no puede embargarte más que eso.

Si es el caso que tú no tienes bienes que te pueden embargar ni tampoco cuentas bancarias, el banco sabe que tendrá que arreglar con tu salario.

Si la institución donde estás laborando te paga con DEPOSITO EN CUENTA, te aconsejo que estés atento ya que las CUENTAS BANCARIAS sí proceden a embargo.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
En el caso de los créditos hipotecarios recordemos que cuando el banco los otorga, el inmueble que sirve de garantía SIEMPRE tiene un valor superior al monto del crédito. Partiendo de este hecho, si usted cayó en mora y el banco le emplazó judicialmente reclamando el pago o hacer efectiva la garantía, pues la orden judicial es en este caso sobre el inmueble.

Hay que tener en cuenta este detalle: Los juicios mercantiles están resolviéndose muy ágilmente. Así la recuperación judicial sobre todo en los créditos hipotecarios es un proceso bastante simple de resolver a favor del banco por parte de los jueces.

En este caso, le quitarán el inmueble y no debería ser nada más.

Anónimo dijo...

Saludos, mi caso es el siguiente; Me quede sin trabajo y deje de pagar 2 prestamos personales sin fiador que suman mas de $40mil y ciertas tarjetas de credito. no tengo ningun bien en El Pais pues habia vendido mi casa antes. luego de quedarme sin trabajo me vine para los Estados Unidos. Que pasa si regreso a El Salvador? me detendrian en el aeropuerto y me llevarian a juicio?

Marvin Santos dijo...

Estimado anónimo:
En principio, la Constitución de la República de El Salvador PROHIBE LA PRISION POR DEUDAS (Artículo 27 inciso 2 de la Constitución). Usted tiene una RESPONSABILIDAD CIVIL que cumplir y no es una responsabilidad PENAL ya que no se le puede configurar el CONTRATO CRIMINALIZADO del cual ya hablamos en nuestro último post de este blog (ver http://creditosenelsalvador.blogspot.com/2012/04/ahora-resulta-que-somos-criminales.html).

En resumen, si usted regresa a El Salvador no debería tener problemas con la justicia más allá de la responsabilidad Civil.

Gracias por leernos.

Anónimo dijo...

Estimado, mi duda es si tengo la casa hipotecada y ademas tengo prestamo bancario con otra institucion diferente de la hipoteca, está puede enbargarme la cas aunque este hipotecada y yo esté pagando dicha hipoteca.?????

Marvin Santos dijo...

Pueden reclamarla ambos, sin embargo, sólo puede responder en primera instancia a la entidad que le cedió el crédito hipotecario ya que esta institución es la que tiene el derecho según el mutuo firmado del crédito. En el supuesto que el banco que le cedió el préstamo personal lo embargue, cuando lo emplacen en el CNR verán que usted tiene en propiedad una casa, pero no podrán registrar el embargo sobre este bien ya que ese bien está en garantía hipotecaria con la otra institución. Aquí en este caso, prometo indagarle más a fondo, este reclamo puede quedar "en cola" o a espera de surtir efecto luego de que usted haya pagado ese crédito hipotecario. Actualizaré más tarde al respecto. Gracias por leer.

Anónimo dijo...

Acosada con los cobradores de Credomatic. Vienen a la casa con hojas de cobro abiertas para que cualquiera las vea y hablan de mi deuda con cualquier persona que abre la puerta hasta el colmo de una amiga que venia de visita la interceptaron para decirle cuanto debia. Me parece el colmo. Cuando hablo con esos cobradores no quieren hacer arreglos de pago sino imposiciones de pago. Fui a IPSFA a tratar de arreglar pero igual la cantidad que ellos proponen es inmensa, ESTOY HACIENDO ABONOS CADA MES. Llame a la defensoria del consumidor y me explicaron que no hay ley que avale politica de pago pero igual el banco no quiere negociar. Ellos no perderan nunca en mi caso el problema fue que hubo un enfermo en la familia en el cual se gasto mucho y eso nos descompenso. He sido responsable por 10 años pero el banco no quiere negociar y ya me tiene desesperada el acoso de los cobradores, quiero pagar pero quiero abonos mas pequeños.

Marvin Santos dijo...

Estimada Amiga:
Bien, sé de su experiencia, yo mismo he pasado por ese infierno. Bueno, como usted bien se ha dado cuenta, en nuestro país la balanza de la justicia está a favor de los bancos y financieras. Le animo a que en este momento busque toda la ayuda posible. Para el caso, busque la ayuda profesional de un abogado con experiencia en temas mercantiles para que pueda ayudarle a buscar una salida viable ya que aún no se ha procedido a la recuperación judicial pues están en la fase previa.
Hay una ley en EL SALVADOR, que se llama LEY DE REGULACION DE LOS SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE EL HISTORIAL CREDITICIO DE LAS PERSONAS. Léase esa ley (le dejo este link para que lo copie y peque en su navegador: http://www.cambiodemocraticosv.org/accionlegislativa2011/documentos/DECRETONo695_LeyHistorialCrediticia.pdf). En esa ley, en su articulo 29 se establece como FALTA MUY GRAVE de parte de los gestores de cobro eso que hacen con usted.

Le animo nuevamente a tratar de hacer a un lado los acosos psicológicos y buscar una salida con ayuda jurídica profesional. Siempre busque la recomendación de un amigo, porque lamentablemente los abogados también hay que escogerlos muy bien antes de contratarlos.

Cuando los gestores le llamen, atiéndalos, prométale siempre lo que esté a su alcance y hágales ver que esas son sus posibilidades. Ármese de mucha paciencia y a la vez explote la asesoria y acción de su parte en lo jurídico.

Anónimo dijo...

Hola tengo dos tarjetas de credito que estan a nombre de mi empresa, nosotros vendemos productos a instituciones del gobierno y estas instituciones nod deben desde hace mas de 6 meses, por este motivo tengo 90 dias de falta de pago a las tarjetas, me llaman insistentemente para que les pague y que les de una fecha de pago pero ninguna institucion de gobierno esta comprometiendose a pagar en X fecha. Que puedo hacer con las tarjetas de credito y puedo poner una demanda en el jusgado exigiendo daños y perjuicios por la falta de pago de las entidades de gobierno? Que documentacion se necesita para poner esta demanda?.

Anónimo dijo...

Buen dia! mi situación es la siguiente: tengo un crédito en mora en una cooperativa y desde hace un ano y medio he estado pagando cuotas muy pequenas y en ocasiones sin cancelar por falta de dinero, entre el mes de enero y marzo de este mismo ano se acordo con la ejecutiva de cobro pagar $50 dólares mensuales, e igual envie una carta al consejo administrativo de la cooperativa explicando mi situación y nunca me presentaron una resolución del mismo, fue en el mes de abril que no pague mi cuota por falta de dinero y este viernes 11 de mayo le llamaron a uno de mis fiadores diciendole que procederan a descontarle orden de pago por mi falta de pago, yo hable inmediatamente con la ejecutiva y le explique que el pago era este 15 de mayo, los $50 acordados, AHORA RESULTA que dice que tengo que pagar $100 mensuales porque de lo contrario procederan a descontarle a mi fiadora, yo le digo que puedo conciliar pagando $80 mensuales, pero ella insiste en que le pague los $100 dólares, que puedo hacer. porque la fiadora también me esta molestado porque no quiere pagar y la comprendo. Yo solo puedo conciliar $80 pero ella (la ejecutiva de cobro) amenaza con descontarle a mi fiadora si no le pago mensualmente los $100 dólares. Y NUNCA me presentaron la resolución de mi carta que envíe al consejo de administración. Gracias por su oportuna ayuda

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Siendo realistas, los emplazamientos judiciales contra el gobierno pueden durar años. Aquí lo más práctico es pagar cuando usted recupere los pagos pendientes.
Si usted tiene seguridad de que efectivamente algún día próximo esas instituciones le van a pagar, al menos trate de cubrir los pagos mínimos de esas tarjetas.

Solicite asesoría con un abogado en el caso de la demanda por daños y perjuicios, guarde TODOS los recibos que comprueben el daño y perjuicio causado por la mora del gobierno tales como: pagos financiados a tarjetas de crédto, notas de cobro extrajudicial y cualquier material impreso de cobro relacionado por esa mora, esos elementos pueden soportar bien una demanda sustantiva a elaborarse por su abogado.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Todo préstamo consta de sus formalidades en el respectivo CONTRATO o MUTUO firmado por las partes. En su caso, en ese mutuo se establecía la cuantía de las letras y las garantías ofrecidas. Lamentablemente lo pactado entre dos partes es "ley" y la Cooperativa en este caso, como otorgante del préstamo, tiene las de ganar -como siempre-. ¿Tiene usted copia de "recibido" de su carta explicativa al Consejo Directivo?, ¿Se ha apersonado usted a ofrecer o hablar directamente con los gestores dentro de la Cooperativa?, ¿Hay algún dirigente que sea cercano a usted y que pueda interceder por usted?, hay que agotar estas situaciones ya que se está intentando buscar un arreglo por la vía administrativa.
Le recomiendo elaborar una carta nuevamente donde usted exponga que aún no recibe respuesta a la anterior, pero que puede ofrecer pagar $80.00 mensuales y que somete a consideración del Consejo Directivo esa moción.

Anónimo dijo...

Tengo un familiar que saco un prestamo grande con el Banco Agricola, no se pago y se puso mi tel en los contactos y mi direccion de casa. Lo que no se es si se puso como telefono o direccion de residencia de mi familiar en si. Ahora tengo a los agentes de cobro diciendome que vienen a embargar mi casa cuando mi familiar no vive aqui, con el cuento que van a traer a la policia. Que puedo hacer?

Marvin Santos dijo...

Anónimo:
Aquí lo importante sería verificar las GARANTÍAS que su familiar ofreció al banco por ese préstamo. Si por ejemplo su casa está hipotecada, no se preocupe ya que ellos no pueden apropiarse de ella pues está con gravámen.


Me parece más una táctica de presión que otra cosa que demuestra incluso que el caso aún no se encuentra con resolución judicial o sentencia de ejecución con un juez ya que nadie lo pondrá en alerta sobre una fecha específica en que "ya van a embargar su casa", esto cuando sucede, simplemente sucede y ya.

Tenga en cuenta que para proceder al embargo, en el caso extremo que sucediera esto, lo cual veo no tan probable, el embargo solo lo pueden ejecutar por ley DE LUNES A VIERNES, nunca los FINES DE SEMANA.


Ellos pueden intentar llegar a su vivienda a realizar un embargo, pueden incluso llegar con la orden judicial y con la PNC, PERO sepa usted que ellos no pueden ingresar a fuerza a su casa. En otras palabras, si usted no les abre la puerta no entran, a menos que un juez les otorgue ORDEN DE ALLANAMIENTO, lo cual es raro que proceda en embargos.

Recálqueles que su familiar no vive allí. Digales que está bien que intenten embargar su casa, que eso no le preocupa porque está hipotecada y por lo tanto no procede y además está a nombre suyo, no de su familiar por lo que es improcedente que se la apropien.

Ellos lo que quieren es que usted les dé información respecto a dónde localizar a su familiar, casi seguro que ese es el motivo de sus presiones.

Acuda a la defensoría del consumidor y denúncielos, eso también puede proceder.

Anónimo dijo...

Se me olvido comentar que la casa ya esta pagada. Como me puede ayudar la defensoria del consumidor? Asumo que llegaria a orden de embargo porque dudo mucho que mi familiar haga algo,sin embargo como puedo evitar que lleguen a mi casa y evitar este proceso con las personas erroneas? De antemano muchas gracias por la ayuda...

Marvin Santos dijo...

Estimado anónimo:
Si su casa no es garantía de ese crédito y no es la casa familiar o de habitación del propietario del crédito, simplemente no pueden quitársela ya que es imposible identificarla como propiedad de su familiar.

Le recomiendo buscar la opinión de un profesional en leyes, un abogado mercantil y evaluar su caso con él.

Anónimo dijo...

Saludos, tengo una consulta con respecto al embargo, en el caso de tener 4 deudas con bancos distintos, si uno de ellos ejecuta embargo sobre salario q pasa con los otros dos si el tope es el 20%, pueden embargar bienes de la casa (muebles,lavadora, refrigerador,tv,etc) y como aplica en este caso el articulo 621 CPCM ?vivo en casa de mi suegra y la mayoria de bienes muebles no tienen documento de compra pues ella los recibio como obsequio. Quedo a la espera

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Actualmente los bancos y entidades adscritas al control de la SSF, evitan otorgar más de dos productos a un mismo cliente, esto para evitar este tipo de inconvenientes.

Bien, para responder a su pregunta, lo que procede en este caso es el reclamo de la garantía del primer crédito. Si proceden a embargar preventivamente su salario y no pueden reclamarse ningún otro bien, los embargos van "en cola". Para el caso, usted termina de pagar uno y va el siguiente.

Las leyes acá en El Salvador se leen muy favorables, el artículo que usted cita, por ejemplo dice en su numeral 3, dice que el MOBILIARIO DE LA CASA, ASI COMO LAS ROPAS DEL EJECUTADO Y DE SU FAMILIA SON INEMBARGABLES.... pero casos se han visto.

Para que le puedan embargar su salario, el mismo CPCM establece en el artículo 622 que su salario debe ser EL DOBLE DEL SALARIO MINIMO VIGENTE URBANO.

saludos.

Anónimo dijo...

Gracias Marvin.
En ese caso tendria q esperar un embargo de salario pues no puedo cubrir las cuotas, pero esa parte basandonos siempre en el articulo al decirme " se han visto casos" en los que si han embargado mobiliario de la casa, por ejemplo cual seria??? se valen de algo ellos o son las mismas condiciones en las que el deudor no tiene nada mas que ofrecerles??.
Quedo al pendiente Marvin me sirve de mucho su opinion.

Anónimo dijo...

ANONIMO -

Tengo tarjetas de Credomatic que no he podido pagar en casi 6 meses. Llegaron a la casa y me dijeron que estaban determinados a iniciar un juicio de demanda y embargo (SIN PONERLO POR ESCRITO), pero que habían "opciones", vea usted las opciones que me proponen son todas con garantías, o con fiadores. Es decir parece que no quieren negociar ningún acuerdo sin garantías para reestructurar. Tampoco escuché algo como "arreglo de pago". Yo no tengo casa propia, vivo con mis padres y estoy desempleado.

PREGUNTAS:
1) ¿Existen realmente los juicios y embargos por falta de pago de deudas de TARJETA DE CREDITO? Por favor nada de teoría, solo la verdad real. Yo conozco gente que dice que tiene deudas de años con tarjetas y no les ha pasado nada.
2) ¿Es legal que se me exija una garantía para reestructurar cuando en las tarjetas nunca se me pidió garantía?
3) ¿Qué le recomendaría Usted a alguien que no tiene ningún ingreso y una deuda de tarjetas del tamaño del volcán? Fuera de negociar, porque no tengo ingresos...

GRACIAS

Marvin Santos dijo...

Estimado Anonimo:
Espero ser práctico:

1.- Existen. Recuerde que cuando le dieron la tarjeta usted debio firmar un PAGARÉ, ese es el instrumento ejecutivo para reclamarse la deuda. El tribunal 5TO de lo Mercantil, por lo que yo sé, tiene muchos casos de ejecución de embargos de credomatic.

2.- Hacer trato con un banco implica la aceptación de sus condiciones, esto se llama "contrato de adhesión". Desde este punto de vista, exigir una garantía es legal. Además, las garantías de cualquier tipo están presentes inclusive en los créditos "sin fiador".

3.- Si no hay ingresos y aún el banco no me ha emplazado judicialmente, lo que yo haría sería buscar un amigo abogado que me asesorara respecto a la realización de posibles acciones como la presentación de un amparo ante un juez o la instancia judicial que corresponda en el cual se manifieste que reconozco la deuda pero que en este momento me es imposible pagarla.

saludos.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
En cuanto al caso de embargo con cuatro bancos, sí recuerde que aquí en El Salvador lamentablemente el sistema judicial y lo que compete a los ejecutores de embargo se cometen abusos. Por lo general, los ejecutores de embargo se valen de la ignorancia de los derechos que la ley nos confiere a nosotros los deudores para propasarse.
Hay que leer la ley. Le invito a que busque en Google "Codigo Procesal Civil y Mercantil en PDF El Salvador", bájelo y léase los artículos relativos al embargo judicial del 621 en adelante para conocer estos derechos.

Anónimo dijo...

Tengo una demanda de embargo por el Banco CITY girado en mayo/12, no tengo empleo ni bienes realizables, pero estoy pagando un vehiculo que terminaré de pagar en otro banco en marzo de 2013. ¿Me podrá embargar dicho vehiculo cuando pase a mi nombre el banco City? Por otro lado tambien tengo deudas de tarjetas de crédito con el banco que me financió el vehiculo, esto evitará que me liberen la prenda en Sertracen y CNR para que pase a mi nombre?

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Espero poder ayudarle con sus dudas. Como yo lo puedo entender, si ya usted está emplazado judicialmente con una orden de embargo, todo lo que usted pueda adquirir de aquí en adelante en cuanto a bienes muebles, inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, está sujeto y vulnerable a embargo preventivo.

El vehículo aún no está a su nombre, esto me imagino que se puede comprobar en la tarjeta de circulación, y por supuesto que teniendo productos con el mismo banco que le ha financiado el vehículo, en caso de caer en mora con esos productos, asumo que sería improcedente que ellos administrativamente le cedan este bien, aunque de pleno derecho usted lo tenga cancelado a esa fecha. Lo correcto sería que se lo pusieran a su nombre, pero la paradoja surge si usted está en mora con ellos.

De igual manera, si usted tiene ese vehículo a su nombre, una vez trabado el embargo ordenado por un juez, el mismo le sería fácilmente embargado por el banco demandante en SERTRACEN.

Anónimo dijo...

Bunas Noches, Los felicito por tan excelente espacio, y los motivo a seguir en tan loable labor.

Mi consulta es la siguiente, hace un par de dias recibi la visita de un colaborador juridico de CREDOMATIC, acompanada de un personas que dijo ser Juez ejecutor de embargos, del juszgado 2 de lo civil y mercantil, llegaron a eso de las 7 de la manana, bloqueando con el vehiculo en que se trasportaban la cochera de mi casa, a esa hora estaba terminando de vestirme para llevar a mi hjo a su kinder, y lo antendio mi esposa y este Sr. en un tono de voz alta empezo a querer decir que tenia que pagar en ese momento a tal punto que cuando yo le reclame y lo abosurdo de la situacion el me dijo que lo podiamos arreglar de otra forma (a golpes) esto en precencia de mis hijos de 13, 5, 2 anios y mi esposa, esta persona al provocarme tuve la intencion de salir de mi casa y en ese momento comenzo a gritar en plena calle , que no lo amezara y que se disponia a llamar a la policia, por que representaba un peligro para el , viendo esta situacion y para que no siguieran con el show, me vi en la necesidad de conseguir parte de la que pedian en ese momento, al mediodia me avoque a las oficinas de CREDOMATIC en el edificio del IPSFA ha efectuar un arreglo de pago, ese dia le pedi a la colaborador juridico que entregara un copia de la esquela de notificacion o el acta del emplazamiento a lo cual se nego y ,me puso mil excusas, y al final tanto insisti , que me dio una copia de boleta de presentacion en dicho Juzgado, por espacio de casi dos anios estuvo tratando de llegar a una arreglo con CREDOMATIC y nunca me resolvieron, pedia estados de cuentas de los abonos efectuados y hasta la fecha me los han negado, asi como tambien los calculos en base a los cuales cobraban los intereses, tengo cruces de correo donde les ofrecia soluciones y todas me fueron negadas, y no recibi notificaciones escritas de la gestion de mi caso, como pudiera proceder legalmente en contra de ellos o que es lo que me recomienda.

Saludos

Marvin Santos dijo...

Estimado anónimo:
Me parece que usted ha sido víctima de una acción abusiva de parte del Banco Credomatic. Esta conclusión la saco a partir de la extraña forma de proceder contra usted por parte de este "Juez Ejecutor de Embargos". En un procedimiento normal de este tipo, para comenzar, usted debió ser NOTIFICADO de la Acción en su contra de parte del Juzgado 2do de lo Mercantil, en el sentido de que usted estaba siendo procesado judicialmente en ese tribunal. Recuerde que la Constitución garantiza el derecho a defensa y audiencia y por ese motivo el juzgado tuvo que haberle notificado que usted estaba siendo emplazado judicialmente por su deuda, créame que en un 99% de los casos el emplazado es NOTIFICADO una vez admitida la demanda en su contra en cualquier tribunal.

En segundo lugar, cuando se dan estas situaciones, el Ejecutor de Embargos -ese es el título oficial del encargado de la acción y no "Juez" como él afirmó a usted- se hace acompañar de dos agentes de la PNC y exhibe a usted la ORDEN DE EMBARGO o SENTENCIA EJECUTORIA DE UN JUEZ, cosa que al parecer no hizo este individuo. ----

Por mucho disfraz, discurso y gritos emitidos por este individuo, me parece que no tenía fuerza ni respaldo legal. La ley en el CODIGO CIVIL Y MERCANTIL VIGENTE establece el procedimiento para realizar un embargo de bienes, establece inclusive cuáles bienes se pueden embargar y cuáles son INEMBARGABLES. Le invito a que baje de internet en version pdf el CODIGO CIVIL Y MERCANTIL y léase el capítulo relativo a los embargos del artículo 615 en adelante.

En primer lugar, le recomiendo cumplir con su parte acordada en este arreglo. Segundo, a partir de ahora y en lo subsecuente, guarde todos los recibos que demuestren los abonos efectuados. Exija que le presenten sus Estados de Cuenta. Usted como cliente tiene derechos.

En cuanto a reclamo por esta acción abusiva, créame que empatizo totalmente con usted y quisiera que existiera un ESTADO DE DERECHO que nos acuerpara y nos amparase en debida forma, tal como sucede en Europa y USA, para citar ejemplos, lamentablemente no es así.

Usted puede demandarlos mostrándose ofendido pero tendría que demostrar la ofensa pública y perjuicio público hacia su persona, cosa que en otros países no es necesario sino que basta que usted se muestre parte y lleve a un testigo y solicite incluso una compensación económica. En el caso concreto nuestro está difícil.

Lo que sí puede hacer es demandarlos en la DEFENSORIA del CONSUMIDOR, en mi opinión hay que escuchar lo que ellos puedan asesorarle.

También no descarte escuchar la asesoría de un amigo abogado que sepa de Mercantil para que le pueda aclarar más sus opciones.

Gracias por leer.

Recordemos que antes de ser deudores hemos sido clientes, tenemos derechos, amigos hay que exigirlos que se cumplan. Los Bancos están recurriendo al uso de "matones" para cobrar !!! Basta!!

Anónimo dijo...

Estimado Marvin:

Agradezco infinitamento su ayuda, y en efecto la cantidad exigidad eran paorximadamente US$7,600.00, y ellos me concedieron segun ellos un descuento , y cancele solo la parte del capital exigido que era de 5,683.00, porque ademas me dijeron que tenia que ser cancelado en una semana, A Dios gracias actualmente estoy empleado y a traves de mi esposa logramos conseguir la totalidad, todo esto para no pasar otra vez por un mal rato.

seguire su consejo y si lei parte de la ley que me indico e incluso me he asesorado para ver de que manera,les pongo una demanda no solo en la DPC, y buscar los mecanismos no para recibir compensacion economica, sino para que esta gente pare de este tipo de abusos, con sus pseudo abogados que valiendose del conocimiento que tenien en esta materia, se dedican a ofender a personas , que el unico error que tuvimos fue quedarnos sin empleo, y no poder pagar regularmente nuestras deudas.

y como bien dice , este tipo de abusos tienen que parar, y no pienso solo en mi sino en un gran numero de personas que se ven sometidos a este de vejamenes.

Que tenga un buen dia y nuevamente felicitarlos por tan excelente blog

Anónimo dijo...

En relacion al post anterior te cuento mi experiencia: Hace aprox 1 año llegaron a mi casa unos personeros del Banco Credomatic acompañados de un supuesto secretario del jusgado a hacer una pantomima de embargo de bienes, digo pantomima porque en ningun momento me enseñaron ningun documento que lo demostrara; entraron a mi casa a la fuerza pidiendo las tarjetas de circulacion de los vehiculos que estaban en la cochera que pertenecen a mis hijos, al mostrarlos se dieron cuenta que no podian embargarlos. Yo los demande ante la FGR por allanamiento de morada, la denuncia siguio su curso y al cabo de unos meses asisti a la fiscalia con mis testigos, luego me llamaron de la PNC, el investigador asignado cito a las personas involucradas del banco por las tarjetas de presentacion que dejaron ese dia en mi casa, el banco se lavo las manos diciendo que estas personas no laboraban con ellos...y ahi termino el caso. Por eso es que la mayoria de personas que laboran en los despachos juridicos de los bancos trabajan como Free lance, o sea no pertenecen a la planilla legal del banco, ganan el 15% de la comisión de lo que logran recuperar. Por esta razon abusan en la gestión de cobros porque actuan a cuenta y riesgo de ellos mismos, por tal razón la segunda vez que llegaron los saque de mi garage a empujones y con ayuda de mis perros rotwailler aun en presencia de la policia, porque legalmente ellos actuan por su cuenta y el banco se lava las manos ante un abuso de ambas partes. No hicieron nada ante mi actitud y no pueden hacer nada mas que el escandalo. Conozcamos bien nuestros derechos, el desconocimiento de las leyes es lo que permite que estas personas abusen de nosotros.saludos y buenas noches

Marvin Santos dijo...

Anónimo: Gracias por compartir tu experiencia.

Un amigo que es notificador en un juzgado de lo mercantil me narró prácticamente la misma historia. Credomatic contrata a matones para recuperar las deudas.

De parte de muchos: Bien hecho!!! una menos en nombre de muchas víctimas de esos abusos.

Anónimo dijo...

Mi esposo tiene deuda de unas tarjetas de credito con el BANCO DE AMERICA CENTRAL, el se ha ido fuera del pais a trabajar ya que el se quedo sin trabajo aca, pero la semana pasada vino una embustera una tal licda. MARCELA VELIZ del juridico de dicho banco con un ejecutor diciendo que venian a ser un embargo de los bienes y allanaron mi vivienda, entraron a la fuerza y no me enseñaron ningun documento, incluso el tal ejecutor me escapo a pegar y me gritaba ya que yo le dije que no podia pasar de la sala, incluso me tenian secuestrada ya que no permitieron que fuera a recoger a mi hijo al kinder y diciendome que se llevarian todo, mi esposo hablo con esta mujer y ella no quiere llegara a ningun arreglo se le dio $ 3,000.00 dolares y hoy empieza a molestar de nuevo sin querer llegar a ningun acuerdo de pago con el sino que quieren la totalidad de la deuda sin congelar los intereses, puedo ponerle demanda al banco por tal agresion que me hicieron ya que el nombre del ejeecutor no lo tengo que puedo hacer mi esposo no esta en situacion para cancelar la totalidad de la deuda pero si llegar a un acuerdo per es esta mujer MARCELA VELIZ, la que no quiere.

Marvin Santos dijo...

Estimada Anónima:
Por lo genera estos embusteros como usted bien les llama, son gente que actúa por su cuenta y riesgo, son personas subcontratadas por CREDOMATIC para realizar este trabajo sucio. Si usted emplaza al banco por estas acciones, al llegar al momento de comprobar si son o no son empleados de Credomatic, allí verá usted que el banco se "lava las manos" ya que no son gente empleada directamente por ellos.

Le recomiendo, ya que no tenemos en El Salvador NINGUN TIPO DE AMPARO LEGAL, que trate directamente de arreglar esta situación en Credomatic. Y en segundo lugar, DEBERIAMOS comenzar con la DENUNCIA SOCIAL de estos casos... Ha llegado el momento de contraatacar por nuestra parte, denunciemos en las páginas de Facebook de estos bancos el verdadero trato que reciben las personas que por motivos ajenos a su voluntad caen o hemos caído en algún momento en baches de impago. Que el público sepa cuál es la verdadera cara de estas instituciones.

spacer02 dijo...

La falta de desconocimiento de nuestra parte, es la que permite que estas personas de credomatic actuen de esta manera, muchas veces no son ni siquiera abogados, van a compañados por una pareja de policias pero no necesariamente es una deligencia de embargo legal, para eso, tendrian que mostrar un emplazamiento firmado por un juez de la jurisdicción del municipio. Si no muestran ningun documento son nada más que un chantaje, las deudas por tarjetas de crédito, corrijame si estoy equivocado Lic. Marvin Santos, raras veces son recuperadas por ejecuciones de embargos porque cuentan con un seguro de deuda y no son bien vistas en los juzgados mercantiles por tratarse de créditos rotativos con intereses cercanos a la usura. Sin embargo los subempleados del banco montan un operativo como que fueran embargos legales, no son nada más que "sombrerasos" para obligar a pagar a los deudores. No tenemos porque dejarlos entrar ya que ellos actuan por su propia cuenta y el banco no respondera por ellos, puede golperlos o sacarlos a empujones y le garantizo que por mas que le digan que lo demandaran ante un tribunal las demandas no proceden porque son ellos los que han invadido su casa sin ninguna base legal. Muy diferente es cuando le muestran la demanda firmada por un juez, aún así no tiene porque abrirles su casa.comentarios a
spacer02@hotmail.com

Anónimo dijo...

por que sera que la mayoria de los casos de acoso de cobros son del BANCO AMERICA CENTRAL?? QUE PODEMOS HACER PARA DENUNCIAR TANTO AL BANCO COMO A SUS COLABORADORES. Hasta donde tengo entendido en el juzgado donde se esta ventilando el caso ahi aparece una PERSONERIA donde claramente dice el nombre del ABOGADO EL DE SUS COLABORADORES Y HASTA EL DEL EJECUTOR DE EMBARGOS, y aqui se puede demostrar que actuan en representacion del bco.

Anónimo dijo...

si tengo una deuda de tarjeta de credito y tengo un prestamo hipotecario ambas con el mismo banco, pero aclaro que estos contratos fueron celebrados por separado es decir uno no tiene nada que ver con el otro, lo unico es que son con el mismo proveedor y le aclaro que el prestamo hipotecario esta al dia y la tarjeta de credito ya esta hasta con orden de embargo. PUEDEN EMBARGARME LA CASA por la deuda de la tarjeta??? por que esa es la amenaza con la que estan acosandome. la deuda de la tarjeta es de $6,500.el prestamo hipotecario esta para 30 años y a penas llevo pagados 5 años. (el banco es AMERICA CENTRAL PARA VARIAR)

Marvin Santos dijo...

Spacer02:
Definitamente de acuerdo contigo. Lo unico que tiene fuerza ejecutiva es la sentencia judicial.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anonimo:
Se puede comprobar que Banco de America Central los ha contratado, pero esto no tiene el mismo peso que poder comprobar una RELACION LABORAL con CREDOMATIC. Son empleados tercerizados que realizan estas acciones a nivel personal.

Lo que si podemos hacer es LA DENUNCIA SOCIAL, hacer lo que estamos haciendo en este sitio : Decirle al publico a que se tiene que atener al hacer tratos con Credomatic.

Usemos los canales de las redes sociales, esa es una arma de gran peso en estos tiempos. En resumen, asi como estan las cosas lo que podemos hacer como masa afectada es el activismo.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anonimo:
El DEBER SER de las cosas sería que su préstamo hipotecario y sus garantías no se vieran afectadas, sin embargo, lamentablemente vivimos en este pequeno país donde los bancos hacen lo que quieren. Le comento mi experiencia: Hace algunos anos, yo fui fiador de un usuario de tarjeta de crédito. Yo tenia un crédito personal y una tarjeta con el mismo banco. El tipo cayó en mora, el banco procedió a HACERME UN SOLO PAQUETE: Cerró mi tarjeta que estaba al día, y me cobraron toda la deuda a mi persona. Yo inexperto y muy joven para entonces, pagué sin reclamar, ellos hacen lo que quieren, hay antecedentes.

Juridicamente hablando habría que estudiar las cláusulas de sus contratos de adhesión de esos productos financieros. Generalmente incluyen una cláusula que les habilita proceder contra usted si usted cae en mora con ese u otros productos librados por el mismo banco, son pícaros, nunca pierden y uno lamentablemente tiene que solamente firmar.

Marvin Santos dijo...

Estimados amigos:
Denunciemos socialmente, necesitamos despertar el activismo frente a estos abusos. Sin lugar a dudas, necesitamos llamar la atención de expertos en leyes, de la gente que crea esas leyes para impulsar en bien y a favor de nostros los clientes de los bancos apoyos legales que nos amparen en contra de estos abusos.

NO confundamos esto con la creación de una cultura de NO PAGO, sino con el de una cultura de respeto porque en principio somos personas que tuvimos la necesidad de recurrir a un financiamiento y de igual manera tenemos una explicación SUFICIENTE y LOGICA para una situación de impago creada por un entorno social y económico adverso e inestable. Debemos crear un movimiento por el respeto.

Anónimo dijo...

Marvin, le comento mi caso, mi esposo contrajo una deuda bastante alta con el banco Promerica, mientras trabajó tenia una orden de descuento que se aplicaba a su salario. Sin embargo perdió el empleo y desde diciembre del 2011 no hemos podido realizar abonos, yo soy su fiadora y ahora me llaman exigiendo el pago total del atraso, lo cual es imposible. He solicitado que me admitan hacer pagos por menor cantidad pero me dicen que eso no cubre ni los intereses y que no sirve de nada que abone eso. No se qué debo hacer pues se muestran reacios y me han tratado de sinverguenza e irresponsable.

Anónimo dijo...

mi hermano tiene unas tarjetas de credito las cuales iba pagando bien luego su trabajo bajo bastante fue a uno de los banco les pidio ayuda y le contestaron q porque no estaba en mora no podiain ayudarle y fue a los siguiente y siempre le dijeron lo mismo ahora fue a pedir un prestamo a los mismos bancos porqque esta en mora y lo q le contestaron q ya no pueden ayudarle porque esta en decom q sugiere q se haga en ese caso los del citi son los mas q estasn volviendo locos con las llamadas y las amenazas se esta haciendo los pagos pero lasm cuotas son bien altas y no se les pu8eden pagar las cantidades q ellos piden que mas se puede hacer

Anónimo dijo...

le agradeceria me diera su opinion a lo siguiente:
En el 2007 mi esposo perdio el empleo y tenia cretitos pendientes con 3 bancos, continuo pagando durante 6 meses despues del despido, pero luego ya no pudo seguir por la falta de empleo fijo, y llego a un acuerdo de pagar una cantidad mensual, pero los bancos empezaron a pedir mas y ya no pudo continuar pagando, hasta la fecha no tiene empleo fijo y hoy recibio un aviso de cobro de una empresa Gestora, y le piden pagar los $ 5,200 en 48 horas o amenazan con tomar otras acciones. Pero el no tiene bienes de ningun tipo, todos estan a mi nombre. quse haria el banco en ese caso. Gracias.

Anónimo dijo...

saludos, me han dicho que al pasar 10 años los créditos ya no son cobrados, es esto cierto. Gracias por su respuesta. buen día.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Sí es cierto, PERO ... lamentablemente SIEMPRE hay un "PERO", se tienen que cumplir las siguientes condiciones:
1.- Deben haber pasado 10 años desde la última vez que tú realizaste un pago en abono a ese crédito.
2.- Deben haber pasado 10 años SIN QUE EL BANCO HAYA PODIDO REALIZAR NINGUN CONTACTO CONTIGO PORQUE LE HA SIDO IMPOSIBLE LOCALIZARTE. Ojo, en este punto, esto significaría que han llamado a los teléfonos que dejaste en contacto y sucede que ya no contestaste, ya no vives allí, o no existen; también implicaría que el banco haya ido a buscarte a la dirección de residencia tuya o la de tus referenciados y todos aleguen NO saber DÓNDE tú te encuentras ya sea porque simplemente no lo saben o porque no te conocen o son otras personas y por lo tanto al banco se le IMPOSIBILITE dejarte una correspondencia de cobro; que se haya agotado la diligencia de ubicación girada por un juez y el ESTADO se vea imposibilitado de notificarte, TODO ESTO debe cumplirse. Basta con que el banco o un juzgado pueda NOTIFICARTE o que alguien reciba en tu nombre una correspondencia o comunicación por escrito donde se te cobre o se te emplace para que comiencen a transcurrir nuevamente diez años.
Como ves, es algo muy poco probable en este país tan pequeño.
En el caso de suceder, que ya han sucedido casos, la parte interesada por medio de un representante solicita al juez correspondiente la PRESCRIPCION de la accion de cobro.

Marvin Santos dijo...

Anónimo del caso de 3 préstamos:
Estos préstamos tienen fiador?
Qué garantías ofreció su esposo?

Si a estas alturas ellos no le han emplazado quizás sea por que les conviene más ejercer presión para que paguen a costa de lo que sea pues las garantías son limitadas.

Pienso que nuevamente deberían plantear por escrito sus propuestas y tratar de negociar. Pienso que deberían escuchar la opinión de la Defensoría del Consumidor.

En última, si realmente estos préstamos fueron sin fiador y si su esposo no puso garantías solidarias y es el caso que no tiene ingresos fijos, ellos téngalo por seguro saben que les conviene más el acoso moral y psicológico que puedan hacer esperando que ustedes de alguna manera consigan el dinero para pagarles.

Un juez puede ordenar que ustedes paguen o se les embarguen sus bienes, pero esto también está sujeto a las leyes. Infórmense, leamos el Capítulo relativo al EMBARGO en el código civil mercantil, bájelo de esta dirección http://www.elsalvador.law.pro/Leyes/CDIGO%20PROCESAL%20CIVIL%20Y%20MERCANTIL.pdf (copie y pegue en su navegador) y léase del artículo 615 en adelante.

Spacer02 dijo...

¿Cual es la diferencia cuando menciona que un juez puede condenar a "pagar" ó que "se embarguen bienes".
En mi caso he sido condenado por un juez "a pagar a x banco" una suma adeudada. Quiere decir esto que no soy candidato a embargo de bienes muebles e inmuebles?
A mi criterio estabamos hablando de un mismo término, lastimosamente no tengo bienes inmuebles inscritos a mi nombre, no tengo empleo formal desde hace 2 años, estoy claro que cuando encuentre empleo no tardaran en embargarme el salario

Anónimo dijo...

tengo 2 años de no pagar ni una cuota en el banco ya me embargaron los vehículos que deje en prenda pero aun no los recogen. los vehículos no los tengo en mi casa y no me han notificado del embargo yo me entere por sertracen, los vehículos ya no me interesan, me interesa saber si: ¿pueden hacer un embargo en mi casa con ORDEN DE ALLANAMIENTO? y si la respuesta es sí, quisiera saber si eso cabe en todo los tipos de embargo. Gracias por su respuesta.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Bien, ellos no pueden proceder contra usted con una ORDEN DE ALLANAMIENTO. Pueden llegar a su casa con la orden de embargo de sus bienes y con presencia policial, pero ellos no pueden ingresar por la fuerza a su casa. Caso contrario es que usted los deje entrar.

Quisiera preguntarle:
Le han notificado la resolución de embargo a usted?
Recuerde que cuando usted es notificado, usted puede recurrir ante un abogado para que él lo represente y apele. En esa apelación usted puede ofrecer un plan de pagos a un plazo y monto real que usted pueda pagar.

Anónimo dijo...

Buenos dias,


Acabo de ser notificado por un abogado del Banco America Central que tengo un proceso judicial por la deuda con el banco que asciende a $8000 aprox., los meses anteriores he estado haciendo abonos parciales de $200 mensuales pero no he podido cubrir la cuota respectiva que son alrededor de $200, todo iba a intereses y no se tocaba capital, mi ultimo pago fue realizado el 6 de Junio por $200 dolares, ¿Porque inicial el proceso si me han estado hablando gestoras del banco para hacer abonos parciales? Mi preocupacion grande es que tengo un cybercafe, puede entrar en el embargo mis computadoras? aunque tambien soy empleado, procederia el embargo de mis bienes o de mi salario?

Gracias por contestarme pronto.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Credomatic es, de acuerdo a muchísimos testimonios en este blog, el banco más agresivo en lo referente a la recuperación de mora. Tal parece que ellos llevan paralela la acción judicial con la administrativa.
El embargo preventivo cae sobre su salario y sus bienes. Ellos buscan sus bienes registrados ante el CNR, los bienes que usted tenga en su casa de habitación y pueden llegar a su negocio si ellos llegan a tener conocimiento de éste.
Le recomiendo que en este momento se asesore con un abogado. El juzgado le ha notificado y no estaría mal que un abogado estudiara esa notificación para que usted tenga más claro de acuerdo a su caso particular lo que pueda reaccionar.

Anónimo dijo...

Hola don Marvin Santos, es una gran labor la que usted hace al explicarnos de una forma clara como actuan los bancos a la hora de cobrar su dinero; nuestra experiencia es la siguiente:
El dia de ayer llegaron a la casa unos señores del banco de america central disque abogados a hacer un inventario de bienes que estan dentro de la casa, la deuda no es mia sino de mi mama, para no hacerle larga la historia le pedian la cantidad de 4,163.38 dolares.. que tube que perder hasta la pena y conseguirlos de ayer para ahora.. esa deuda ya se cancelo.
Ahora bien mi madre tiene otras tres deudas con 3 bancos mas, mas la deuda generada para pagarles a los del banco de america central, en total la deuda haciende a unos 10,000 contando todo ahora bien- sera posible que un banco como scotiabank le haga un prestamos a mi madre de unos $12,000 para poder pagar todas las deudas de una sola vez y quedarse solo con esa? digo porque mi madre tiene un salario liquido de $925.00 y si ellos pueden descontarle de la planilla mensual ese prestamos seria de gran ayuda para cancelar las deudas.. que opina?

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Gracias por leer.
Asumiendo que su madre cayó en mora con el Banco de América Central, puede tener difícil que le aprueben un crédito con Scotiabank para consolidación de deudas. Sin embargo, le animo a que trate de aplicar. El gestor le informará sobre sus posibilidades y condiciones tanto en DICOM como en la SSF.

Definitivamente la solución es consolidar deudas, esto le permitiría tener más liquidez mensual pues sus pagos se reducirían a uno solo con una sola tasa de interés.

No quiero desanimarlo, salgamos de dudas, hay que ir al Scotiabank. Si su madre trabaja con el gobierno puede gozar de mejor preferencia para cederle un crédito. El teléfono del Scotiabank es 2250-1111.

Marvin Santos dijo...

Continuación de mi comentario:
Otra sugerencia puede ser tratar de conseguir un préstamo otro miembro de la familia y consolidar las deudas de su madre. En un crédito de consumo orientado a la consolidación, el deudor puede designar cuáles deudas quiere incluir sin importar que se encuentren o no a su nombre.

Saludos.

Anónimo dijo...

Hola, deseo consultarle soy una persona que posee una deuda total de $20,000.00 entre prestamos y tarjetas pero lo mas grueso son los prestamos, realmente saldos de tarjeta son minimos porque se como son de criminales, pero si tengo tres prestamos personales sin fiador en los cuales soy la unica responsable de pago. mi consulta es que pasaria si:
-Me quedo sin trabajo, podria acercarme a cada banco y explicarles mi situacion y llegar a un acuerdo de congelar y comenzar a pagar hasta que pueda volver a generar ingresos?
-Podrian realizar ejecucion de bienes si no tengo nada a mi nombre, podria en algun momento perjudicar los bienes de mis padres tanto muebles como inmuebles ya que vivo con ellos?
-Y que embargaran si con lo unico que cuento para pagar es un empleo y ya no lo poseeo?

Espero sus comentarios

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Le respondo en su orden:
-Sí puede usted acercarse a sus bancos e informar que no tiene empleo pero dudo que le congelen sus préstamos ya que no hay ley que les obligue a hacerlo, quedaría en su voluntad cederle un período de gracia - salvo que esto estuviera a su disposición en el contrato de cada préstamo.

-Todo bien que le sea embargado debe estar completamente identificado con usted. Así lo establece el Codigo Procesal Civil y Mercantil que por cierto usted puede descargar del enlace publicado en este blog arriba en la derecha. Pero como la realidad es que vivimos en El Salvador, país donde las leyes a veces son plastilina maleable en las manos de los poderosos. Tengo muchos lectores que manifiestan atropellos psicológicos impulsado por "matones" que se disfrazan de JUECES EJECUTORES DE EMBARGOS que lo llegan a amedrentar a su casa de habitación. Hay que informarse y estar preparados. Recuerde que conocer la ley es nuestra obligación como ciudadanos.
-Si usted no tiene nada a su nombre, embargarán lo que puedan: cuentas bancarias, beneficios o ganancias que estén en registros públicos. La verdad es que esta gente se esmera en recuperar la mora.

Le animo, porque espero que esto sea solo un supuesto, a que trate de hacer una consolidación de deudas. REUNA los tres préstamos y que algún banco se los consolide. Tendrá todo a una sola cuota, un solo plazo y una sola tasa de interés y usted ahorrará mensualmente respecto a lo que paga en la actualidad.

Actualmente hay una campaña en Scotiabank, puede llamar a GLADYS RUANO al 2234-3734 ejecutiva del Scotiabank. Ella puede evaluar su situación.

Anónimo dijo...

Saludos Marvin, tengo una duda en el caso q se de un embargo salarial la empresa se obliga a retenerle al trabajador la cuota impuesta, q sucede si se da una maternidad por ejemplo ese pago de 3 meses aproximadamente lo realiza el Seguro Social como procede el pago de esas cuotas para el caso???
Siempre el ISSS trabaja con banco agricola y si es con ellos que se tiene la deuda en mora pueden quitarme el dinero de mi incapacidad??
Estoy realmente preocupada pues estoy embarazada y tengo dudas sobre esto.
Quedo al pendiente Marvin y gracias por su aporte.

Marvin Santos dijo...

Estimada Anónima:
Si es el caso que han ordenado embargo de salario en su contra y en el supuesto de que no le hayan trabado embargo en su cuenta personal -cosa que es un riesgo que sí lo pueden hacer-, no habría mucho problema, pues sería usted la encargada de pagar o ir a dejar la cuota donde corresponda o le indique la orden de embargo al pagador de su empresa. Tendría usted que consultarle a su pagador dónde ir a pagar.

Estoy desactualizado respecto a cómo el ISSS paga estas incapacidades, pero recuerdo que a mi esposa le giraron un cheque (hace cuatro años por mi ultimo hijo) y ella tuvo que ir a cambiarlo. Esto sería lo conveniente, porque recuerde que cuando giran orden de embargo preventivo, por lo general actúan también sobre sus cuentas bancarias.

Anónimo dijo...

Gracias por la respuesta a anonimo de fecha 19.06.2012, realmente me voy a conocer bien la ley mercantil por cualquier cosa y tratare de consolidar pero gracias a Dios puedo por hoy y lo hare cuando haya bajado mas los saldos y asi ahorrarme y hacer un solo monto. Lo unico que hoy por hoy creo que los salvadoreños debemos de comenzar a cambiar nuestros habitos de endeudamiento, se que por la situacion tan delicada que vive nuestro pais es bastante dificil, pero por mi experiencia personal muchas veces nuestras deudas no han sido generadas por verdaderas emergencias, si no que por circunstancias superfluas que nos han condenado a estar como estamos y nos ponemos la mano enla conciencia me daran la razon, y por favor deberiamos de hacer una campaña para gastar lo necesario y no exceder lo que nos queda libre, porque los bancos jamas te van perdonar el no retorno de su dinero y te van a hundir el dia que les falles, asi que por favor a los que leen estos espacios tratemos de no hacer mas ricos a los que ya lo son. Ese es mi pensamiento, pero lo veo asi porque estoy hasta el cuello de deudas y no deberia de estar en esta situacion, pero la facilidad con la que te ofrecen el dinero es tan tentativa que cualquiera cede ante sus encantos.

Anónimo dijo...

Entiendo, siempre con respecto a la incapacidad por maternidad.
Me dice que traban embargo sobre las cuentas bancarias en mi caso la unica cuenta que poseo es donde la empresa me deposita el sueldo, que es en CITIBANK si fuera el mismo banco el que traba la orden sobre salario tambien puede quitarme el deposito de mi sueldo pese a que hay una orden interpuesta ya??
Dudo que la empresa quiera girarme cheque si fuera esta la solución.
Gracias por su comentario.

Anónimo dijo...

Hola
Necesito su ayuda y consejo por favor
Tengo dos deudas con dos bancos y uno de lo bancos por medio de una empresa de cobro me ofrece algo para saldar la deuda condonandome los intereses,puesto que es poco dinero esta si podria pagarla pues no tengo capacidad de pagar ambas deudas.
El punto es que de la empresa esta me piden que le llene una solicitud para enviar al banco para que me apruben el ofrecimiento que elllos me hacen y que le enexe dui y nit,me da miedo pues esta empresa puede aprovecharse y usar esa informacion para ir al otro banco,lo cual no quiero.
Debo confiar en ellos o ir directamente al banco mejor??
Gracias por sus ayuda

Anónimo dijo...

HOLA:
QUISIERA SABER CUANTO DURA EL PROCESO DE UN BANCO EN CUANTO A DEUDA, YA QUE SERVI DE FIADOR Y LA PERSONA QUE LE SERVI NO SE NADA DE ELLA, FUE EN EL 2003, Y ES CON EL BANCO AGRICOLA. AHORA LLEGAN A MI CASA Y QUIEREN EMBARGARME, LA VERDAD NO TENGO NADA A MI NOMBRE Y YO LA VERDAD NO HE ENCONTRADO TRABAJO, MI PREGUNTA ES HASTA CUANDO? SEGUN TENGO ENTENDIDO QUE LOS BANCOS LO MANDAN A PERDIDAS A LOS CINCO AÑOS Y PORQUE LOS ABOGADOS SIGUEN CON ESTO YA HACE 10 AÑOS

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Mientras el banco tenga a quién emplazar o qué garantía hacer efectiva, el proceso continúa. En este caso, lamentablemente usted es fiador del deudor o deudora y responde solidariamente con sus bienes o salario, tal como lo estipula el contrato que usted firmó en su momento.
Las deudas pueden prescribir, pero es algo bien difícil que suceda. Le invito a leer mi post al respecto en este enlace http://creditosenelsalvador.blogspot.com/2009/09/cuando-prescribe-un-credito-en-el.html

Los bancos pueden enviarlos "contablemente" a pérdidas, pero nunca desistirán de presionar hasta recuperar algo o toda la deuda.

Marvin Santos dijo...

Estimada Anónima:
Respecto al caso de maternidad.
Bien, si es el mismo banco el que traba un embargo, el hecho es que la sentencia de embargo de bienes los faculta para inclusive proceder contra su cuenta de salario. Imagino, porque no puedo afirmarle nada al respecto, que por ejemplo ellos saben como institución bancaria que esa cuenta usted la aperturó para que le depositen su salario. Por lo general, las empresas que tienen pactos de planillas con los bancos, los bancos les aperturan cuentas a sus empleados con condiciones especiales, por ejemplo en cuanto a montos de apertura. Las cuentas electrónicas para planillas por lo general las abren con .01 centavo de dólar.

Lo que quiero decir es que el banco está facultado con una sentencia de embargo proceder contra todo lo que se compruebe es suyo, sin embargo pienso que su cuenta bancaria podría no ser embargada siempre y cuando el banco tenga claro que es exclusiva para su salario. Queda la duda, no soy concluyente. Indagaremos.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
En cuanto al ofrecimiento que le hace el gestor de cobros, pienso que usted debe tratar de negociar directo con el banco. Le recomiendo ir donde corresponda, mencione lo que el gestor le ha dicho y pida adscribirse a ese plan. Como usted dice, ahora no hay que confiarse con nadie.

Anónimo dijo...

yo obtuve un prestamo personal sin fiador y sin garantias, en el banco agricola, la cosa es que me quede sin empleo y ahora ya no puedo pagarla a casi 2 años, en primer momento me estuvieron llamando, pero siempre les decia q no tenia empleo, hoy ya han cesado las llamadas y me preguntó que pasará, pero la verdad que ahora apenas tengo para comer, vergonzosamente mi madre me ayuda con pasajes y la comida, pero la situacion a mi favor está crítica y no voy a dar mi bocado para darselas a los que nadan en dinero, pero al final me pregunto que pasará con lo adeudado??

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Deseo para usted que pueda salir pronto de esta situación de falta de empleo para que esto también le permita normalizar su vida, gracias a Dios por nuestras familias y sobre todo por nuestras madres, yo y muchísimos más comprendemos sus situación.

Mire, en cuanto a su crédito, con esas características de sin fiador, el banco intentará emplazar sus bienes en el CNR, vehículos en SERTRACEN, y como usted no tiene nada registrado, ellos entregarán su caso a un despacho jurídico para que ellos hagan el "trabajo sucio" de la recuperación por los medios no tan éticos a los cuales este tipo de bufetes están acostumbrados.

Ante esto, infórmese. En este blog hay un enlace al lado superior derecho, en la columna, donde usted puede descargar el Codigo Procesal Civil Mercantil vigente. Léase del Artículo 614 en adelante, ese es el capítulo que habla sobre el EMBARGO. En ese capítulo se encuentra qué cosas pueden y qué no pueden embargarle, los requisitos para que le pudieran embargar su sueldo, etc, usted se sorprenderá que TODO está regulado en la LEY y que muchas veces los bufetes nos ganan por simple falta de CONOCIMIENTO DE NUESTROS DERECHOS COMO DEUDORES.

Ellos pueden intentar llegar a su casa o el domicilio que ellos tengan registrado como suyo y tratarán de quitarle sus cosas o asustarlo con embargar la casa de su familia, ojo, NO SE DEJE SORPRENDER. Todo bien, para que le sea embargado, TIENE QUE ESTAR DEBIDAMENTE IDENTIFICADO COMO SUYO. Le animo a que busque el consejo profesional de un abogado que le pueda dar mayor amplitud de sus opciones.

Saludos.

Anónimo dijo...

Hola, tengo una consulta y gracias a Dios encontré este blog, mi esposo tiene 2 tarjetas con CITI y por sobre-endeudamiento ya no puede seguir cancelando las 2, ha dejado de pagar 1 y fue en varias ocasiones al banco para exponer su casi y pedir ayuda, ha enviado 3 cartas al banco exponiendo el caso y siempre le responden que no pueden darle otra solución mas que pagar y de momento el ya no puede mas, hemos buscado en la defensoría que nos sugieran una solución y tampoco funciono, el banco dice que el tiene como pagar y que pague, pero eso no es cierto, mi esposo se queda hasta sin el dinero que usa para comer con tal de pagar, ya no sabemos que hacer, en los bancos no le prestan porque debe mucho y tiene 2 prestamos personales y 2 tarjetas mas, pero solo las del citi son las que no alcanza a pagar, ya no sabemos que hacer y tiene 2 meses sin poder pagar, habrá alguna forma de consolidar las deudas de la tarjetas o llegar a un acuerdo con el banco antes que quieran embargarle el salario?
El banco no le responde nada por escrito solo le llaman de forma prepotente y ahí le dan las "respuestas" a las cartas y siempre son negativas, ya no sabemos que hacer, mi esposo quiere pagar, pero las cuotas son muy altas.

Adolfo Lopez dijo...

hola mi pregunta es la siguiente tengo una deuda con el banco izalqueño de los trabajadores es de 3800 dolares, mi pregunta es la siguiente: me dijeron que me iban a embargar a mi a mi fiador, yo no estoy en la posibilidad de pagar, yo en mi casa no tengo mas que un tele una cama y mesas viejas, y si me embargan se llevarian eso y la deuda queda saldada con la orden judicial del juez de embargo, o si no pueden recuperar la deuda con mis cosas siempre sigo como deudor de ellos, y otra pregunta cuantos años pasan para que ellos den por perdida una cuenta que se les debe cuanto tiempo debe pasar sin moverse la cuenta para que la den por perdida.

Anónimo dijo...

Buenas tardes sr. Marvin
quiero hacerle una consulta yo tengo un credito por 1,200 en el agricola me lo descontaban de planilla me bajo a 800 hace 3 años y medio me quitaron el empleo. Pase a otro en el cual no ganaba lo suficiente. Hoy estoy comenzando en otro trabajo y justamente me pagan por agricola. Tuve un problema con la tarjeta de debito pase a atencion al cliente y la persona q me atendio me dijo q yo tenia un credito en mora. Que ya estaba en judicial y q me acercara al banco porque me podian embargar o en el caso mi salario. En mi casa nunca pasa nadie hasta la noche. Pero mi pregunta es me pueden embargar el salario. Y me gustaria pagar pero nose que hacer para q me reduzcan la cuota ya que la deuda por la mora hoy es de 2,500. Y quisiera pagar pero personal no por orden de descuento sera posible eso. Ayudeme por favor con mis dudas de antemano gracias... Bendiciones!! :)

Marvin Santos dijo...

Estimada Anónima:

Sinceramente deseo que pronto encuentren una salida a esta situación. Bien, lo que yo le puedo comentar es que lamentablemente no existe una norma o vía legal que le obligue al banco a aceptar sus propuestas. Solamente la existencia de una ley de Quiebra o Bancarrota nos podría ayudar en El Salvador, pero parece que a nadie le interesa promoverla. A la vez, si usted revisa los contratos firmados del mutuo o préstamo o tarjetas de crédito, verá que todo va en favor de los señores del Citi.

En este momento hay que evaluar como familia qué tienen en riesgo. Para todo procedimiento de embargo hay reglas, hay normas, leyes que establecen esos procedimientos y los derechos de los procesados. Léanse el Código procesal Civil Y Mercantil, lo pueden descargar desde el enlace que tengo en este blog arriba al lado derecho. El capítulo del embargo es a partir del artículo 614 en adelante. Infórmense, puede que si como familia no haya otro riesgo más que el embargo de salario, hay que tener en cuenta que lo más que pueden embargar es el 20% de los ingresos de su esposo.

Suerte, no desesperen ni se amedrenten que no les ganen la moral esta gente.

Marvin Santos dijo...

Estimado Adolfo:

El banco puede proceder a embargar el salario y pertenencias de su codeudor solidario. Por lo general atacan o proceden a recuperar de donde puedan obtener más. Ellos pueden llegar a su casa y a la de su fiador y pueden intentar llevarse todo lo que puedan, pero ojo hay cosas y objetos que no pueden llevarse. Descargue de este blog, arriba en la derecha encontrará el enlace del Codigo civil vigente, a partir del artículo 614 y siguientes están todos los relacionados al embargo, conozca sus derechos. Además ahora para que le puedan embargar su salario, usted debe de ganar más de dos salarios mínimos urbanos. Tenga en cuenta que el embargo es un procedimiento preventivo y su simple sentencia no da por terminada la deuda.

En cuanto al tiempo para prescribir una deuda, esta segun la ley es de 10 años. La normas financieras pueda que contablemente obliguen a asumirla en 5 años, sin embargo para efectos judiciales el plazo son 10 años contados a partir del último pago y el cumplimiento de varios requisitos más.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
El Banco Agricola si tiene ya una sentencia le puede proceder a embargar su salario, definitivamente esto puede hacerlo. Recuerde que para que ellos puedan embargarle su sueldo usted debe de ganar por lo menos el equivalente a DOS SALARIOS MINIMOS URBANOS y el máximo porcentaje de embargo de salarios equivale al 20% de esos ingresos. Evalúe usted si esto le resulta más conveniente que cualquier pacto de cuota. Recuerde que muy probable su categoría de riesgo ya está afectada y esto le imposibilitaria tratar de obtener otro crédito.

Anónimo dijo...

Buen dia Marvin.
Tengo una consulta sobre el embargo de cuentas bancarias, tengo deudas en proceso judicial mi duda es si a mi esposo le pueden embargar su cuenta de ahorro por estar casados bajo bienes mancomunados por mis deudas, el aperturo esa cuenta hace 9 años como cuenta de ahorro y al mismo tiempo le sirve como planillera.
Quedo a la espera de su comentario. Gracias

Anónimo dijo...

HOLA MARVIN TENGO UNA DUDA REFERIDA AL 20% DE EMBARGO DE SALARIO ... EN EL CASO QUE POSEA UN ORDEN DE DESCUENTO POR PAGO DE PRESTAMO LIBRE DE CUALQUIER PROBLEMA MORATORIO Y QUE LA EMPRESA ME DESCUENTA, QUE PASA SI POR OTRO PRESTAMO ME QUIEREN EMBARGAR YA JUDICIALMENTE.
EN EL CASO QUE MI 20% ESTA CUBIERO POR EL PRIMERO QUE PROCEDE???
QUE PASA SI EL PRIMERO CUBRE MENOS DE MI 20%???
ME PREOCUPA YA QUE EL GESTOR DE COBROS ME DIJO QUE PODIA EMBARGARME HASTA EL 80% SI ELLOS PROCEDIAN.
GRACIAS POR SU COMENTARIOS A MI DUDA.

Anónimo dijo...

Buenas tardes tengo una consulta, tengo 3 tarjetas de credito y un prestamo personal, he caido en mora y ya tengo 90 dias con las tarjetas, el credito personal esta al dia, e tenido bajas en mis ingresos y no e podido abonar a las tarjetas, vivo en una casa a nombre de mis tios y papa, pero yo vivo ahi con mi esposa e hijos, todo lo que tengo en la casa es mio, podria embargarme mis cosas o ellos podrian embargarme mas del 20% del salario?

Anónimo dijo...

Hola, muchas gracias por su pronta respuesta, estoy viendo el código y la verdad no veo que tenga mucho a favor del deudor, es una pena que aun no existan leyes que apoyen a los consumidores en este caso, mi esposo no tiene mas que el salario, los bienes del hogar están a mi nombre y estamos casados por vienes separados y el al banco le paga mas del 20% de su salario en esa deuda, hay nada mas un carro a nombre de el y es de un primo que esta en Estado unidos, he pensado el muchas posibles soluciones pero solo pienso en optar a otro crédito que el mismo CITI niega aun que sea para pagarles, es tan injusto este sistema financiero, le pueden embargar el 100% del salario si se lo depositan en una cuenta en el banco? porque según el código es solo el 20% pero no se bajo que términos, podrían embargar los bienes de la casa aun siendo míos?

Marvin Santos dijo...

Estimada Anónima:
Sí le pueden embargar esa cuenta. Le recomiendo hacer lo pertinente con sus ahorros y que aperture otra cuenta PLANILLERA. Esas cuentas se las pueden gestionar en su empresa, se abren con 0.01 centavo por lo general. El banco apertura estas cuentas con ese estatus PLANILLERA y es más fácil para ellos identificarlas en procesos de embargo.

Recuerde, el codigo procesal civil mercantil DICE que solo le pueden embargar el 20% de su salario, y solo le pueden embargar los bienes de él, no los suyos a menos que usted sea su fiadora.

El estar casados con bienes mutuos o separados no es vinculante en el caso de las deudas.

saludos.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
He indagado un poco sobre su consulta. Bien, dentro de las muchas cláusulas de los contratos de los préstamos, existe una que nunca falta y es la que se refiere a que si usted es embargado por terceros, es decir otro banco, el banco con el cual usted se encuentra pagando al día puede exigirle le pague también. Es decir, si a usted lo emplaza uno este hecho activará la exigencia de los demás.

Entonces, en ese supuesto, que espero que no sea un caso práctico en su persona, aplica el embargo de salario por 20% y emplazamiento sobre sus bienes y cuentas bancarias. Si le pagan por el banco, esa cuenta debería estar identificada como planillera.

En resumen, le pueden embargar, pero recuerde que la ley establece un tope de 20% sobre su salario. Así, termina una deuda y luego comienza a pagar la otra.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
En su caso de las tres tarjetas y el préstamo personal le puedo recomendar busque por los medios que le sean posibles ponerse al día ya que esa sería la solución ideal a su situación ya que si ellos le emplazan, esto puede activar -dependiendo de las cláusulas estipuladas en su crédito personal- la exigencia del pago de su préstamo, esto aunque estén en diferentes bancos y que su préstamo esté al día. Esta gente de los bancos tienen la información a la mano de cómo usted lleva sus créditos, ellos tienen acceso a la base de datos de la SSF y DICOM, por lo tanto saben cuándo usted está al día y cuándo usted está en mora.

En el caso extremo que lo emplacen, que mis sinceros deseos son que nunca le suceda tal, pueden embargarle los bienes, su cuenta bancaria, si tiene vehículo también, y en cuanto al salario LA LEY TIENE EL TOPE LEGAL DEL 20%, no PUEDEN EMBARGARLE MÁS! no se deje sorprender, ya que un JUEZ JAMAS ORDENARÍA UN EMBARGO MÁS ALLÁ DEL 20% DE SU SALARIO PUES ES ILEGAL.

Marvin Santos dijo...

Estimada Amiga del caso de CITI:

Por favor que no le sorprendan, que no se quieran pasar de listos con ustedes, en un caso extremo de un embargo sí le pueden embargar el carro en SERTRACEN ya que está a nombre de su esposo, PERO del salario UN JUEZ JAMAS VA A ORDENAR LE QUITEN EL 100%, si usted revisa en los artículos del CPCM que ya ha bajado, el embargo solo procede contra el 20% del salario de su esposo y todos los bienes que son SUYOS NO PUEDEN QUITÁRSELOS ya que usted no ES FIADORA SOLIDARIA en ese credito.

Le recomiendo, algo que usted puede hacer y que es legal, si acaso llegasen a su casa la gente del banco con una "orden de embargo judicial" por favor NO LES ABRA!!! ellos no pueden ALLANAR SU MORADA! que no le traten de sorprender diciendo que llevan una ORDEN DE ALLANAMIENTO, ya que eso solo procede en casos penales Y las DEUDAS NO SON UN DELITO!. Allí déjelos que hagan su berrinche, es difícil, pero hay que ignorarlos porque seguro tratarán de provocarles a que reaccionen violentamente, hay que jugar este juego a la defensiva. Que no la traten de sorprender!.

Anónimo dijo...

Gracias Marvin:
Mil disculpas pero me confundi un poco en el comentario siempre en el caso del embargo sobre cuentas.
Casada bajo bienes mancomunados no implica que procedan contra los bienes y las cuentas bancarias de mi esposo a menos que sea mi fiador??? No pueden proceder sobre él entonces.
Quedo a a la espera.
Saludos

Marvin Santos dijo...

Estimada Anónima:
En efecto, si usted es la deudora principal y su esposo no es su fiador (o viceversa), aunque ustedes se encuentren casados por bienes mancomunados o separados, solo pueden embargar los bienes que sean suyos como deudora principal. Los gestores le dirán lo contrario, pero ellos lo utilizan como estrategia.

Por favor, en todo caso, informémonos y también busquemos la ayuda de algún abogado mercantil de su confianza.

Saludos y espero que encuentren solución pronto.

Anónimo dijo...

Hola Marvin, quiero que me ayude a solventar una duda, fijese que este dia me llamaron porque me encuentro como referencia personal de las obligaciones crediticias de mi madre, y me entere por desgracia que esta bien ahogada en deudas con tres bancos y a mi me estan contactando, me ha tomado por sorpresa porque sabiamos que tenia deudas pero no a ese nivel, ella es una persona que tuvo que cerrar un negocito pequeño que tenia y no genera hoy por hoy ningun tipo de ingresos, por lo que ha venido generando atrasos en sus pagos, ella ya esta señora y realmente ha tenido que endeudarse por una enfermedad que era cancer, sus hijos le hemos apoyado mi hermano y yo hicimos prestmos para apoyarla y supongo que ella manejo sus creditos imprudentemente hasta este punto. El caso es Marvin que los bancos estan amenazando con enviarla a juridico para hacer efectiva la deuda pero lastimosamente ella esta fuera del pais y no tiene ninguna disponiblidad para pagar y tampoco posee ningun bien a su favor, nosotros sus dos hijos no podemos hacer mucho porque ya tenemos utilizado nuestros salarios y ya no proceden mas nivel de endeudamiento de hecho ya no nos prestan, asi que mi duda es que le pasara a ella en este caso en los banco se toparan que no hay nada para hacer efectivo. Sera posible que los juridicos al ver que no hay nada acepten que ella pague lo que pueda? aunque pasen años en cancelar los montos.
Espero sus comentarios al respecto

yeins fredy rojas graciano dijo...

mira tengo una duda, mi padre tiene una deuda con un banco, por enfermedad y vejez mi padre cayo en quiebra y no tiene como pagar, una cooperativa de cobro judicial esta llamando constantemente a mi padre martirizándolo constantemente para que pague, la duda mía es: mi padre por su enfermedad ya no puede trabajar y el realmente no tiene nada, ni vienes, ni plata en el banco, solo vive con una pensión de un mínimo, esta cooperativa puede embargarle a mi padre su pensión sabiendo que con lo único que sobrevive, por favor estaría muy agradecido si me aclaran esta duda, yo les pregunto esto por dicen que las cooperativas pueden embargar una pencion

Marvin Santos dijo...

Estimado yeins fredy rojas graciano:

Lamentablemente sí pueden embargar pensiones. La única institución que en su ley especial NO ACEPTA EMBARGO DE PENSIONES es el IPSFA, todas las demás pensiones para efectos de embargos, proceden como si fueran salarios normales. El límite legal de embargo sobre pensiones es la misma que de salarios 20%.

saludos.

spacer02 dijo...

Buenas tardes Marvin, mi consulta es la siguiente: La figura de "Dación en Pago" que esta muy de moda en estos tiempos cuando uno escritura un préstamo ¿puede hacerse efectiva al estar en mora ó necesita de un juicio mercantil para hacerla valer?. Por cierto este documento es obligado a firmarse en blanco cuando uno escritura el prestamo sin saber que con este instrumento solo le agregan los bienes que son embargados. He servido de fiador y me estan acosando para pagar la deuda que tiene a la fecha una mora de $2700.00 y una deuda total de $6000.00, la cuota del deudor era de $100.00 mensuales por lo que deduzco que esta persona tiene 27 meses de no pagar una tan sola cuota. Yo recuerdo cuando firmamos que nos hicieron firmar una "dacion en pago" en blanco. Porque habran esperado tanto para cobrar la deuda con tanta mora?
Gracias por su orientacion.

Mateo Martinez dijo...

Hola mi pregunta es la siguiente, el banco me dice que me va a embargar, y mi direccion es la de donde viven mis hermanos yo ya no vivo alli pueden embargar a mis hermanos??? aunque yo ya no viva ahi, y que concejo les puedo dar a ellos..

Adolfo Lopez dijo...

Hola mi pregunta es que si el banco me embarga ahi acaba mi deuda con el banco o le seguire debiendo al banco siempre.

Anónimo dijo...

Buenos dias, lo felicito por tan interesante blog.
Mi pregunta es que hace varios anos obtuve tarjetas de credito y prestamos para pagar servicios de salud de un familiar enfermo, lastimosamente perdi mi trabAjo y al obtener uno nuevo, mi salario era menor y ya no pude pagar mis cuotas, siempre pagaba pero menos. Tuve una oportunidad de venirme a EEUU y antes fui a que me consolidaran la deuda con una cuota mas chica para poder pagar pero me negaron negociacion. Me vine y ya no pague porque me vine con beca de estudio y no tenia trabajo, asi que acosaron a mi familia hasta el cansancio, cuando empece a trabajar hable con ellos y me dijeron que me iban a congelar la deuda y me hicieron planes de pago que he cumplido puntualmente. Pero hoy tengo 4 meses de no trabajar por motivos de salud y ya no puedo seguir pagando. Digame que me recomienda hacer? Hablo con ellos Para ver que proponen?
Que pasaria si dejo de pagar si supuestamente la deuda esta congelada?
Empezarian a acosar a mi familia nuevamente?
Muchas gracias
Firma: Estrella Valle
.
Estrella

Marvin Santos dijo...

Respondo a los últimos 4 comentarios:

Estimado Spacer02:
"Dación en pago" es una opción que el otorgante del préstamo le da a usted como deudor o codeudor para saldar su compromiso a cambio de entregar la garantía hipotecaria. Esta opción es válida por ejemplo en arreglos con el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, donde el deudor que no puede seguir cancelando la deuda, procede a entregar la casa y el FSV termina los compromisos con este. Aplica, según yo entiendo, solo en préstamos con garantía prendaria.

Nadie debería obligarle a firmar documentos en blanco, desde hace varios años esto es prohibido en documentos de garantías crediticias. Busque la opinión de un abogado.

Marvin Santos dijo...

Estimado Mateo:
Por ley no pueden pues lo primero que tiene que hacer todo auxiliar de ejecución de embargos es comprobar que los bienes que están allí son suyos, lo cual como usted bien aclara no son el caso. Sin embargo, lo que toca hacer a su familia es simplemente decir la verdad: que usted no vive allí. Además no están obligados a abrirles la puerta a nadie que diga que va con la intención de embargarle a usted. Que no les sorprendan ya que para estos casos, un JUEZ JAMAS pediría una ORDEN DE ALLANAMIENTO DE MORADA.

Marvin Santos dijo...

Estimado Adolfo:
El embargo de bienes y de salarios es un procedimiento preventivo. Hay un proceso entero para dar por finiquitada una deuda. Cuando a usted le embargan el salario y/o sus bienes, el juez delega que esos bienes o cantidades embargadas pasen a la custodia de un DEPOSITARIO JUDICIAL quien es el encargado de entregar esos bienes o ingresos al juez, quien a su vez es el encargado de avalar cuándo la deuda llega a cancelarse. La ley en este aspecto presenta varios vacíos como las cuantías y valoraciones de los bienes embargados ya que quedan a criterio del ejecutor.

Marvin Santos dijo...

Estimada Estrella :
Intente nuevamente hablar con ellos. Usted ya logró una vez ellos accedieran a sus peticiones. Exponga su caso. Recuerde que lamentablemente en las cláusulas del contrato que usted firmó se deben encontrar las que activan las acciones en su contra cuando cae en mora, como usted sabe, el banco nunca pierde en este aspecto.

Anónimo dijo...

Hola, favor responder 2 preguntas puntuales:
1-si efectup pagos minimos (menos de lo que el banco quiere)
a mi deuda de tarjeta de credito me pueden embargar...?
2-las pensiones recibidas del extrajero sno
embargables...?
mil gracias

Anónimo dijo...

Hola deseo saber que pasa cuando un deudor se va fuera del pais y la deuda esta viva, pero esta persona no posee nada a su favor, pero esta casada y todos los bienes estan a nombre del esposo y este no posee ninguna deuda con nadie y tampoco le ha servido de respaldo en ninguna obligacion, podrian obligarlo a pagar? aunque no tenga nada que ver con la deuda.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
El cónyuge que se queda en el país si no ha servido de fiador solidario NO LO PUEDEN EMPLAZAR. Solo pueden proceder contra todas aquellos bienes, cuentas bancarias, vehículos y propiedades debidamente identificadas como propiedad del deudor.

Busque al lado derecho de este blog el enlace del CODIGO CIVIL y léase a partir de los artículos 615 en adelante que hablan sobre el EMBARGO.

RECUERDE que lamentablemente A PESAR DE LAS LEYES SER BIEN CLARAS sobre qué se puede y qué no se puede embargar, LA GENTUZA PÍCARA EXISTE EN NUESTRO SISTEMA JUDICIAL. Por favor, que no la traten de sorprender, ELLOS TRATARÁN DE HACERLO DICIÉNDOLE QUE USTED TIENE QUE PAGAR, PERO ESO LO HARÁN A TRAVÉS DEL TEMOR Y TERRORISMO TELEFÓNICO YA QUE UN JUEZ JAMÁS TRABARÍA UN EMBARGO A SU PERSONA POR EL SIMPLE HECHO DE SER CÓNYUGE DEL DEUDOR.

Pueden llegar incluso a su casa a armar un "berrinche" con gentuza disfrazada de gestores auxiliares de juzgados, recuerde que la ley no le obliga a usted a dejar ingresar a esta gente. Recuerde que tampoco un juez va a extender una orden de ALLANAMIENTO DE MORADA, que no le sorprendan!!!

Acabemos con estas prácticas abusivas de esta gente.

Anónimo dijo...

Buen dia Marvin:
Mi consulta va encaminada a el encarcelamiento por deudas y a la opcion de embargo salarial.
Lo poco que sé es que no existe carcel por deberle a una institucion bancaria, pero mi duda es si estos desgraciados en algun momento podrian demandar a alguien por ESTAFA que si es un delito grave, al hablar de tantos gestores y jueces corructos.En mi caso tengo prestamso con 4 instituciones se aperturaron prestamos personales mas o menos en la misma fecha para poner un negocio que a la larga fracazo, en algunos bancos realizo pagos minimos en otros ya no me alcanza, me imagino que mas de alguno ya va en proceso de embargo.
1. Que tan probable es una demanda por estafa.(Vale la pena aclarar que no procedi con esa intension)
2. Si embarga un banco mi sueldo que tanto detiene a los demas? no poseeo carro ni casa , lo unico que amparo mis creditos fue mi sueldo.
No quieren considerar acuerdos, mas q solo que realice abonos que a la larga no detienen nada pues siempre la deuda crece y proceso de embargo no detengo, será una salida desesperante dejar que embarguen mi sueldo??

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Le doy mi opinión personal respecto a su caso:
1.- No hay prisión por deudas. Además en su caso usted reconoció su compromiso e inclusive realizó pagos a sus préstamos en debida forma hasta donde su capacidad le permitió. Se pudiera alegar de parte de los bancos la configuración de un delito si usted hubiera tomado todo sus préstamos y simplemente hubiera desaparecido sin cumplir con su compromiso mensual de pago.

2.- En todos los contratos de crédito de los bancos existe una cláusula donde dice que si usted cae en mora con ese crédito o con otros créditos en otros bancos, de inmediato se activan los procesos de exigencia de pago total. Conforme haya sentencia de ejecución de embargo, en ese orden proceden a retener su sueldo. Recuerde que no pueden emabargar más allá del 20% de su sueldo, de esta forma los embargos se traban en "cola", termina de pagar una deuda y procede la siguiente.

Tome en consideración que las cuentas bancarias que no sean utilizadas para pagar su salario son embargables también. De igual manera pueden embargar cualquier fuente de ingreso identificable.

Anónimo dijo...

Gracias por tanta informacion valiosa que nos brinda, mi caso es un poco particular y me he sentido frustrado de ver la impunidad con la que el banco Credomatic trabaja, pero leyendo su blog me da muchas ideas y veo que no somos los unicos, yo poseo tres tarjetas con dicho banco, tengo quince años de manejarlas y siepre hemos procurado matenerlas al dia, este año se tuvo un atraso de cuatro meses con una de ellas y la cual ya esta al dia, todas las tarjetas estan al dia en sus pagos, en ninguna se refleja mora, a exepcion de la tarjeta emproblemada que ya no llego estado de cuenta, sin embargo la cobradora nos dijo cuanto teniamos que pagar para ponerla al dia, este dia llegaron de credomatic diciendo que estaba en proceso de embargo y efectivamente me fui a sus oficinas y me dieron una copia de una boleta del CNR, les lleve los estados de cuenta de las tarjetas y los abonos realizados pero me dijeron que la demanda fue puesta en abril y que no se podia detener y que debia cancelar el monto total de lo adeudado cerca de 4,400 dolares, que puedo hacer?
Gracias de antemano sus apreciables concejos

Anónimo dijo...

Buenas Noches Don Marvin:
Lo felicito por tan interesante blog, y por tan exelentes consejos, mi caso es un poco particular resulta que a inicios de año entre en mora con una tarjeta de credomatic, la cual fue puesta al dia y dejaron de venir los estados de cuenta, nosotros preguntamos que pasaba y nos decian que debiamos abonar cierta cantidad de dinero, yo poseo otras dos tarjetas que estan al dia, resulta que el dia de ayer vinieron a gritar que venian a embargarme la casa, todas las tarjetas estan al dia, en teoria no tengo mora con ellos pero estan reclamando el pago total de lo adeudado de las tres tarjetas, les lleve los estados de cuenta y me dijeron que una tarjeta habia llevado a las otras, no tengo mora y estan procediendo a quererme embargar la casa por 4,300 dolares, que puedo hacer?

Gracias

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Qué diéramos TODOS los SALVADOREÑOS porque así como hay PRONTA Y CUMPLIDA JUSTICIA contra nosotros los deudores la hubiera contra los verdaderos CRIMINALES que en verdad se merecen que les caiga todo el peso de la ley!!!

Los juicios de EMBARGO son SUMARIOS!! es decir, a usted solo le comunican que está emplazado y luego le dicen que ya está embargado y punto. No puede solicitar ningún tipo de amparo ya que usted mismo en el contrato de la tarjeta de crédito manifiesta que renuncia a sus derechos... sí!! a uno lo embaucan desde el principio... por eso "la banca nunca pierde"... Además crítico de esta situación es que en los contratos de las tarjetas y los préstamos hay cláusulas que activan la exigencia del pago de sus deudas una vez iniciada una acción judicial de embargo en su contra por el mismo banco u otro del sistema financiero.

Le recomiendo NO DESISTIR!! quizás este sea el momento de acercarse a algún abogado mercantil que le ayude a representarlo y convencer a esta gente que usted en efecto no tiene mora con CREDOMATIC. Quizás este abogado pueda ser recibido por el juez y él demostrar que usted está al día, en fin hay cosas que solo un abogado sabe qué hacer.

Muchos lectores de este blog han sido atropellados por CREDOMATIC, esta gente contrata a terceros para realizar gestiones de cobro.... en este sentido le consulto: Usted menciona haber ido a las oficinas de ellos, ... ¿fue a las oficinas de Credomatic o a las oficinas de algún bufete de recuperación?. Hay que negociar con ellos. Ellos están en capacidad de retirar la demanda, basta que tengan voluntad y que valoren realmente el tipo de cliente que ha sido usted. Todas estas instituciones tienen un departamento de LEALTAD, donde llevan registros suyos que demuestran su historial con ellos.

He buscado en Facebook y esta gente no tiene fanpage para El Salvador... ¿Será porque no se atreven a recibir comentarios de víctimas como usted?...

No desista!

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Veo que Credomatic se está poniendo lamentablemente "de moda" en este sitio.

Igualmente le comento que aquí el truco está en la mora mayor a 90 días.... Si su mora pasó de ese límite créame que esta gente no duda en emplazar y embargar. Sí lo que le dicen ellos que "una tarjeta arrastró a las otras" es porque así funciona esto. En el contrato de sus tarjetas de crédito existe una cláusula que precisamente dice eso: Que si usted cae en mora y es emplazado en una de sus tarjetas le será exigida la cancelación inmediata de todas sus tarjetas ya sean o no del mismo banco. Recuerde que esta gente es miembro de un clan llamado "Sistema Financiero" y tienen las mismas reglas para todos.

Igualmente le recomiendo buscar auxilio legal con un abogado de su confianza. Además intente por la vía administrativa negociar con ellos.

Anónimo dijo...

BUENAS NOCHES SEÑOR MARVIN
mi SITUACION ES LA SIGUIENTE: yo cancele una deuda de tarjetas de casi 8,000 dolares de tarjetas del banco Credomatic y Aval Card, pero lamentablemente aun tengo pendiente una tarjeta de Aval o Banco uno de 3,900.00. Yo llegue a un acuerdo de dar mensual $30.00, asi he pasado desde el 2010 hasta noviembre del 2011, se da el caso que intente cancelar haciendo un prestamo en una cooperativa para cncelar esta deuda mas un prestamo personal que tengo, el prestamo lo queria para salir de todo de 9,500 pero solo me aprobaron $7,300.00 entonces no logre salir con esta tarjeta, el gestor del despacho juridico Aleman Soto, se molesto porque como yo le habia prometido que les pagaria y por ello me hicieron el descuento para pagar de $2,500.00, dandose el caso que desde noviembre 2011 a la fecha no les he abonado, e intentaron llamarme a mi celular pero yo no les conteste, ahora nuevamente quiero hacer trato con ellos pero estoy solicitando al Banco izalqueño un prestamo de $10,000.00 pero no se si llamar al despacho juridico de la tarjeta para volver a decirles que me envien mi estado de cuenta pero tengo miedo volver a prometer y que no me salga en el prestamo, ya que tambien tengo que hablar con la empresa donde trabajo que me acepten la orden de descuento por mas del 20%, digame la empresa me puede ayudar a que de mi salario se me descuente una cuota por mas del 20% porque solo asi saldre de este lio.
la otra pregunta es que como tengo ya desde octubre 2011 que no abono y abonè dos cuotas entre enero y febrero 2012 y de ahi ya no, me pueden embargar, por fvor instruyame estoy tan desesperada. GRACIAS

Anónimo dijo...

Buenas tardes Licenciado..
Me gracias por las asesorías, que brinda

Quiero consultarle, tengo una deuda, con citi, una tarjeta de crédito con extra financiamiento y un prestamos personal. el préstamo lo pasaron puntual y no he podido pagar, aunque tengo por el momento 3 meses de atrazo. Que sucede y dicen que procederan judicialmente.
Y con el atrazo en la tarjeta de 4 meses, y el extras, a que me puedo atener, ya que no tengo suficiente ingreso.
poque he estado casi un año sin trabajar.y hasta ahorita empiezo a cotizar,
Ahora, ya estoy trabajando, pero mi salario son $ un poco mas que 2 salarios mínimos y todavía no les he comunicado, que ya estoy trabajando, pueden ellos investigar y embargarme el sueldo.
También donde yo vivo la casa no es mía es de mis padres, y no poseo nada a mi nombre. Que sucedería si quieren proceder a un embargo ( es lo que dicen los de Puntual)

Gracias, de antemano

Marvin Santos dijo...

Estimada Lectora caso Credomatic - Izalqueño:

El código de Trabajo y el Código Civil Mercantil regulan lo pertinente a las retenciones salariales. Para el caso, las ordenes de descuento ya sea por retención de cuotas de préstamos o por embargos judiciales no pueden exceder de acuerdo a la ley por más del 20%. Tendría que usted de alguna manera dejar por escrito su voluntad en cuanto a que la empresa le retenga una cuota mayor dejando claro ante terceros que es precisamente una petición suya. Ahora bien, cabe la posibilidad que dada la naturaleza de esta situación, la administración de su empresa no acceda argumentando lo que le comento se encuentra en las leyes.

Lamentablemente desde el momento en que usted ha caido en mora el banco está facultado a proceder a embargarle. El arreglo de pagos es una instancia administrativa extrajudicial que utilizan los gestores de cobros. Sí le animo primero a indagarse si el Banco Izalqueño le concedería un préstamo en sus condiciones, imagino que usted algo habrá investigado al respecto. Si sus posibilidades son reales con ellos, hay que solicitar al banco que le emitan un estado de cuenta para que sea adjuntado al trámite. Espero de todo corazón que pueda solucionar esto pronto.

Gracias por leer.

Anónimo dijo...

Hola: Mira yo soy una joven de 15 años y tengo una duda sobre un caso que le esta ocuerriendo a mi abuela.
Bueno ella es una señora que esta acostumbrada a pedir dinero prestado y actualmente ella enfrenta un problema legal, el cual consiste en que consiguio dinero con 2 personas y tengo que admitir que no a pagado intereses ni nada y estas personas pasaron dicha deuda a un licenciado el cual desidio embargar la propiedad de mi abuela y la verdad no sabemos que hacer podrias ayudarme por favor..

Marvin Santos dijo...

Estimada amiga:

Bueno el caso como me lo describes está muy desfavorable para tu abuelita ya que no pagó ni una letra, tal parece. Aquí lo que quedaría es contratar un abogado que les pueda pelear el caso apostándole a algún tecnicismo que se encuentre a favor de ustedes. Ellos lo que han hecho lamentablemente es legal que lo hagan siempre y cuando tengan los documentos firmados por tu abuelita tales como PAGARÉ, LETRA DE CAMBIO o MUTUO CON GARANTÍA HIPOTECARIA. Aconsejale que en estas circunstancias habría que contratar un abogado de su confianza para que pueda representarles.

Anónimo dijo...

hola, muy buena informacion en esta pagina sirbe de mucho, a la vez les quiero preguntar si en mi caso que tengo 3 deudas con tarjeta de credito pero solo le he podido estar abonando a una(BAC) la otra (CITY) que es la de mayor cantidad no le e podido abonar desde hace 2 años aproximadamente pero ahorita me quede sin trabajo y aunque yo quiera no puedo, me estan llamando y me dijeron que me ban a embargar, las pocas cosas que tengo en la casa son de mi esposa pues ella las ha pagado pero han sido sacadas en comerciales a mi nombre..
gracias por su ayuda.. estare pendiente de la respuesta

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
En primer lugar le deseo que pronto encuentre algún trabajo que le permita paliar la situación.
Bien, sí lamentablemente en este caso lo más problable que suceda es que se activen los embargos tanto del BAC como del CITI. Además, el orden de proceso sería primero contra las garantías. Para el caso si las tarjetas tienen fiadores, procederán contra ellos. Si no tienen fiadores, procederán contra suya con cuentas bancarias, registro de propiedades, vehículos y las cosas que son embargables en su casa, las cuales están a su nombre.
Le recomiendo informarse en cuanto a los procesos de este tipo descargando la copia del código civil mercantil que tengo colgada al lado derecho superior de este blog. Léase desde el artículo 614 en adelante, todo el capítulo relativo a embargos. Allí se detalla qué le pueden embargar y qué no le pueden embargar y cómo deben de proceder estas gentes encargadas de esto.
Recuerde que la gente que llegará a su casa debe llegar con una orden de embargo pero NO PUEDEN INGRESAR A LA FUERZA, que no le sorprendan con una "ORDEN DE ALLANAMIENTO" ya que esta no procede en estos casos pues las deudas no son un delito.

Unknown dijo...

hola soy julio tengo un problema con puntual poruna tarjeta de citi bueno asepto qe tengo como tres años de no pagar y hoy qe mellamaron fuy aver si podia con una cantidad minima no inportaba qe pasara años pagando pero un lic mesalio y dijo qe no podia hacer eso qetransferiria la cuenta aotras instancias dijo qe podrian yegar ami casa a enbargar los bienes pero la verdad yo vivo con mis padres y todo esta anombre de ellos yo trabajo y poreso qiero areglar pero dicen qe no puedo ya grssss

Anónimo dijo...

Hola Marvin, tengo una duda.
Mi hermano obtuvo un prestamo en el Banco Azteca y le dieron una tarjeta de credito.. la deuda que tiene es de la tarjeta porque el prestamo lo termino de pagar, hace unos meses se quedo sin trabajo y ellos están amenazando con un embargo, pero no entiendo como porque mi hermano no tiene fiador, no tiene bienes muebles ni inmuebles, nada. Pero nos llego una notificacion judicial de embargo de bienes inmuebles, pero dicen que pueden venir a sacar cosas de nuestra casa, tengo facturas de la mayoría de cosas, pero de las que no?? se las llevan?? aparte que la casa es de mi papa y esta a su nombre, aun asi pueden entrar con una orden??

Anónimo dijo...

Perdon en el caso del Banco Azteca.. se me olvido mencionar que como para la aprobación del credito ellos pedian un recibo de servicios y una visita a la casa donde vive.. Por lo que ellos aseguran que pueden embargarnos, lo que me parece absurdo, porque si bien mi hermano vive aqui, no es dueño de nada.

Supuse que es una mas de todas las amenazas e insulto que hacen pero quiero estar segura...

anonimo dijo...

Estimado Marvin, hace unos días llegaron una abogada y un ejecutor a efectuar un embargo, por una deuda con credomatic (el peor banco, el banco del terror) por tarjeta de crédito la cual por razones de falta de empleo caí en mora pero que antes trate infructuosamente de que me dieran un plan de pago menor la cual ellos nunca accedieron, sino que pusieron mil requisitos, obviamente fuera de mi alcance,...Fue que transcurrido un año de no pago llegaron y se introdujeron casi a la fuerza, ellos me dijeron que tenia dos opciones la vía extrajudicial o por la judicial. Yo les dije que queria arreglar por la via extrajudicial y fue que les tuve que pagar 2000 dolares que mi hermana me presto urgentemente, pero ellos me exigen que tengo que pagar al menos la mitad de la deuda de 10000 dolares para llegar a un arreglo de pago, es decir debo pagar 5000 dolares y me dieron un plazo adicional de 10 dias para conseguir los otros 3000 dolares o sino me embargaran todo aquello que este a mi nombre, yo ya no tengo de donde obtener mas recursos, estoy buscando como pagar pero nadie me puede prestar por la razones de iliquidez en la que he caido, 1) ¿Que pasaria si yo pongo todo a nombre de mi hermana con un abogado para que no me embarguen el televisor, la computadora,etc etc ? en este caso ¿Ellos verían que todo lo de la casa es de mi hermana y en consecuencia no se podrian llevar nada??? 2) ¿Que pasa si yo no les abro la puerta? 3 ¿ Es posible que puedan acordonar con listones amarillos la casa en la que se alquila a manera de hacer escandalo?....Gracias por su respuesta

Marvin Santos dijo...

Caso Banco Azteca:
La ley es clara, no pueden embargar cosas que no sean en el caso las de su hermano, a menos que ellos les hayan hecho firmar algun documento donde él expresamente las puso como garantías. Recuerde que esta gente utiliza mucho las letras pequeñas de los contratos para protegerse.

En todo caso, el ejecutor de embargos puede llegar a su vivienda pero no puede entrar forzosamente. Un juez de lo civil mercantil no le dará jamás una orden de ALLANAMIENTO DE MORADA en este caso.

Marvin Santos dijo...

Caso Credomatic:
Como usted lo ha podido experimentar, CREDOMATIC es de los más agresivos para recuperar sus deudas. Por lo general sus casos son diligenciados en el 5to de lo Mercantil y tienen subcontratos con muchos bufetes de abogados que hacen el trabajo sucio por ellos. Son gente que tiene muchos años de experiencia en estos casos y por lo tanto se valen de sus enquistamientos en los juzgados para asegurar la agilización de sus casos.

Bien , en cuanto a sus consulta, le respondo:

1.- No se lo recomiendo ya que esto es un delito que se llama ALZAMIENTO DE BIENES. Su abogado puede advertirle y asesorarle al respecto.

2.- Usted no está obligado a abrirles la puerta. Ellos tampoco pueden entrar por la fuerza. La PNC les acompaña para garantizar la seguridad de esos gestores no para obligarle a usted a que les permita entrar.

3.- No pueden acordonarle, usted no es un delincuente, es un deudor. No hay prisión por deudas. En el caso, habrá que resistir todo el alboroto que ellos hagan.

Le recomiendo busque los servicios de algun abogado de su confianza.

Marvin Santos dijo...

Estimado Julio:
Idem, en este punto no pueden embargar los bienes que no son suyos. Sí pueden proceder contra cuentas bancarias, vehículos y activar otros embargos de otros créditos en otros bancos una vez iniciados los de ellos.

ANONIMO dijo...

un saludo para Sr, Marvin que son sus comentarios aclara muchas dudas. y saludos a todos los que lementablemente tenemos problemas de mora. esperando poder salir algun dia de tanto bochorno que nos quita la paz y la tranquiladad. si creemos en Dios todo es posible..

mi consulta es que tengo tres prestamos en bancos diferentes cuando me los aprovaron tenia el trabajo y salario para cancelarlos. en novienbre del 2011 deje de cancelarlos devia a falta de empleo tengo uno en acadme que una sñorita me hizo socio para que me aprobaran la cantidad de 1000 sin fiador .. el otro lo tengo en el hsbc que igual pasaron 5 meses dede novienbre llamandome que cancelara haste hace menos de 2 meses que ya no resibi ni una llamada .. solo de puntual qe cancelara pero ya hace igual que no me llaman ... tengo un prestamo que fue solicitado por tercera persona a mi nombre .. el banco no me a llamado ni nada cobrandome la deuda es con el agricola... mi inquietud es que hasta hoy no me llaman cobrandome pero se que muy pronto lo aran .. que medidas van a tomar o que estan esperando para seguirme llamando cobrandome .. cuento con empleo pero no gano lo suficiete como para pagar las deudas .. que puedo hacer....
se le agradesera mucho su comentario..

Marvin Santos dijo...

Estimado anónimo:

Si usted no tiene vehículos, propiedades, cuentas bancarias que no sean específicamente de salarios (cuenta de planillas) así aperturadas, lo que pueden hacer es llegar con una nota de embargo preventivo sobre el 20% de su salario SIEMPRE Y CUANDO usted gane MAS DE DOS SALARIOS MÍNIMOS URBANOS. Léase el CODIGO CIVIL Y MERCANTIL bajándolo del link correspondiente en la columna derecha de este blog y busque los artículo 614 en adelante, allí está claro SEGUN LA LEY qué , cómo y cuándo le pueden y no le pueden embargar. SALUDOS.

anonimo dijo...

Muchas gracias por sus respuesta, en realidad su ayuda es de mucha utilidad para los que hemos pasado por el camino amargo de las deudas y el desempleo....Tengo una pregunta....
1) Yo ya confirme que estoy demandado en el tribunal 5to de lo mercantil por el banco del terror o sea Credomatic.
2) El dia de ayer me visitaron y yo no les abrí, La duda que tengo ¿Que es lo que sigue en el proceso? ¿Cuanto tiempo puedo pasar sin abrirles? ¿el tribunal me enviara alguna notificacion y en que momento?
Muchas gracias

Mauricio dijo...

Buenos dias Marvin, una consulta Que sucederia si un banco me ha amenazando con embargo pero no tengo nada a mi nombre ni casa, ni terreno, ni carro y donde trabajo es por proyectos y no me pagan en cuenta planillera...es mas me hizó un prestamo la empresa y según lo que gano viene siendo el 20% lo que abono..claro que fue intencionalmente por salir del compromiso, la duda que tengo es que me pagan por cheque y a veces en una cuenta planillera de otro banco donde no tengo ningun compromiso crediticio...será que pueden investigar donde trabajo y apropiarse del cheque o cuando me paguen depositando en otro banco tambien puedan quitarmelo?

Marvin Santos dijo...

A continuación mi respuesta a los dos últimos comentarios:

Anónimo:
Ellos seguirán llegando a su casa, seguro que armarán cualquier tipo de escándalo. No les abra la puerta, no está obligado a hacerlo. Tampoco que no le sorprendan tratando de insinuarle que llevan una "orden de allanamiento de morada", tal cosa no existe para un juicio mercantil relacionado a deudas comerciales. Le animo a que presente respuesta legal, nombre un abogado que le represente ante ese tribunal.

Estimado Mauricio:
Pueden embargar sus cuentas bancarias. Recuerde que técnicamente una cuenta planillera tiene que tener movimiento cada 30 o 15 dias. Debe haber una regularidad, sino se presume que no lo es. Esta gente de los bufetes de recuperación de mora tiene acceso legal o no a bases de datos como Hacienda, el ISSS, los bancos por medio de un servicio muy cuestionado de información que se llama "infornet" contra el cual hay una demanda en la CSJ por parte de INDATA. Valiéndose de esa información, ellos pueden ubicarle tarde o temprano.


Franciso dijo...

Buen dia tengo unas dudas a ver si me puede aclarar, 1. si poseo vehiculo cual es el proceso para embargarmelo, se puede vender o pasarlo a nombre de otra persona si no he recibido notificacion via escrita mas que amenezas telefonicas a una de mis referencias (en teoria ellos no sabrian exactamente que yo se de esa notificación por lo cual procedo a deshacerme de el) 2.Si el valor del préstamo o tarjeta por la cual están procediendo a embargo es mucho menor o mayor a las cosas que embarguen ya sean electrodomesticos, vehiculos etc, al efectuar esto la "deuda" se cancela? que proceso sigue?, hay alguna manera de recuperar dichas prendas? que pasa en Dicom despues sigo igual o me eliman ese historial? Disculpe por muchas interrogantes....

Marvin Santos dijo...

Estimado Francisco:
1.- Si existe sentencia de embargo, lo más fácil y práctico para embargar son los vehículos. Incluso podría estar ya con embargo trabado. El ejecutor simplemente va con la orden a las oficinas de SERTRACEN, registra el embargo y ya su vehículo cuando usted va a tratar de hacer cualquier cosa como pagar la renovación de su tarjeta, venderlo, traspasarlo, etc. simplemente ya no lo puede hacer pues el titular ahora es el depositario designado por el juzgado.

2.- El embargo de bienes muebles e inmuebles es un proceso preventivo que busca recuperar las 2 terceras partes de la deuda principal. Aquí es donde muchas veces está el problema del saldo o no de la deuda, ya que la ley le deja libre el camino al ejecutor para incautar bienes y propiedades y él básicamente les asigna un valor .... así un vehículo puede ser valorizado por cantidades ridículas, igual los terrenos, casas, etc... esto es porque el ejecutor su intención es recuperar TODO lo que pueda. Es cuestión de apreciación y lamentablemente es legal.
ESTE ES EL VERDADERO PELIGRO DEL EMBARGO: lo pueden dejar en la calle, en la práctica y le pueden dejar únicamente los bienes que la ley establece como no embargables.

Marvin Santos dijo...

aclarando el comentario anterior: las dos terceras partes de las que hablo son arriba de la deuda principal. Es decir, si usted debe 10,000 dólares, le pueden embargar bienes, si los tiene hasta por 12,500.00 Esto porque de ese margen proceden a cubrir los gastos respectivos de recuperación.

Anónimo dijo...

muy buenos dias lo felicito por la asesoria que nos brinda a todos los que tenemos dudas con respecto al sistema financiero mi duda consiste en que hace algunos años atras fui embargado por el banco hsbc en ningun momento recibi notificacion alguna y fue hasta que se me entrego la orden de embargo sobre mi salarioo que me di por enterado, el problema es que yo tenia un prestamo con orden de descuento y una tarjeta de credito, con la tarjeta cai en mora con el prestamo no pero en el embargo se decreto por ambas cuentas aunque el prestamo estaba al dia por ser con orden de descuento se hizo muy dificil pues me descontaban el prestamo y el embargo a la vez y aunque quise gestionar con el banco no accedieron. en este momento ya esta la suma a cancelar por lo embargado ya lo notifique al banco pero no me han resuelto nada, el problema es que hay una oficina de cobros que aun sigue cobrandome la tarjeta de credito aun cuando ya he mencionado lo anterior, quisiera saber que puedo hacer en este caso. por su amable atencion muchas gracias

Deisy dijo...

Buenas Tardes

He leido su Blog y me a servido de consuelo que No soy la unica en esta tan mala experiencia en mi caso como en el de otros se ha debido a la Falta de Empleo, estube 3 años si empleo por lo que he caido en este hoyo de deoudas las cuales nadie me ayuda a consolidar una sola deuda mi monto haciende a unos U$6,000.00 pero con 5 instituciones diferente y ahora que tendo 1 año laborando todos quieren que les cancele pero no puedo cubrir las 5 cuotas a la ves por que mi salario es actualmente es la 1/2 de lo que ganaga hace 3 años. si todos me hablan de embargo de mi salario como procederian todas las entidades ya que no puedo con todos.
O ssabra usted de una coperativa que nos apolle en estos casos ya que mi mayor objetivos es cancelarles a todos

Agradecere sus valiosos comentarios

anonimo dijo...

Licenciado Marvin Santos, es un honor saludarle y agradecerle su trabajo por los salvadoreños que pasamos las horas difíciles, por ayudarle a una amiga ahora yo estoy enproblemada tengo orden judicial de embargo.
Tengo las siguientes preguntas:
1) Segun la ley desde que horas se pueden efectuar los embargos de lunes a viernes ¿será de 8:00 A.M a 6:00 P.M? ¿Sabado y Domingo entiendo que no se pueden hacer embargos?
2) Tengo un vehículo viejo de 1980 ( Entiendo que a Credomatic no le interesa esos vehículos). El vehiculo esta en ua cochera que tiene vista desde afuera por lo cual Credomatic puede ver que el vehiculo esta alli, ¿Que pasa si no les abro pueden forzar la puerta para entrar para llevarse el vehiculo?
3)Despues de dos años a partir de la fecha de emplazamiento ¿Podria vender el vehículo?
Gracias por su aporte

3)

Anónimo dijo...

saludos.
soy empleado empresa privada, estoy al dia con 4 creditos bajo ordenes de descuento de mi sueldo solo quedan 4 dolares al mes.
problema: deje de percibir otros ingresos, mi negocio quebro. llevo 8 meses sin pagar dos tarjetas de credito.
deceo pagarlas pero no tengo dinero, no tengo casa, ni terrenos, ni vehiculo ni nada. solo me prestan un cuarto para vivir.

como puede actuar el banco en mi contra?

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Siendo este su caso pues solo pueden embargar su salario. Ojo, TODOS los contratos de créditos tienen una cláusula que activa los embargos en "cascada". Para el caso, con esta mora muy importante, a estas alturas esos bancos deberían estarle emplazando por esas deudas. Cuando esto sucede y se traba embargo, esto activa el reclamo de otras deudas.

En su caso, procederían contra su salario. No veo qué más podrían hacer.

Anónimo dijo...

hola estoy desesperada tengo un prestamo conel banco azteca me enferme y me atrace con los pagos para ponerme al dia tengo que pagar 255 dolares ohoritano he podido con seguirlos pero ellos han venido ala casa porque dicen que necesecitan ver las garantias por que las ban a retirar que tengo que hacer no han traido orden de embargo a gradecere su ayuda

Marvin Santos dijo...

Estimada amiga:
TODO EMBARGO de bienes DEBE SER EJECUTORIADO POR EL PROCEDIMIENTO DE LEY. Debe por lo tanto haber una SENTENCIA DE EMBARGO en contra de sus bienes y también en ese caso el banco puede hacer valer las garantías.

Tiene copia del contrato de su prestamo?

No les vaya a abrir la puerta de su casa, déjeles fuera y que hagan el escándalo que quieran hacer. Usted debe arreglar directamente con el banco.

Si usted tiene la suficiente confianza y tiene copia de su contrato de préstamo, sería interesante saber las cláusulas que se estipulan en él.

Recuerde que así como están las cosas en la actualidad, cualquier persona que conozca su situación puede aprovecharse y llegar con un papel simple a quererle sorprender.
saludos.

Anónimo dijo...

excelente su labor. Dios le recompenzará.

ud. me dice ""En su caso, procederían contra su salario. No veo qué más podrían hacer.""

significa que un embargo de salario es mas que una orden de descuento vigente?
- mi sueldo esta al tope con ordenes de descuento.
aun asi pueden embargar o esperaran hasta que salde uno de los creditos bajo orden de descuento.?



Anónimo dijo...

buen dia, aun no se han asomado y ya no me llamaron de nuevo, mi pregunta es que va pasar al final digamos, si pasan 5 años????? por cierto todavia no tengo empleo estable nomas de supervivencia.

Antonio dijo...

Licenciado Marvin Santos, en primer lugar agradecerle su trabajo con su excelente blog.

Mi pregunta es cuando llegan las personas "ejecutoras del embargo" que documentación legal deben presentar para proceder y que documentos "no aplican" para proceder al embargo, la pregunta es porque en los comentarios se menciona la "orden de allanamiento" y la "sentencia de embargo", y en cuanto tiempo se tarda para proceder a embargar desde el ultimo pago realizado a la deuda.

De antemano le agradezco su respuesta.

Marvin Santos dijo...

Estimado Antonio:
Gracias por lo del título, pero en realidad no lo tengo, soy solo una víctima de este sistema que ha logrado superar la adversidad y he tomado la decisión de ayudar a otras personas que han pasado o están pasando por similares condiciones.

En un caso de embargo, el ejecutor debe IDENTIFICARSE con su CREDENCIAL VIGENTE. Además debe llevar el original del MANDAMIENTO DE EMBARGO. Si no no tiene fuerza legal para proceder. Y recuerde no pueden entrar a su casa por la fuerza.

En cuanto al tiempo, depende del juzgado. Pero en general no tarda más de 3 meses desde el inicio del emplazamiento.

Anónimo dijo...

Buen día! Que bueno encontrar personas dispuesta a ayudar en estos tiempos.

Quiero hacerle una consulta: ¿Que pasa en caso de que se atrase al pagar un electrodoméstico? yo no tengo trabajo desde hace 2 años y me he atrasado en el pago de una refrigeradora con una casa comercial he pagado como he podido pero debo 13 cuotas y me han llamado que si no pago hoy la totalidad de la deuda que es $390.00 se llevan el articulo hoy. ¿que puedo hacer?
Gracias y que tenga un excelente día!

Susy

Anónimo dijo...

Hola Marvin que pasa cuando ya tienes 3 años q no pagas un prestamo de $3,000 y 3 tarjetas de credito, lo que pasa es q antes tenoian un buen trabajo tenia una exelente puntuacion crediticia pero me quede sin trabajo y hace 3 años q no encuentro un empleo solo trabajo por días y eso no llega ni al minimo. Quiero pagar pero no se hastacuando encontrare un empleo formal y pregunta es si a este tiempo cuanto se abra incrementado la deuda
y que me podes aconsejar hacer? (los bancos no me acosan porq perdi la casa ya no pude segir pagando hoy alquilo no saben midireccion) se q tarde o temprano comensare a pagar pero quiero tener una idea de q hacer cuando se llege el momento. De ante mano gracias.

Vickix dijo...

Hola fíjese que que tengo una tarjeta de crédito con city y la quiero cancelar por que mi deuda crece a puros intereses, siempre pagamos a tiempo consulte con ellos acerca de cancelarla y pagar mi deuda por cuotas pero me dijeron que no lo pueden hacer, mi pregunta es, sabrá usted a donde puedo recurrir para cancelarla ??

Anónimo dijo...

HOLA DON MARVIN, TENGO UNA DEUDA CON EL FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA YO VENDI MI DERECHO DE CASA HACE 2 AÑOS Y EL Q LA COMPRO NO HA PAGADO NINGUNA CUOTA Y EL FONDO ME ESTA COBRANDO A MI, Y ME DIJERON Q IBAN A RECUPERAR LA CASA JUDICIALMENTE Y YO LES DIJE Q SIIII TOTAL YO HABIA VENDIDO EL DERECHO DE LA CASA, QUE PUEDE PASAR EN ESTE CASO.... GRACIAS DE ANTEMANO.

Anónimo dijo...

Hola tengo una deuda con el HSBC, de 2500 ahora son mas de 3mil dolares, habia estado sin trabajo, tengo mas de 2 años de no abonar a la cuenta, pero el banco siempre me habla y me amenaza con quitarme mis vienes, q no tengo nada..... solo unos muebles q son de mi compañera de vida, ya comenzare a trabajar pueden embargar mi salario? si la empresa donde trabaje paga con otro banco, me pueden descontar de mi cuenta si es del agricola? gracias por su respuesta bendiciones.

Marvin Santos dijo...

Amigos lectores, me disculpo por atender sus comentarios un poco tarde, procedo a dar mi opinión en su orden:

Susy:
Todo depende de lo estipulado en el contrato del crédito de su electrodoméstico. Para el caso, en el contrato debe establecerse el procedimiento en casos de mora. En todo caso, el "deber ser" es que esa casa comercial hiciera valer las garantías por su crédito, ya sean fiadores o emplazarle a usted por la vía judicial. Una ORDEN DE EMBARGO es la única con la suficiente fuerza legal que puede habilitar al emisor del crédito para quitarle a usted cualquier bien, a menos que en su caso se estipule que el mismo electrodoméstico es la garantía misma de su crédito. Todo tiene que estar formalizado en debidamente con letras de cambio, pagarés o contratos.

Anonimo31:
Le opino con base a una suposición: A estas alturas es muy probable que todos esos productos hayan surtido efecto de reclamo por la vía judicial en los juzgados. Si este es el caso, cuando usted tenga un trabajo formal o el juzgado pueda localizarle con algún tipo de diligencia, seguramente le notificarán respecto a una ORDEN DE EMBARGO. Cuando usted tenga empleo formal simplemente espere la orden de embargo, sus capacidades financieras no permiten para más y los bancos tienen posibilidades de cobrarse únicamente con sus ingresos de salario. RECUERDE que NO PUEDEN EMBARGAR SU SUELDO MÁS ALLA DEL 20% MENSUAL. Así, cada una de sus deudas tendrá que librarse en "COLA" liquidando una tras la otra, en el orden en que fueron reclamadas ante los juzgados.

Tenga en cuenta que una orden de embargo surte efecto contra todo lo que esté registrado a su nombre: CUENTAS BANCARIAS, VEHÍCULOS, PROPIEDADES, HERENCIAS, etc. Dada la realidad actual que usted plantea, a mi modo de ver las cosas hay que esperar, para negociar hay que tener cierta capacidad que obviamente en este momento usted no tiene. Saludos.

Marvin Santos dijo...

Vickyx1:
Lamentablemente los bancos no tienen obligación de aceptar estas propuestas ya que no existe en El Salvador una ley que regule estas peticiones y por supuesto tampoco existe cláusula similar estipulada en los contratos de tarjetas y créditos. Este tipo de propuestas, sin embargo, sí tienen precedentes pero han sido fruto de esfuerzos administrativos y de verdaderas "batallas" ganadas por gente como usted y como yo a base de insistencia.

Le recomiendo acudir a la asistencia legal de algún abogado mercantilista de su confianza para que pueda negociar por usted ante el banco ahora que el caso aún no se sale del todo de las manos, esto sobre todo para salvar su estatus crediticio.

Tenga en cuenta que muchas veces los planes de pago, paradójicamente, los bancos los ceden a clientes entre los 3 y seis meses de mora siendo lo ideal que los cedieran a casos como el suyo.

Anonimo2:
La venta del "derecho" de la casa no es una figura formalmente aceptada en el FSV, ya que es considerada por ellos como legalmente improcedente, pues el cliente sigue siendo el titular de la deuda, como es en su caso. Bien, aquí el detalle es que su récord crediticio se encuentra en muy pésima condición por este motivo. Ya de entrada, por ejemplo, tendría usted que esperar 3 años a partir del momento en que se cancela esta deuda para poder acceder a un crédito con cualquier banco o entidad usuaria de DICOM.

El FSV tiene la figura de "DACION EN PAGO" y si ellos le han comunicado que procederán a recuperar la casa es precisamente para liquidar la deuda haciendo efectivo este trámite forzosamente.

Es complicada esta situación ya que el documento de "DERECHO" seguramente plantea ciertas cláusulas que protegen a quien le realizó la compra de ese "DERECHO", situación que usted debe revisar en la copia que debió sacar de dicho documento.

Anónimo2 HSBC:
Sí, la orden de embargo procede INDEPENDIENTEMENTE del banco con que usted trabaje. Es una orden que precisamente CAPTURA todos los bienes y cuentas bancarias registrados a su nombre.

El HSBC tiene acceso a las bases de datos del MINISTERIO DE HACIENDA y del ISSS, esto para investigar a los solicitantes de créditos, pero pueden utilizarla para ubicarle cuando usted ya se encuentre en un empleo formal.

Seguramente le enviarán la ORDEN DE EMBARGO a la empresa donde usted trabaje y procederán a retener el 20% de su salario SIEMPRE Y CUANDO usted gane al menos el equivalente a DOS SALARIOS MINIMOS URBANOS, tal como lo establece el CODIGO CIVIL MERCANTIL vigente en EL SALVADOR.

Anónimo dijo...

me pueden envargar salario aun teniendo mi sueldo al tope con ordenes de descuento de otros creditos???

gracias

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
La ley permite retener de su salario únicamente el equivalente al 20% como máximo. Si su empresa a petición suya le ha aceptado retener más de ese porcentaje aceptándole toda orden de descuento, allí me parece podría haber cierto problema. Recuerde que la ORDEN DE DESCUENTO es un COMPROMISO LEGAL y FORMAL donde el PAGADOR y la EMPRESA se responsabilizan retener y pagar las cuotas establecidas a favor del banco. Si usted cae en mora, seguro que lo primero que hará el banco será cuestionar a su pagador respecto a los motivos.

Sí lo pueden embargar. El embargo procedería contra su salario y siendo de carácter ejecutivo tendría prioridad sobre sus otros compromisos. Luego de que formalmente haya sentencia de embargo, esto activará TODAS las demás deudas, ya que por lo general así se establece en los contratos de todos los créditos y tarjetas de crédito. Así cada uno de los bancos procede a exigir que usted les pague haciendo valer las garantía ya sean fiadores, bienes, cuentas bancarias e ingresos.

Cuando se activan todos los embargos, la ley establece que usted pagará UNO a UNO ya que no pueden tomar el 100% de su sueldo, únicamente el 20%.

Recuerde que tendrían que pasar 3 años luego de haber cancelado el último crédito para que usted pueda ser considerado candidato o sujeto de crédito en la banca.

Anónimo dijo...

Hola Marvin, soy daysi de nuevo. Hace un año le escribi y gracias a Dios logre llegar a un acuerdo con CITI y he podido pagar 100 mensuales desde entonces. Mi duda es que mi hija consiguio un buen trabajo y me va a ayudar a pagar la deuda, pero he estado pidiendo la constancia de mi deuda al gestor de cobro y no me la quiere mandar. Me tocaba pagar el 30 los 100 pero no pude porke en el Punto Express me aparece problema con cuenta y el gestor me dice que por esos dias me va a cobrar 400 dolares mas de deuda. Me habia dicho que ya debia 1400 (si pagaba de una sola vez) y ahora me dice que ya son 1800. No se si deberia llegar a un acuerdo con el gestor y decirle que me mande la constancia por esa cantidad o si mejor voy al banco. Ellos dicen que son ellos los que tienen mi deuda pero a mi no me han hablado de ningun juridico asi que asumo que mi deuda todavia esta con CITI.

Cree que sea posible todavia negociar la deuda para que quede otra vez en 1400? Pienso pagar esta o mas tardar la proxima semana depende de mi hija per esta casi segura que esta semana consigue el dinero y no quiero que me estafen mas al final.

Por cierto el gestor es de PUNTUAL.

Gracias de nuevo por su gran ayuda :)

Deisy dijo...

Buenas Tardes
Lic. una consulta sabra uste de alguna entidad que pueda otorgar prestamos para consolidar deudas si ya esta uno mal calificado en el sistema financiero y lo que mas quiere uno es cancelarles a todos pero con una sola cuota.
Si sabe de alguna institucion nos podria regalar el dato

Atentamente

monik dijo...

hola tengo una duda y quisiera que me ayudaran en mi caso mi papa tiene una deuda con omnisport de 480 dolares y el no se encuentra en el pais y justo hoy vino un cobrador buscándolo y diciendo que si no paga nos embarga el pequeño detalle es que mis papas estan divorciados y no se si el proceso de embargo sigue aunque esten divorciados las cosas de mi casa esta todo a nombre de mi mama no hay nada a nombre de mi papa
les agradecería la ayuda

sarah

Marvin Santos dijo...

Hola Deysi:
La opción sería buscar una entidad fuera del SSF como las Cooperativas o las Cajas de Crédito. Este tipo de entidades, por supuesto con tasas más altas que las de un banco, por lo general resuelven en COMITÉ aprobar o denegar los créditos.

Jamás vaya donde un prestamista.... JAMAS!.

Anónimo dijo...

Vamos a ver si me ayuda, resulta que mi papa se enduedo con una tarjeta del bac y al no poder pagar pues llegó un representante del banco con un dis que juez ejecutor al negocio de mi papa, el negocio está en la casa de mi mamá y salí de mi cuarto a la bulla dentro del negocio y encontré que el dicho juez estaba cerrando el negocio y pregunté que pasaba y sin preguntar nada pasó directo a dentro la casa y me leyó una orden de un juez y le pregunté si podía entrar y dijo que si y quiso entrar a mi cuarto y le dije que respetará la privacidad ya que ahí estaba esposa y mis hijos menores y aún así se asomó comenzó a gritar prácticamente y le dije que se calmara llamarle que había una embarazada en la casa y se había puesto mal y no le interesó llame ami abogada y me pregunto si llegaron con la policía o andaban orden de allanamiento y le dije que no que habían entrado por la fuerza al escuchar esto se salió denuedo al negocio y competimos tres pagos di 1500 y luego durante dos meses fósiles pagos más del mismo valor pero en lo que fui al banco por el dinero hicieron a mi papa dar un cheque con el valor restante para los próximos 15 días que puedo hacer? Si mi papa no consigue el dinero lo pueden acusar de dar cheque sin fondo? Trate de convenir que respetarán el tiempo que había dicho antes y no quiso el del banco

Marvin Santos dijo...

Estimado anónimo:
Esto definitivamente es un abuso. Lo lamentable es que el ejecutor de embargos puede ingresar siempre y cuando tenga manera física de hacerlo. Aquí en su caso le fue fácil ya que el negocio al estar en su casa, obviamente tiene que tener la puerta abierta. Todo lo demás, la prepotencia y la bulla son abusos. Son unos gánsters.

En fin, lamento que su padre les haya dado un cheque "prefechado" ese es un TERRIBLE error!!. Es como darles una pistola y pedirles que le disparen, perdón por la analogía, pero no sé con qué más comparar. Sí lo pueden procesar y de manera MUCHO MÁS RÁPIDA que con un pagaré o letra de cambio ya que con el cheque prefechado que se puede convertir en un CHEQUE SIN FONDOS, ellos van al banco, lo protestan y con esto ponen una denuncia en la FISCALIA y el caso pasa de ser civil a PENAL. Un juez lo tipificaría como ESTAFA.

De inmediato le sugiero que hable con su abogada, expónganle el caso y hay que dar una respuesta PRONTO!.

stanley dijo...

tengo una deuda con un tarjeta de credito, quisiera saber si es muy grabe los avisos que me han mandado de recuperacion extrajudicial y si si me pudiera orientar con alguna solucion

Marvin Santos dijo...

Stanley:
ESta es la primera fase de la recuperación. Es la fase administrativa. Lo ideal es resolver, si se puede, en estas instancias. Le animo a buscar opciones, inclusive tratar de formalizar un plan de pagos con el banco.

Le recomiendo estar accesible y responder las llamadas y no comprometerse ni hacer promesas que no pueda cumplir. Sea claro con ellos con lo que usted promete o puede ofrecer.

Luego, en la fase judicial no hay marcha atrás, estos juicios son "sumarios" ya que el cliente solo le notifican de su situación de embargo y por lo general no tiene tiempo de apelar o inclusive en algunos contratos, en las "letras pequeñas" el cliente mismo acepta renunciar a su derecho de apelación.

Saludos.

Anónimo dijo...

una consulta cuando mencionen la fase judicial no hay marcha atrás, estos juicios son "sumarios"a que se refiere con sumarios, y por qué no es bueno estar en esta etapa?
De antemano gracias por el comentario

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
En realidad no sé si cuando yo les llamo "sumarios" sea ese el mejor término o el más adecuado. Sin embargo, para mí tienen esa característica ya que usted o yo como cliente no tenemos forma de defendernos ya que en los documentos que hemos firmado a los bancos, tales como el PAGARÉ o el CONTRATO que uno firma a esas instituciones, usted y yo como clientes, aceptamos RENUNCIAR A NUESTRO DERECHO DE APELACION en SENTENCIA DE EMBARGO. Aunque se dice que los "derechos son irrenunciables" en la doctrina jurídica, lo cierto es que en los casos mercantiles, los jueces no reparan en sentenciar en contra nuestra ya que saben que usted o yo como clientes NO VAMOS A APELAR o defendernos en ese juicio.

Así, cuando a usted le notifican que está emplazado en un juzgado, no pasan más de 90 días en que la sentencia de embargo se ejecuta.

Cuando se llega a esta etapa, el asunto, por las razones expuestas, se vuelve irreversible.

Lo mejor que podría pasar en esta etapa es no tener bienes. El cliente que no posee nada, ni autos, ni casas, muebles embargables, terrenos, acciones, cuentas de ahorro con saldo, pues solo podría esperar una retención de una cuota de su salario mensual siempre y cuando su salario sea el mínimo establecido por las leyes para tal efecto.

Saludos.

Anónimo dijo...

Cual es el salario minimo establecido por la leyes para que sea embargable

Gracias por sus comentarios

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Todo salario es embargable siempre y cuando supere al equivalente a los dos salarios mínimos urbanos vigentes. El salario mínimo actual para el sector comercio y servicios es $224.20.

Puede descargar el capítulo completo que habla del embargo desde el link en la pagina principal de esta blog, esquina superior izquierda.

BS dijo...

Hola Marvin, no se imagina la gran ayuda que es este blog, gracias por eso.
El caso es este: tengo un hijo que tiene una deuda con Credomatic, sin fiador o codeudor, pero el ya no vive en El Salvador desde hace mucho tiempo. El problema es que han llegado a tratar de embargarme porque ahi es donde segun ellos, llegaban los estados de cuenta. En mi casa no hay bienes que pertenezcan a mi hijo.
Por otro lado, ante la situacion, mi hijo se puso en contacto por telefono y por correo-e con el apoderado legal del departamento juridico de este banco, para tratar de llegar a un acuerdo, pues dejo de pagar por falta de recursos, por no tener empleo. Ahora quiere ponerse al dia, pero el banco le esta reclamando el doble de lo que era la deuda y le ofrecen una "promocion", pero le piden que desembolse la cantidad completa que le estan "ofreciendo". Esto es imposible a la fecha, ya que mi hijo no cuenta con esa cantidad.
Quiero saber si me pueden embargar si no llegan a un acuerdo y que pasaria con esa deuda? Ademas, es posible llegar a un acuerdo directo con el banco y no con estos gestores de cobro?
No le conviene al banco, aceptar un plan de pagos, en lugar de exigir que se pague la cantidad completa, cuando se les esta diciendo que no se cuenta con la cantidad?
Y para terminar, puede aconsejarme o recomendarme algun abogado que me pueda asesorar?
Infinitas gracias!

BS dijo...

Hola Marvin, no se imagina la gran ayuda que es este blog, gracias por eso.
El caso es este: tengo un hijo que tiene una deuda con Credomatic, sin fiador o codeudor, pero el ya no vive en El Salvador desde hace mucho tiempo. El problema es que han llegado a tratar de embargarme porque ahi es donde segun ellos, llegaban los estados de cuenta. En mi casa no hay bienes que pertenezcan a mi hijo.
Por otro lado, ante la situacion, mi hijo se puso en contacto por telefono y por correo-e con el apoderado legal del departamento juridico de este banco, para tratar de llegar a un acuerdo, pues dejo de pagar por falta de recursos, por no tener empleo. Ahora quiere ponerse al dia, pero el banco le esta reclamando el doble de lo que era la deuda y le ofrecen una "promocion", pero le piden que desembolse la cantidad completa que le estan "ofreciendo". Esto es imposible a la fecha, ya que mi hijo no cuenta con esa cantidad.
Quiero saber si me pueden embargar si no llegan a un acuerdo y que pasaria con esa deuda? Ademas, es posible llegar a un acuerdo directo con el banco y no con estos gestores de cobro?
No le conviene al banco, aceptar un plan de pagos, en lugar de exigir que se pague la cantidad completa, cuando se les esta diciendo que no se cuenta con la cantidad?
Y para terminar, puede aconsejarme o recomendarme algun abogado que me pueda asesorar?
Infinitas gracias!

Anónimo dijo...

Hola Marvin, no se imagina la gran ayuda que es este blog, gracias por eso.
El caso es este: tengo un hijo que tiene una deuda con Credomatic, sin fiador o codeudor, pero el ya no vive en El Salvador desde hace mucho tiempo. El problema es que han llegado a tratar de embargarme porque ahi es donde segun ellos, llegaban los estados de cuenta. En mi casa no hay bienes que pertenezcan a mi hijo.
Por otro lado, ante la situacion, mi hijo se puso en contacto por telefono y por correo-e con el apoderado legal del departamento juridico de este banco, para tratar de llegar a un acuerdo, pues dejo de pagar por falta de recursos, por no tener empleo. Ahora quiere ponerse al dia, pero el banco le esta reclamando el doble de lo que era la deuda y le ofrecen una "promocion", pero le piden que desembolse la cantidad completa que le estan "ofreciendo". Esto es imposible a la fecha, ya que mi hijo no cuenta con esa cantidad.
Quiero saber si me pueden embargar si no llegan a un acuerdo y que pasaria con esa deuda? Ademas, es posible llegar a un acuerdo directo con el banco y no con estos gestores de cobro?
No le conviene al banco, aceptar un plan de pagos, en lugar de exigir que se pague la cantidad completa, cuando se les esta diciendo que no se cuenta con la cantidad?
Y para terminar, puede aconsejarme o recomendarme algun abogado que me pueda asesorar?
Infinitas gracias!
BS

Marvin Santos dijo...

Gracias por leer. Bien, por lo que usted nos cuenta, Credomatic no puede emplazar ningún tipo de bienes propiedad de su hijo tales como carros, terrenos, cuentas bancarias, etc. Ellos están utilizando el "terrorismo" telefónico para atacarle psicológicamente. Si su hijo no está en El Salvador y él no tiene ningún tipo de bienes ni avalistas solidarios, prácticamente ellos no pueden hacer mayor cosa.
En este punto necesita usted los servicios de un abogado que hábilmente negocie con ellos en los términos que ustedes realmente pueden responder. Esto en aras de hallar una solución favorable en el tiempo para que su hijo pueda recuperar a futuro su buen récord, por supuesto esto tomará mucho tiempo.
No le puedo recomendar a nadie ya que no tengo profesionales que sean de mi confianza, sin embargo yo sí le puedo animar a que se tome un tiempo para averiguar entre su círculo alguna recomendación de personas cercanas a usted. Hay muchos profesionales del derecho que pueden darle una opinión pero muchos también solo les importa el lucro que pueden sacarle a la situación.
Estamos trabajando para invitar a este espacio a un profesional que pueda ayudar a mis lectores, pero esto aún no está en firme. De momento siga insistiéndoles que ustedes están dispuestos a pagar bajo sus términos reales.
Además, si su hijo no está en El Salvador y no tiene bienes ni salarios, qué pueden hacer?... embargar qué?... les queda únicamente el acoso psicológico.
NO SE DEJER SORPRENDER !! ellos no pueden llegar a su casa a llevarse nada.... ni embargar bienes que no sean propiedad de su hijo.. no pueden hacerlo y muestra de ello es que se limitan a amenazarles después de tanto tiempo de no pago.

Anónimo dijo...

Hola amigo, te tengo una difícil.
Hace como 9 años mi papa tuvo un crédito con el banco agrícola que por las circunstancias callo en mora. El me comento que llego a un acuerdo que nos dejaban vender la casa y subsanar la deuda, pero nunca logramos venderla. En 2010 el falleció y nos recomendaron (un abogado), no decírselo al banco por que podría ser contraproducente. Hace unos días colocaron un cartel judicial que dice que la propiedad será subastada el 11 de octubre lo cual vino a darme el golpe de gracia. Nuevamente me han recomendado que me largue antes de ese día y como ya han de saber no es nada sencillo y me preguntaba si no tendré alguna esperanza de permanecer ahí el tiempo suficiente para buscar una solución.
De antemano gracias

Anónimo dijo...

Apreciado Marvin:

Gracias por la ayuda y asesoría que brinda a los estigmatizados por DICOM y acosados por los cobradores. Hace pocos días escribí aquí una consulta sobre si las deudas prescribían y en cuánto tiempo, pues hace 15 años contraje una deuda con el entonces Banco de Comercio (ahora Scotiabank), deuda que no pude seguir pagando a raíz de una mala jugada que me hicieran (falsedad material) y después de la cual no pude volver a estabilizarme financieramente, aunque suene increíble por el tiempo transcurrido. Pero resulta que el sistema financiero acá, una vez lo mete a uno en DICOM, le pone una lápida encima. El punto es que PUNTUAL está cobrándome dicha deuda y yo aún no me veo en condiciones de solventarla. Pero amigos que saben del caso (entre ellos un economista y un abogado) me dicen que dicha deuda ya prescribió debido al tiempo transcurrido. Que PUNTUAL quiere cobrarme para quedarse ellos con el dinero. ¿Qué tan cierto es esto? Espero que ahora sí pueda hacerme el favor de responder. Dios le bendiga.

Anónimo dijo...

De antemano gracias por el tiempo, tengo un salario de 1200 de los cuales 500 se descuentan para la hipoteca por orden de ; y 300 a un refinancinanciamiento a un bnaco tambien con orden de descuento, ambos en diferenets bancos y debo a un 3 la pregunta es si ellos pueden embargar mi sueldo con estos descuentos?

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
La subasta es en efecto el acto siguiente al proceso de recuperación. En este momento el banco, que es el dueño legal de ese inmueble podría inclusive ordenar "lanzamiento" o sacarle por la fuerza con el apoyo de la PNC. Es así de triste el asunto. Sí, al igual que sus amigos le recomiendo buscar dónde ubicarse.

Ahora bien, si el llamado a la subasta está abierto y es el caso que usted conoce algún amigo o familiar en cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad que tuviera la posibilidad de participar en la subasta, sería tiempo de pensarlo también. Así, tendría la posibilidad de recuperar de alguna manera el bien.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
Legalmente una deuda prescribe a los diez años transcurridos desde la última fecha en que usted abonó a ese crédito. Para el caso, para considerar el crédito prescrito, la última fecha que usted abonó debería ser por ejemplo el 24 de septiembre del 2002.

El banco que usted manifiesta ya no existe desde hace 15 años. El plazo del crédito personal no supera los 7 años, por plazo, pienso que se puede pelear ante un juez solicitando que él dicte la prescripción. Ahora bien, el banco no ha perdido contacto con usted, por lo contrario, saben dónde usted se encuentra y cómo contactarle, lo cual también es argumento que pueden utilizar en su contra para nulificar la prescripción.

Pienso que es momento de contactar a su abogado para que examine más detenidamente su caso y evaluar las posibilidades.

Marvin Santos dijo...

Estimado anónimo:
En caso que usted caiga en una situación de impago, sí seguramente pueden embargarle su salario.

Mire, por lo general desde hace algunos años, TODOS los contratos de créditos traen una cláusula que "activa" la recuperación de la deuda. Así, cuando usted cae en mora con "x" banco y le debe a otros dos, esa mora al exigirse judicialmente provoca que los otros bancos exijan que usted les pague de inmediato. Obviamente como su situación financiera impedirá que usted les pague, procederá el embargo sobre sus bienes cuya efectividad se aplicará en "orden de llegada". Así, si usted no tiene propiedades en el registro, vehículos en SERTRACEN, acciones, seguros en beneficio, o todo bien embargable, lo único que quedará será el salario. Su salario tendría que embargarse por la cantidad que dicta la ley en la nueva tabla establecida en el artículo 622 del código procesal civil y mercantil.

En la página principal de este blog, en la parte superior izquierda usted podrá ver el enlace hacia el capítulo de embargos del Procesal Civil vigente, créame no perderá su tiempo si lo lee.

Saludos.

Anónimo dijo...

Muy buenos sus comentarios para orientarnos una consulta la tabla q menciona la lei pero no comprendo el uso nos ayuda con ejemplo, y asi como el caso anterior el mio es similar, una duda no priva primero las ordenes de descuento antes q el embargo de salario? y sobre q embargan en mi caso solo me queda libre despues de descontar las ordenes de descuento y deducciones de ley $300 Gracias

Anónimo dijo...

Mi caso es casi como el que recien comente solamente que ya no puede pagar a uno de los bancos y me dicen q embargaran mi salario, pero una parte esta con la hipoteca con orden de descuento y otra parte esta con orden de descuento de un prestamos estos estan al dia. no asi en uno de los bancos qu esta la mora a mas de 80 dias

Anónimo dijo...

Gracias amigo, por tu recomendacion. Bueno esto va a doler.
Un saludo.

Marvin Santos dijo...

Estimado anónimo, disculpe la tardanza en responder. He estado evaluando la situación y estoy trabajando en un artículo para subirlo a este blog que hable al respecto. Así abarcamos a más gente. Pendiente.

Anónimo dijo...

Buenas Tardes Marvin.

Tengo unas dudas al respecto, hace 2 meses caí en deuda con los bancos, City, Promerica e Integral, tenia un negocio pero unas personas me asaltaron y me quitaron todo y hasta me sacaron el dinero del banco, me quitaron la tarjeta de credito y me pidieron el PIM y por miedo se los di ya que me llevaron al cajero junto con mi amigo con el que estaba, fui a la policía y puse la denuncia, la cual le lleve copia a dichos bancos, hoy los bancos no paran de llamarme para cobrarme pero por la misma situación me quede totalmente en la calle me vine a vivir con mi hna no tengo casa, no tengo nada a mi nombre.

Hoy el banco Integral sale diciéndome que me pueden meter preso porque tienen pruebas de que mi intención es mal inversada que se puede hacer en estos caso, yo no tengo trabajo ando en búsqueda mas o menos saco para la comida reparando celulares, pero los del banco vienen a casa de mi hna a intimidarme que puedo hacer en estos casos.

Gracias por su ayuda. BENDICIONES

Marvin Santos dijo...

Gracias por leer.
Bien, lo que procede es que el banco haga valer las garantías. Si para el caso usted no tenía más garantía que el inventario de su negocio, sus ingresos personales, bienes a su nombre y es el caso que los ha perdido... lo que resta al banco es proceder con el acoso psicológico.

En El Salvador NO EXISTE PRISIÓN POR DEUDAS. La acusación de que ellos dicen que usted ya no quiere pagar y quieren tipificarlo como una estafa que usted esté haciendo hacia ellos, no procede desde el momento en que usted ofició ante la PNC los hechos y cuenta con testigos que pueden confirmar que efectivamente usted perdió todo en un atraco.

Ellos tratarán de hacer valer las garantías. Si las garantías no existen o usted no cuenta con bienes o cuentas bancarias que se puedan embargar, tendrán que esperar hasta que usted pueda responder. Sí, por supuesto que ellos seguirán llamándole insistentemente, le amenazarán pero a sabiendas que no tienen otra forma de hacer algo contra usted.

Le recomiendo que busque el consejo de algun abogado de su confianza. Además en la pagina principal de este blog, en la parte superior izquierda, usted puede bajar el capítulo de EMBARGO DE SALARIO DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL VIGENTE, allí encontrará qué pueden y qué no pueden embargarle según la LEY.

Anónimo dijo...

Buenas Tardes, para identificar mi pregunta, por favor llameme Sobreendeudada. Mi pregunta es esta, tengo una deuda con tarjetas de credito a mi nombre $ 6,500.00, desde hace 3 años que no cotizo seguro ni afp, pero he seguido laborando en una empresa informal. He podido seguir pagando mis deudas aunque sea con el minimo o con las mismas tarjetas cuando me ofrecen retiros sin comisión, es decir voy chineando deudas y ahorita ya no puedo más, pues desde hace 3 meses no tengo trabajo ni ningún ingreso pero he seguido pagando haciendo puros milagros. El punto es que ya no quiero seguir en esta situación, porque aparte de esta deuda, tengo otra deuda de extrafinanciamiento con tarjeta de credito que esta a nombre de mi esposo y asciende a $ 5 mil En total yo debo casi los $ 11 mil. Me he propuesto cancelar todo en un periodo de 4 años pero no se si lo logre y muchas veces incluso he pensado dejar de pagarlas y hasta que me traigan una orden de embargo o similar, seguir abonando, pero que me hagan un plan de pago. La casa esta a nombre mio y de mi esposo y hasta he pensado que se ponga la casa solo a nombre de el, pero me daria pena que a el o a mi familia estuvieran hostigando. En este mes comienzo a laborar pero solo ganare el salario minimo. Que me aconseja, sea franco conmigo por favor y muchas gracias por tener este blog de mucha ayuda a todos los preocupados por las deudas.

Marvin Santos dijo...

Estimada Sobreendeudada
Mi recomendación es que trate de CONSOLIDAR su deuda. Esto por supuesto, no lo puede hacer usted en este momento y es poco probable que lo pueda hacer si solo gana el salario mínimo. En este punto, le recomendaría que su esposo pudiera aplicar a esta opción.
Trate de mantenerse pagando los mínimos de sus compromisos para no perder su calificación de riesgo actual.
En cuanto a lo que usted comenta de traspasar el derecho a su esposo de su vivienda, esto es algo que usted puede hacer siempre y cuando no tenga una demanda en los tribunales ni ninguna gestión administrativa de cobro (Extrajudicial) ya que de lo contrario estaría cayendo en el delito de Alzamiento de Bienes.

La consolidación de sus deudas tiene la ventaja de uniformar a una sola tasa y un solo plazo, es la mejor opción. Además un crédito personal tiene mejor tasa de interés que la de una tarjeta de crédito.

Gracias por leer.

Anónimo dijo...

Muchas gracias por su pronta respuesta. Lo he pensado bien y pues seguire pagando mientras pueda...como dicen no hay deuda que dure 100 años...
Con mi esposo ya hicimos cuenta de todo lo que debemos....el dice que en 2 año sale de sus deudas y que luego me ayudaria a mi. Primero Dios en 3 o 4 años podamos solventar toda este situación que por una o por otra razon estamos en ella. Mi consejo para todos, y perdone que abuse de su blog, es que si no queremos deudas...entonces evitemoslas. Nadie nos va a matar si no vamos al cine, si no comemos en restaurantes, si no compramos zapatos o ropa de moda...si no salimos de paseo...si no tenemos dinero....no gastemos lo que no tenemos haciendo uso de tarjetas u otros prestamos. Pongamos los pies en la tierra y no tratemos de llevar un estilo de vida que no nos corresponde o no podemos costear. Gracias y Bendiciones. F. Sobreendeudada.

Marvin Santos dijo...

Les deseo que cumplan con este objetivo. Gracias por su mensaje a nuestros lectores.

Anónimo dijo...

Tengo la siguiente consulta, mi hermana se fue del pais en el 2005 y dejo un prestamo que continuo pagando por algunos meses hasta que se quedo sin ingresos fijos en USA. En lo que ella estuvo fuera tuvimos un acoso terrible del Banco Agricola por la deuda de ella, pero no habiendo fiador, pues no habia obligacion de nadie de la familia. Incluso tuvimos visitas de varios disque ejecutores de embargos. Nadie los dejo entrar a la casa.
Ella regreso en el 2009 y la volvieron a llamar (como hacen para saber que ya regreso, no lo se) pero bueno, ella hablo con ellos y trato de hacer algun trato pero no teniendo trabajo era muy dificil y volvieron a llamar a la casa y a mandar notas, etc.
Mi pregunta es.. si ya tenia un juicio ejecutivo.. y ya trataron de embargar en aquella epoca, eso alguna vez termina? es decir, pueden seguir despues de tanto tiempo queriendo embargar con el mismo juicio?
Gracias por su ayuda.

Marvin Santos dijo...

Estimado Anónimo:
El juicio sigue vigente mientras no puedan embargar.
Ahora bien, ellos no tienen más que el acoso moral como principal arma. Ya a estas alturas, si su hermana hubiera tenido otro tipo de bienes como dinero en cuentas de ahorro, acciones, automóvil o inmuebles de cualquier clase, ya estuvieran embargadas, pero por lo evidente, ellos han caido en cuenta que la única forma es acosándole.

Ahora bien, aquí hay que ser claros también en cuanto a que su hermana con este tipo de problemas prácticamente se encuentra "anulada" para recibir o realizar cualquier gestión de crédito.

Como usted puede analizar, no se puede negociar con nadie si no se tienen las condiciones mínimas de recursos. Ante esta situación lo recomendable es que una vez su hermana cuente con un salario fijo o ingresos fijos mensuales, ella pueda ofrecer algo al banco. Mientras no se puede y ellos han llegado a ese "tope". No por esto, se debe ver a la ligera o de una manera "ventajosa" esta situación para su hermana,por el contrario, es un problema serio que hay que tener siempre en cuenta y estar en disposición -dadas las condiciones- de resolver.

La vía judicial está entrampada a falta de hacer valer las garantías.



Spacer02 dijo...

Buenas tardes Marvin, he tenido problemas para ingresar al Blog, al parecer con el nuevo formato se traba ó quizá este siendo victima de algun tipo de ataque cibernetico por la excelente ayuda que brinda al público, en el negocio de los bancos y financieras el desconocimiento de los derechos nuestros es ganancia para ellos y este blog saca de la ignorancia a muchos de nosotros. ESpero que pronto vuelva a la normalidad el Blog para leerlo diariamente como antes.
He tratado de ponerme al dia con los comentarios de los lectores y me gusto mucho el comentario de "Sobreendeudada" cuando dice que no tenemos porque buscar endeudarnos; por ahi encontre en Internet un pensamiento anónimo que se basa mucho en las palabras de nuestra amiga y dice de la siguiente manera:
Hemos construido un sistema
que nos persuade a gastar
el dinero que no tenemos
en cosas que no necesitamos
para crear impresiones que no
duran en personas que no
nos importan
Más claro no canta un gallo, se puede vivir sin gastar, yo tengo dos años sin empleo formal, con 1 sentencia de embargo del Banco CITI y deudas por más de veinte mil dólares con el sistema financiero por tarjetas de créditos, no tengo nada a mi nombre, solamente un vehiculo que creo que cuando lo quiera poner a mi nombre en Sertracen ya tendra trabado el embargo, ahora no lo puedo hacer porque lo debo a un banco. Medio mundo esta en esta situación por una ú otra razón, la cuestión es no dejarse intimidar ó humillar por los gestores de cobro, ellos hacen su trabajo pero no deben olvidar que no somos delincuentes si no personas que caimos en mora porque nos quedamos sin empleo.
Saludos Marvin y espero que pueda mejorar su blog para que podamos tener un espacio mas interactivo donde podamos contar nuestras experiencias como deudores y poder orientarnos mutuamente. Les invito a participar en mi blog http://deudoressv.blogspot.com/

Marvin Santos dijo...

Agradezco infinito su comentario.
Le felicito por escribir también al respecto de estos temas que muchísima gente los vivimos a diario.

Spacer02, me he registrado en su blog y pondré un enlace en mi página principal del mío apuntando al suyo.

Revisaré lo de los problemas con el código en mi blog. Nuevamente gracias y adelante!. Estoy trabajando en un nuevo diseño. Saludos.

francisco dijo...

para hacer corto mi caso, tengo 2 tarjetas y un prestamo personal sin fiador... de estos tengo ya 1 año y medio de no depositar un solo centavo, no he cambiado de numero ni domicilio y las llamadas de los teleoperadores de cobro pasaron de ser 5 veces al dia a 1 vez por mes... puede llegar al punto de embargo aun asi mi caso, sin fiador ni bienes ni nada?...

Anónimo dijo...

Hola Spacer02, me gustaria compartir mis experiencias contigo, pues de esta situación sólo mi esposo y yo sabemos. Mi familia ignora todo, pues no quisiera que se preocuparan. Saludos. Sobreendeudada.

Anónimo dijo...

Una consulta, en mi caso, la casa está a nombre de mi esposo y mio en el FSV, yo tengo una cta de ahorro en el Banco Agricola, pero mi deuda es con Banco Credomatic y Promerica, que no podré cancelar estos 3 meses, porque si no no me alcanza para la casa y otros compromisos que debo cumplir a fuerza estos meses. Los del banco promerica o Credomatic, podrían proceder a un embargo de mi casa o de mi cta de ahorro ?
Aprovechando el espacio, una muy buena amiga trabaja en un reconocido despacho y ella me contó que los del CITI entre mas tiempo tiene la deuda, más descuento le proporcionan al saldo total. Hay descuentos del 15% hasta el 80% !!!! Ella me comentaba que un deudor del citi debia $ 4 mil y apenas pagaba $ 50.00 mensuales, y otro caso de una señora que debia $ 6 mil, le redujeron la deuda a $ 2,500 aprox. eso si, en un solo pago o máximo 3 `pagos. Y las cuentas de los deudores solo la mantienen 4 meses max si no se ha llegado a un acuerdo, sino pasa a otro despacho, y asi se rotan, hasta ver quien es mas agresivo para obligar al deudor a cancelar. Y el gestor acepta pagos incluso de $ 15 dolares. Tomen nota. Sobreendeudada

Marvin Santos dijo...

Francisco:
Sí el caso una vez interpuesta la demanda, sigue su curso de ley. El tema aquí es que el banco muy probable que ya lo hizo y ya indagó que usted no tiene nada qué embargarle, por lo tanto insistirán en cobrarle vía telefónica o por otros medios...

Marvin Santos dijo...

Su casa no puede ser embargada directamente por el banco ya que es garantía hipotecaria del FSV. En todo caso en un proceso de embargo, la gente Credomatic o del Promérica o ambos a la vez pueden registrar un embargo pero éste no surtiría efecto sino hasta que usted haya pagado el préstamo del FSV.

Recuerde que todo lo demás, como su cuenta de ahorros en el Agrícola, sí lo pueden embargar directamente.

En cuanto a lo de los bufetes de cobranzas, efectivamente ellos tratan en muchas opciones para los clientes pero esto depende siempre del banco para el cual trabajen. Si usted lee muchos comentarios en este blog, se dará cuenta que el más agresivo de todos los bancos o al menos el que contrata a los bufetes más rastreros y sin escrúpulos es Credomatic. Hay verdaderas historias de abuso narradas por muchos lectores de este espacio que deberían de denunciarse públicamente para que el público sepa a qué atenerse cuando hacen trato con ellos.

spacer02 dijo...

Para sobreendeudada, mi correo es spacer02@hotmail.com, ahi podemos intercambiar experiencias o si quieres en este blog de Don Marvin, contando nuestras experiencias podemos aprender uno de los otros. Saludos y mis agradecimientos a Marvin por este espacio.

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