La figura del Contrato Criminalizado está siendo utilizada últimamente por los gestores de recuperación de mora como una de las últimas innovaciones en la "estrategia del miedo" y acoso permanente contra los clientes en mora de los bancos y financieras en El Salvador. ¿Saben ellos en realidad de lo que hablan?
¿Qué es el Contrato Criminalizado?
El contrato criminalizado se configura cuando el autor simula contratar de buena fe cuando en realidad lo que busca es beneficiarse de la contra prestación del bien o servicio de la otra parte sin cumplir su propia obligación. Por ejemplo, en el campo de los créditos personales, se podría configurar el contrato criminalizado cuando un cliente solicita un crédito a un banco estando consciente que no tiene capacidad de pago y se vale de documentación falsificada para obtenerlo y el banco se lo concede. También podría ser el caso que puede pagar y simple y sencillamente no paga porque no tenía intenciones de hacerlo y desaparece de la vida pública. En resumen, es una intención de robo, un engaño, una situación dolosa y premeditada por parte de un cliente. Siendo prácticos ... ¿Cuánta gente hay así?...¿Es esto posible en nuestro medio?, ¿Deben tomarse todos los clientes en mora como criminales? o ¿Un simple gestor de cobro extra judicial puede atreverse con solvencia y toda seguridad a amenazarnos con la cárcel sugiriendo que somos o llamándonos "criminales" o actores de un contrato criminal?.
Garantías y Política de otorgamiento de Creditos de los Bancos, principales filtros contra el Contrato Criminalizado.
Si usted estimado amig@ aplica a los famosos "créditos sin fiador" ofrecidos por los banca en El Salvador, usted está garantizando con su SUELDO que va a poder pagar ese compromiso y esto lo formaliza por medio de un documento que se llama "ORDEN DE DESCUENTO", esa es la GARANTÍA DEL PRÉSTAMO. Ojo, NADIE le dará un crédito JAMAS sin GARANTÍAS, esto es universal. En este caso, una debilidad grande es que esta garantía no es tan segura como una garantía hipotecaria ya que NADIE -sobre todo en un país como el nuestro- le puede garantizar a usted y a mí la ESTABILIDAD LABORAL requerida para el tiempo que dure su compromiso. De allí que usted podrá haber sido testigo que los bancos tienen distintas políticas de crédito para empleados del sector privado y del sector público. Los empleados del sector público por lo general tienen mejores condiciones de oferta que los del sector privado ya que tienen menos probabilidades de quedar desempleados.
Las líneas de crédito sin fiador son las calificadas de mayor riesgo para los bancos, pero aún así no dejan de tener garantías: El cliente firma un mutuo donde hay una gran cantidad de cláusulas a favor del banco, firma un PAGARÉ sin fecha, pasa por el filtro de evaluación de su calificación de riesgo tanto del SSF como de DICOM, y al final el banco le da como condición final que su empresa le retenga y pague la cuota respectiva. Por supuesto, está de más dar detalles de los créditos hipotecarios y prendarios que de por sí pues tienen a la base una garantía tangible. En otras palabras, los créditos "sin fiador" se supone se les otorga a los clientes más respetados y confiables de un mercado... NO A CRIMINALES!!.
Entonces, el punto básico es que si existen esta serie de pasos protocolarios ya bien establecidos como la evaluación del cliente, la verificación de los datos del cliente, la verificación de sus garantías y la verificación del compromiso del empleador en cuanto a retener y pagar al banco las cuotas del crédito solicitado, parece bien difícil la existencia de los contratos criminalizados ya que implican el fallo de todo un sistema o la complicidad de muchos de los elementos que conforman ese sistema.
La Constitución de la República y la Prisión por Deudas.
El Artículo 27 de la Constitución de la República de El Salvador, nuestra Ley Primaria, habla que en nuestro país ESTA PROHIBIDA LA PRISIÓN POR DEUDAS. El mero hecho de que usted le deba a alguien no lo convierte a usted en un criminal ya que se asume que en ese contrato privado, en ese crédito, usted tuvo como finalidad cumplir con la parte contractual pactada desde el inicio de su obligación como beneficiario del crédito.
El problema penal se configura cuando usted a causa de las presiones de la gestión de cobro, por ejemplo, para pagar ese préstamo gira un cheque sin fondos. Esto configura el delito de ESTAFA y en este caso acarrea cárcel porque usted CONSCIENTEMENTE y CON DOLO emite un cheque que sabe no tiene fondos para ser cobrado.
En El Salvador, el Contrato Criminalizado es una figura de delito que no está en el código penal sino que es referido hacia éste por la LEY DE BANCOS en su artículo 215. Hay incluso quienes afirman que ya existen casos precedentes de prisión por deudas en El Salvador a causa de esta figura, esto de ser cierto habría que profundizar en la jurisprudencia de cada caso a fin de verificar si es que no estamos frente a situaciones abusivas que los bancos estarían utilizando a su favor para "vengarse" de sus clientes que han caído por diferentes razones en situación de impago .
Mi Concepto de Contrato Criminalizado
En mis palabras el contrato criminalizado es aquel en el cual un cliente engaña a un banco logrando obtener un crédito con o sin la colaboración consciente o no de más de alguno de las partes miembros del sistema de concesión de créditos (el mismo banco, DICOM, el empleador o un funcionario de éste) y que desde el inicio NO PAGA y SE ESCONDE siendo IMPOSIBLE dar con su paradero físico porque así es su voluntad y así fue su intención desde antes de tomar el dinero en sus manos. Tomando en cuenta este concepto..... ¿Es usted estimado amigo un CRIMINAL? ... le aseguro que la respuesta en un 99.99% es un rotundo NO!!
65 comentarios:
Yo llevo 3 años sin empleo, por ende mis cuentas son impagables no por irresponsabilidad sino por falta de solvencia para finiquitarlos, soy profesional de informatica y deseo salir de esa situacion, tengo 38 años pero sin embargo no logro salir a flote, ultimamente han querido nuevamente emplazarme los del agricola y como les pago si no tengo trabajo estable, sobrevivo de mis reparaciones q no son muy frecuentes, gracias y un saludo desde santa ana
Alejandro Monterrosa
Alejandro:
Gracias por tus comentarios. Bien, tu situación es sin lugar a dudas más popular de lo que se te puede imaginar, muchas personas están en tu situación.
Aquí el tema es el tiempo. El banco si te está contactando luego de tres años de impago, es porque NO han sido capaces de encontrar NINGUNA FORMA de embargarte NADA. Es decir, no tienes propiedades, vehículos, y posiblemente ni siquiera FIADORES que te respalden y con los que ellos puedan cobrarse la deuda.
Esto les reduce sus posibilidades de cobro a tus ingresos, y en este caso que tú no tienes empleo pues no tienen cómo embargarte por medio de un empleador. Por lo tanto tendrán que esperar a que tú soluciones este punto.
Sin embargo, como siempre, el banco nunca pierde ya que tiene en su poder un PAGARÉ que tú firmasta al momento del otorgamiento del crédito. Este pagaré tiene duración legal de 3 años para reclamarse contados desde la última vez en que ellos recibieron pago de tu parte. Como sabemos, los bancos NO LLENAN los PAGARÉS en los campos de FECHA y MONTO DE INTERESES MORATORIOS hasta que emplazan por la vía judicial. En resumidas cuentas, cuando tú tengas empleo, ellos se van a dar cuenta por los registros del ISSS y de las AFP. En ese momento pueden llegar a la empresa donde laborarás y pueden solicitar se embargue tu salario hasta por el monto del 20% de tu salario. Eso sí, la deuda HABRA CRECIDO MUCHO MÁS debido a los intereses moratorios.
Puedes hacer en este punto, o al menos intentar hacer esto:
1.- Trata con el banco, con el ejecutivo de recuperación asignado, diciéndole que tú no tienes empleo y que no tienes actualmente ingresos fijos.
2.- Que en vista de lo anterior, pues solicitas, (HAZ TODO POR ESCRITO SI ES POSIBLE) QUE TE CONGELEN LA DEUDA a la fecha actual mientras tú ves cómo regularizas tu situación.
3.- Deja en claro que estas en DISPOSICIÓN DE PAGAR una vez obtenido un empleo u ofrece alguna cuota que puedes pagar según tu realidad actual.
Haz todo esto por ESCRITO, que te firmen DE RECIBIDO esas cartas donde expones tu situación.
Busca a algún profesional jurídico que te pueda apoyar, si es un amigo mejor, por el tema de los honorarios. Dale a conocer estas ideas y él sabrá cómo plantearlas o adicionar otras.
Estamos para tratar de orientarte de acuerdo a nuestra experiencia. No desesperes, esto hay que tomarlo con la cabeza fría y verlo así fríamente ya que los bancos también así lo ven y así actúan contra las personas en mora.
Saludos.
Tengo un problema, tuve reducción de ingresos y no pude continuar pagando mi tarjeta de crédito con el Citi, en muchas ocasiones fui a solicitar un refinanciamiento de mi deuda con una cuota de acuerdo a mis ingresos, pero nunca quisieron ayudarme, es más, ni siquiera me atendió un ejecutivo para escuchar mi situación. Sin embargo, abono a la cuenta de acuerdo a mis posibilidades, ahora, han pasado mi cuenta a un bufete de abogados en el cual me presionan queriendome asignar cuotas que no puedo cubrir, les sigo haciendo la misma petición de una cuota de acuerdo a mi salario, pero me la niegan, diciendo que su cliente (Citi) exige el pago total o la cuota que ellos asignen.
Me estan presionando para aceptar esa cuota, la cual, definitivamente no puedo cubrir y caería en mora otra vez.
Quisiera saber que pasaría si no llegamos a un acuerdo de pago? me van a embargar? No tengo propiedades a mi nombre, solo una casa que dejaron mis padres pero esta a nombre de 4 hermanos, me la pueden embargar? ORIENTENME POR FAVOR ¡¡¡
Estimado Anónimo:
La propiedad familiar, si está debidamente registrada con sus respectivas desmembramientos, es decir si usted aparece como dueño de un 25% de la casa, eso definitivamente se lo pueden embargar.
Luche porque alguien del banco le escuche. Esto lo puede lograr solicitando por escrito o planteando su caso por escrito. Diríjase por escrito al área de gestión de recuperación de mora y exponga claramente su situación y su voluntad de arreglar y pagar segun sus posibilidades.
Tenga resguardo de todo pago que usted realice, guarde esos recibos. Tenga en cuenta que todo pago que usted realice a una tarjeta de crédito o cualquier financiamiento que sea menor a la cuota mínima, se va por entero a intereses, no a capital.
Busquemos también la opinión de un abogado.
Buenas Noches Marvin una consulta, que sucede cuando una persona fallece y tiene deudas con los bancos sean estas de tarjetas de credito o prestamos personales, estas deudas se cancelan en automatico o los bancos les cobran a su familia.
Estimado Anonimo:
Actualmente todos los productos financieros como prestamos de cualquier tipo o tarjetas de credito estan protegidos con seguros de deuda emitidos por el mismo banco o por aseguradoras, sin embargo esta generalidad es mas o menos reciente.
En el caso de que alguien fallezca y su producto contratado no tenga ningun tipo de aseguramiento, pues el banco hara efectivas las garantias solidarias o prendarias que estuvieran documentadas en el mutuo.
Pueden intentar cobrarle a los familiares inmediatos como esposa, padres o hijos o inclusive trabar embargo de los bienes del fallecido. En cualquier caso, lo mejor es acudir ante los servicios de un abogado de su confianza para escuchar su opinion si ese es el caso, el de la ausencia de seguros de deuda.
Sr. Marvin mil gracias por sus aportes he estado un buen rato revisando toda su información y me paree muy útil.
tengo una pregunta si yo estoy trabajando para cierta empresa y tengo un crédito por orden de descuento en una cooperativa y luego me despiden de la empresa, que pasa si en un determinado tiempo no puedo cancelar la cuota establecida, el proceso de recuperación de ellos es contra mi persona, y también con la empresa donde estaba trabajando o la empresa queda sin ningún cargo legal del préstamo cuando presentan la orden de despido y automáticamente la responsabilidad seria de la persona que realizo el crédito o también se ve involucrada la empresa donde laboraba anteriormente.
De antemano gracias por su respuesta. Bendiciones.
yo tengo deudas en dos bancos el citi y credomatic. Mi pregunta es sí existe algún centro financiero o casa de préstamo donde me puedan ayudar a consolidar esas deudas. Que ya llevó tiempo de no poder cancelar porque no tengo empleo desde 2008. Yo me dedicó a reparar computadoras pero está muy muy mal esa área de trabajo. Necesito saber eso. Porque los 2 bancos me piden cuotas que no puedo pagar. Y me preocupa mucho eso.
Siempre la Banca formal en El Salvador serà la màs ventajosa para toda persona que quiera un crédito. Cuando esa opción no es posible por problemas como el suyo hay que intentar con el segundo escalón, por ejemplo con entidades que dan financiamiento con tasas relativamente altas y exigentes de garantías como las Cajas de Crédito o las Cooperativas de Ahorro y Crédito.
Estas entidades, ya muchas de ellas, son usuarias de DICOM, sin embargo hay que indagarse y optar por ellas. POR FAVOR, LE RECOMIENDO: JAMAS VAYA A BUSCAR A LOS ESTAFADORES DE LOS PRESTAMISTAS. NUNCA CONSIDERE SIQUIERA A ELLOS COMO OPCIÓN.
Buenas tardes Marvin
Tenía muchas dudas respecto a mis deudas y el poder leer todos los consejos que has dado a todas las personas me ayudaron mucho... Te agradezco por tu asesoría y felicidades por tu Blog... un saludo.!!
Me es grato ser útil.
Ya no quiero pagar mas intereses es estos bancos bandidos, me parecen muy buenos sus cosejos amigo mio, pero ya basta de engordar el bolsillo de la canalla colombiana, el pisto del salvador es de los salvadoreños y no de ese puño de canallas y sus cipayos jueces y otras chusmas que nos amenazan. NO PAGUEN A LOS BANCOS
No creo que lo publiquen, esta es una pagina para hacer "mansitos"
Estimado Anónimo:
Todos nos metemos en líos conscientes o no de las posibles consecuencias de no pagar esos compromisos. Lo triste de todo esto es que el banco la verdad, si queremos ver esto con la mente fría, lo que hizo en un momento determinado fue solventar una necesidad emergente que tuvimos o facilitar el goce de un placer o lujo que no nos correspondía. Esto, estimado es una realidad y por lo tanto los problemas que ahora son problemas para nosotros como endeudados, realmente surgieron de un alivio de un dolor o el disfrute de un placer en determinado momento.
No pagar, téngalo por seguro no es la mejor opción. Sí podemos y debemos utilizar los medios jurídicos que en cada país tengamos a nuestro favor a efecto de facilitarnos los medios para salir de la mora. Es aquí donde llegamos a la conclusión de que necesitamos por ejemplo del marco legal suficiente en cada uno de nuestros países para protegernos contra los abusos de los bancos. En El Salvador se han dado pasos pequeños pero esperemos que poco a poco se vaya avanzando en el tema y se nivele la balanza ya que ahora sigue pesando más la ventaja del banquero y del usurero que del consumidor.
Agradezco sus comentarios y en este espacio trato de ayudar a personas con base a mi propia experiencia sin abandonar el marco legal, en el entendido que como ciudadanos de un país tenemos derechos individuales y obligaciones también.
buenas tardes mi caso es la siguiente tengo un amigo que esta como fiador en un prestamo, el deudor esta en mora y no se ve que vaya a solventar esta situacion por lo que al parecer todo se ira a la base legal, el deudor dio informacion falsa para que mi amigo sirviera como fiador, pero el fiador no posee de ningun bienes, no trabaja,por lo tanto no pueden embargarle nada por el momento pero caeria en un delito al darse cuenta el banco que contribuyo a la mentira para lograr ser fiador aunq el no haya obtenido ningun beneficio por eso ya que solo lo hizo como un favor gracias por su tiempo
Estimado, gracias por leer y recomendar este espacio.
Bueno, como usted ha podido leer en el artículo, para que un contrato de crédito sea considerado fraudulento, en principio, se debe poder establecer claramente que el deudor titular obtuvo el crédito desembolsado y JAMAS pago UNA TAN SOLA CUOTA o no se configuró la intención real de pago. Es decir, el deudor debe tener UNA EXPLICACION LOGICA para el motivo de caer en mora. Hablamos del sentido común: Uno cae en mora porque la fuente de ingresos declarada como principal ante el banco o acreedor ha sufrido una merma o ya no existe. Así, si la deuda se trata de un crédito con amparo en ORDEN IRREVOCABLE DE DESCUENTO, un deudor puede caer en mora SÍ y SOLO SÍ ya no tiene trabajo, por mencionar un ejemplo. Puede caer en mora, en caso de ser comerciante, cuando el negocio va mal o lo ha cerrado. En fin, en principio para que un juez evalúe como SIN MALA INTENCIÓN O DOLO de parte del deudor la mora de éste, el sentido común debe respaldar a ese deudor.
Ok, vamos con el fiador, si el fiador solidario firmó, se ASUME que lo hizo en el uso de sus plenas facultades, es decir, a sabiendas de las posibles consecuencias del no pago del deudor principal. Además, para ser tomado en cuenta por el banco o la entidad financiera acreedora, debió presentar como garantías ya sean PRENDAS o INGRESOS. Si esas prendas o ingresos estaban amparadas en documentos falsos, por supuesto que se encuentra en serios problemas, en primer lugar, está ante la responsabilidad de pagar y si de llegar a las últimas consecuencias el banco o la entidad comprueba que tanto la CONSTANCIA DE SUELDO, el inmueble de garantía o bien mueble no existe, el banco está también en su libertad de procesarle por falsedad material.
El crédito, mi buen amigo lector, es cuestión de honor. Cuando el honor se mancha por algo fuera de nuestro control como la pérdida de un trabajo o el cierre de nuestra fuente de ingresos, hay una explicación y siempre puede haber una solución administrativa o judicial mercantil pero no PENAL. Por lo contrario, si comenzamos mintiendo, desde allí comenzamos mal y lo que comienza mal termina mal.
Le animo en todo caso a que se asesore con un abogado de su confianza para evitar llegar a consecuencias extremas. Le animo a colaborar en lo que se pueda para que el titular del crédito responda en primera instancia.
Saludos y nuevamente gracias por leer.
gracias por la respuesta y siguiendo con el mismo tema creo que seria bueno aclarar que el fiador solo firmo el contrato con el banco sin embargo el no presento documento alguno firmado por él que diera referencia de una prenda o ingreso, de eso se encargo el deudor en presentar ese documento falso que el fiador no conocia, el fiador como le repito actuo como un favor y su unico conocimiento era que seria fiador mas desconocia los requisitos para optar por ser fiador
Ok, espero que puedan solucionar este asunto. Esconderse para no pagar una obligación a sabiendas que hay gente que saldrá afectada es de verdad algo muy penoso y que habla mucho de la calidad de persona que es el deudor principal.
Estamos para orientarles en sus dudas. Saludos.
Buen dia Marvin yo tengo un credito desde el año 2006 en el 2008 por diversas razones deje de pagar, el banco esta ahora acosando a mis empleadores ya que se firmo una orden de descuento yo deje de pagar pero segui laborando en la empresa, ahora ellos mencionan el art. 245 creo del C. Penal para intimidar a mi patrono, el que firmo la orden fue un contado de hace un par de años, quisiera saber si ellos pueden proceder con ese documento ? si el representante legal esta en peligro aunque el no firmo nada ? si estos documentos prescriben o si tienen algunos requisitos de ley porque vi que este documento no dice como hoy en dia dicen "orden irrevocable de descuento" mas bien parece una carta donde dice que autorizo a la empresa que descuente la cantidad y las cuotas ni el numero de credito da, la ley habla de los requisitos ? gracias por su ayuda y lo que hace por los que estamos pasado problemas como estos.
Alex:
Por lo que entiendo, en su trabajo firmaron una orden irrevocable de descuento que tenía indicación a su pagador para que le retuvieran la cuota y se enterara al banco, pero en la práctica usted por su cuenta es quien efectúa el pago y no le retienen en su planilla, ¿correcto?...
Bien, el Artículo 245 definitivamente es claro con los casos en los que el patrón RETIENE de la planilla del empleado y no entera o paga esa retención al banco. Es un delito de apropiación indebida y tiene pena de cárcel. Ahora bien, aquí también puede haber un vacío de carácter técnico o jurídico dado el caso de que si no le efectúan las retenciones en planilla, entonces, de hecho su patrón no se ha apropiado de ninguna cuota, es decir, si eso se puede demostrar (claro esto tendría que analizarlo un experto en leyes de su confianza) ante un juez, el juez en su sana crítica vería que no hay delito que perseguir contra la empresa pues nunca ellos le retuvieron de su salario.
INSISTIRÉ y lo pongo en mayúsculas, QUE SU CASO lo revise un abogado de su confianza ya que recalco que yo no soy abogado, simplemente trato de orientar en lo que mi experiencia me señala. Busque ayuda jurídica con un abogado de su confianza para tener una opinión de un experto en la materia. A su vez él podría darle la opinión relativo al formato de orden de descuento, aunque yo soy de la opinión que basta la firma suya como aval para que proceda dicho documento a hacerse efectivo.
Saludos y gracias por leer.
Marvin
buenas noches, mi agradecimiento por la informacion y tiempo que brinda.
Consulta Como puedo? dejar constancia de mi buena fe de pagar mi deuda con el banco citi ya que ellos no reciben ninguna nota por escrito.Ademas yo no puedo pagar la cuota asignada ya que debido a la falta de trabajo no tengo ingresos seguros ni abundantes, y la deuda crece por que la tasa de interes es alta y al dejar de pagar me la cambiaron por otra mas alta, y me agregan gastos e intereses por mora cada mes y acumulados sobre el saldo que ya tiene intereses sin consultar pueden ellos hacer todo eso sin que uno no pueda defenderse de ese atraco.
Estimado:
He estado en su situación y lo que le puedo recomendar es que siempre mantenga su ofrecimiento de pago de acuerdo a sus posibilidades. Debido a que usted no cuenta con un empleo, esto también lo deja fuera como sujeto de crédito y por ende de un refinanciamiento de deuda.
Acuda a la Defensoría del Consumidor a efecto que ellos le amparen de conformidad a las leyes y los derechos a los que usted tiene beneficio. El acúmulo de interés sobre interés o de cargos al capital de la deuda está prohibido. Partamos solicitando la asesoría de la Defensoría. En este proceso pida opinión al funcionario que le atienda si ellos pueden gestionar mediación para que el Citi pacte un acuerdo con usted.
2.- En caso de que las cosas se compliquen demasiado y se pase al reclamo por medio de orden judicial que implica embargo de bienes y usted no tiene bienes, no tiene salario, vehículos, casas, enseres domésticos que le pertenezcan no podrán actuar en su contra aparte del acoso moral.
Hola tengo una pregunta, mi tio falleció el año pasado y tenia una deuda con una caja de credito en estod días el banco habló con uno de mis familiares para pedir que llevaramos el acta de defunsion de mi tio, pero me informan que van averiguar si el seguro todavia responderá por la deuda ya ques de 5 meses... Confio en que asi sea!! pero mi pregunta es de cuanto dura este seguro de deuda cuando la persona fallece si los bancos nunca informan que poseen seguros de deudas
Hola!
Antes que nada, quiero agradecerle por este espacio, de verdad que somos muchos los que necesitamos su ayuda.
Soy un joven que cometió un grave error cuando comenzó a trabajar, tan pronto cumplí mis seis meses de trabajar comencé a adquirir deudas, pensé que iba a poderlas pagar porque pues no tenía mayor problema, al inicio todo fue genial, no tenía mayor problema para pagarlas sin embargo había dejado a un lado la universidad y tuve que dejar el trabajo para comvertirme en una freelance, como freelance al inicio pude mantener pagando esas deudas hasta cuando finalmente no pude, lo peor de todo es que no solo es una entidad sino que son varias: claro, Banco de América Central, tigo y promérica y citi.
Por razones de la vida tuve que mudarme de donde vivia y comenzar a vivir sola, en una universidad prestigiosa del país me dieron la oportunidad de estudiar, sin embargo, los primeros dos años ellos adquirieron la deuda (solo pagaba una parte del total) pero ahora se ven en la necesidad de trasladar la deuda a un banco (El banco agrícola) sin embargo yo no he movido nada de las cuentas porque x estar estudiando a tiempo completo (tengo media beca) es imposible pagar algo, estoy haciendo muy poco dinero y realmente cuesta sobrevivir cuando uno vive solo.
Quisiera saber:
1. La universidad me ofreció trasladar el crédito al Banco Agrícola y ellos serán mis fiadores ¿me lo podrían negar por lo anterior?
Gracias!!
De entrada tengo la interrogante relativo a cuándo se le informó a la Caja de crédito que su familiar había fallecido?. Debo entender que la Caja de Crédito desconocía el evento.
En todo caso, si a la fecha del fallecimiento de su tío, la deuda con la Caja de Crédito estaba al día, por ende el seguro lo tenía cubierto y por lo tanto acaecido el evento, la aseguradora no tendría excusa para pagar esa deuda a la Caja de Crédito.
Agradeceré nos comente cómo evoluciona este caso.
Saludos.
Estimada lectora:
Antes de cualquier comentario, le felicito por estudiar y le animo a sobre todas las cosas esforzarse para terminar su carrera.
Bien, su caso es su particular y es el primero en su tipo que he tenido la oportunidad de conocer. Con base a lo que he podido entender,debo asumir que sus compromisos están al día?...
Si sus compromisos están al día y si la Universidad tiene algún tipo de gestión o facilidad con el banco... no le veo el problema que se le apruebe el crédito. ...
Sin embargo, la recomendación de siempre para mis lectores: Antes de ir a solicitar un crédito NO ES NINGUNA PERDIDA DE TIEMPO pasar por las oficinas de DICOM ubicadas en el Centro Comercial Loma Linda con su DUI y su NIT ORIGINALES, a fin de que le puedan dar un reporte de su situación crediticia.
Saludos.
¡Gracias!
No, los compromisos no están al día. A pesar que he hecho pequeñisimos abonos no son constantes. Y la verdad tengo mucho, mucho miedo. Pero aceptaré su recomendación de pasar a DICOM. Realmente es una situación que nisiquiera me deja dormir bien.
Hola Marvin, retomando el comentario sobre las Orden Irrevocable de Descuento, estoy pasando por un caso parecido, el gestor de cobros insiste en hablar con el Representante Legal y que este debe reactivar la Orden, de no hacerlo amenaza con fichar la empresa para futuras operaciones con ellos, argumenta que tenemos un complot interno para no aplicar el descuento, conmigo ya no quiere hablar, se presenta de una forma grosera y falta el respeto muy concientemente que puede causarme problemas, casi siempre la firma de las ordenes se ve con Recursos Humanos o Contabilidad , pero el tipo no quiere hablar con nadie de esas areas. Podria despejar mis dudas:
1. Tiene razon al decir que la empresa se verá perjudicada por haberme firmado la orden sin aplicar el descuento en planilla (Yo realizaba mis pagos directamente).
2. Como debo actuar ante la actitud ofensiva de ese gestor considerando que no quiere hablar con nadie mas que con el Representante Legal.
Agradezco su comentario Marvin.
Si nos puede actualizar, aquì estamos.
saludos.
Le doy mis comentarios:
1.- A lo sumo lo que pueden hacer ellos en cuanto a "Fichar" la empresa no es màs allà de ingresar una anotaciòn o comentario en el sistema que refiera al caso de no aplicar la orden de descuento. Este acto en sì no puede bajar la calificaciòn de riesgo de la empresa, pero sì podrìa afectar en algùn momento dado la cesiòn de prèstamos con ORDEN DE DESCUENTO a otros empleados cuando el banco o financiera donde los otros empleados hayan aplicado vea en el sistema que esta empresa tiene un antecedente de no aplicar òrdenes de retenciòn, es una posibilidad ya que estarìa dentro de una acciòn administrativa que le compete a DICOM como sistema de información de crèdito.
2.- Grabe las llamadas, pero hàgalo siempre dicièndole al cobrador que usted està grabando la llamada. Es muy difìcil, pero trate de mantener la cordura y expongale una alternativa que usted pueda cumplir para solucionar la mora.
Recuerde que las ùltimas reformas a la Ley de Protecciòn al Consumidor prohìben cualquier tipo de COBRO INJURIOSO o denigrante contra su persona. Recuerde que usted puede acudir a la Defensorìa del Consumidor para interponer una denuncia al respecto, pero le recomiendo siempre plantear una soluciòn que usted pueda cumplir.
Tenga en cuenta que una conversaciòn telefònica grabada tiene màs legitimidad cuando se le advierte a la otra parte de la grabaciòn de esa conversaciòn ya que asì TODO lo que el cobrador en este caso le diga lo harà con conocimiento de causa.
Marvin una consulta, después de una persecución atroz los de Puntual me ofrecieron un acuerdo de pagos segun ellos con eso se cancela mi deuda con un banco, un acuerdo que me permite 18 con esto prácticamente ellos recuperan el 50% de lo que me prestaron, todo el proceso ha requerido un cruce de cartas una de solicitud y la de aprobación y enviadas por correo, nunca he visto una resolución directa del banco. Debo creer en ese acuerdo si se ha dado de esa manera que me recomienda Marvin?
Quedo al pendiente de su comentario
Todo arreglo de pago tiene que ser firmado entre el cliente y el banco. De lo contrario no sería legal ya que la deuda es entre el banco y usted, no puede un tercero tomar el lugar del banco.
Gracias Marvin, por su comentario. Los del despacho se pueden valer de engaños por eso mi duda y solo me dicen que ellos estan autorizados por el banco que son contratados como intermediarios, que el descuento que ellos ofrecen se aplica al final de cumplir con el pago de las cuotas, existe la incertidumbre pues despues pueden salir con que no se liquido y negar el finiquito. Tomare en cuenta su comentario.
Lo mejor es que considere también, si tiene la posibilidad, contratar a un abogado que pueda negociar su propuesta con el banco directamente.
Saludos.
Buenos dias mi problema es el siguiente , yo tenia un extrafinanciamiento con el city q es como un prestamo y la tarjeta de credito y tambien tarjetaq de credito con credomatic con la cual tengo ya mas de 6 años de estar activo y todo hiba bien el año pasado me empezaron a extorsionar , yo tenia un cibercafe y venta de accesorios etc la extorsion llego a tal punto q me hicieron vender las computadoras que tenia para poder pagarles antes de caer en mora fui al City y les explique mi situacion q no hiba poder pagar la siguiente cuota dieron que no podian ayudarme por q no estaba en mora en fin cai en mora y empezaron a llamarme Yo el explique con pacicncia a cada gestor de cobros mi caso y dijeron q no podian ayudarme depues de unos meses dijeron q si pagaba $111 ese dia $278 la siguiente semana podrian ayudarme a lo cual les dije q era imposible q yo necesitaba q me hicieran un plan de pago y podia pagar $50 mensuales no accedieron ante tales negativas me canse y cambie numero telefonico hace una semana y 3 dias vinieron de puntual a decirme q era el ultimo cobro extrajudicial q me hacian les volvi a explicar otra vez la situacion pero a ellos me dijeron claramente como persona lo sienten pero como banco no les importa y querian q les pagara $2.500 inmediatamente al banco a lo cual les dije q es imposible , estoy señores se fueron y ps mi preocupacion es q me pongan embargo ya q apenas me estoy empezando a recuperar de la extorsion q fui victima ,por el momento con lo q da el negocio pago comida , casa y servicios basicos por q no da para mas ,gracias a dios ya no estoy siendo extorsionado pero si les he explicado mi situacion a los señores de cobro 25 veces no es nada ,un amigo me ha dicho q no me preocupe q no embargan pero no quiero tentar a la suerte , otro me ha dicho q me cambie de casa q me lleve todo y no le diga a nadie donde vivo y cambie el nombre del negocio , pero realmente nose q hacer he tocado todas las puertas posibles y no encuentro otra solucion mas q la de cambiarfme de casa y desaparecer pero nose si esto me hara caer en algun tipo de delito.
Algun consejo q pueda darme se lo agradecere mucho ( acudi 2 veces al banco incluso al call center del Banco y no quisieron ayudarme asi q estoy desesperado.
Un amigo me ofrcde 5 meses gratis de casa bueno no gratis el quiere una participacion en mi negocio pero mi mente ahorita esta muy confundida please help.
Gracias por leer este espacio, créame que no está solo, su caso en la actualidad es muy común gracias a la realidad de nuestro país.
Bien, aquí el punto es que usted se ha mantenido con una INTENCION DE PAGO, lo cual es de felicitarle ya que ha actuado consecuentemente como una persona responsable de sus obligaciones.
Mire, el banco SABE que si usted NO TIENE INGRESOS, NO TIENE CUENTAS BANCARIAS CON SALDO, NO TIENE BIENES INMUEBLES, VEHÍCULOS, BIENES HEREDADOS, etc, que se PUEDAN COMPROBAR y que a su vez fueran de un valor de mercado similar a su deuda, .... ELLOS SIMPLEMENTE NO PUEDEN EJECUTAR ABSOLUTAMENTE NADA en su contra. El banco sabe que es más FACTIBLE insistir moralmente con usted por medio del ACOSO telefónico o presencial.
Le recomiendo primero llegar a un punto de serenidad. Aquí, como en todo pleito, el más amedrentado u ofuscado sale perdiendo.
Segundo, MANTENGASE FIRME en su ofrecimiento de pago en el monto REAL que usted puede hacerlo.
Tercero, NO SE DEJE SORPRENDER. Léase el CODIGO CIVIL MERCANTIL VIGENTE, que usted puede descargar desde este blog arriba en la columna derecha en el apartado de "DOCUMENTOS IMPORTANTES" . A partir del Artículo 615 en adelante se encuentra el capítulo relativo a los EMBARGOS. Usted se sorprenderá cuando lea qué se puede y qué no se puede embargar. Allí confirmará lo que le he mencionado antes. NADIE PUEDE LLEGAR A SU CASA e intentar ENTRAR POR LA FUERZA en el caso de un embargo. LA ORDEN DE UN JUEZ RELATIVA A EMBARGO no PUEDE VIOLENTAR SU INTIMIDAD EN SU HOGAR. Ningún juez de lo MERCANTIL le va a extender una ORDEN DE ALLANAMIENTO DE MORADA al EJECUTOR. ADEMÁS, si usted ve que los ejecutores llegan acompañados de la PNC, esto no les faculta en nada para obligarle a que ingresen a su casa, los agentes policiales únicamente hacen presencia para GARANTIZAR la seguridad de los ejecutores de embargo.
CUARTO, tenga paciencia y no se deje ganar la moral ni la estabilidad emocional por parte de los cobradores. GRABE TODAS LAS LLAMADAS, hágales saber QUE ESTÁ GRABANDO ESAS LLAMADAS, esto les inhibirá en el tono en que se dirigen hacia su persona, recuerde que ellos tienen PROHIBIDO por la ley de Protección al Consumidor y la ley que regula a las Agencias de Información de Crédito realizar cualquier tipo de COBRO INJURIOSO Y DENIGRANTE contra usted.
QUINTO: EN CASO DE LLEGAR A ALGUN ARREGLO, por favor, CERCIORESE QUE ESE ARREGLO se pacte con un CONTRATO DE REFINANCIAMIENTO debidamente formalizado ENTRE USTED Y EL BANCO. Sucede que muchos ofrecimientos de facilidades de pago los hacen los mismos bufetes de recuperación y puede darse el caso de que estos abonos JAMAS reducen la deuda. Además un contrato formalizado de REFINANCIAMIENTO le permite comenzar la recuperación de su récord crediticio en firme, por supuesto que requerirá tiempo.
Todos tenemos derechos y hay que exigir se nos respeten.
Adelante y aquí estamos para orientarle.
Graciaqs por su pronta respuesta y me gustaria volver a formularle mi inquietud , si yo me cambiara de casa incurriria en alguna falta legal?ya que por mas q he tratado estos señores no quieren pactar un acuerdo de pago de acuerdo a mi capacidad economica ,no veo otra solucion por el momento , gracias por su respuesta .
Es su derecho como ciudadano el trasladarse de vivienda por los motivos que sean. No pueden acusarle por este motivo.
Buenas, mi consulta es la siguiente: en el 2005 caí en Mora con los créditos y tarjetas que tenía con los bancos. Fue hasta hace un par de meses que pude consolidar las deudas y cancelar a todos, me entregaron los finiquitos y pude ir a Dicom para consultar mi situación. En ese lugar pude verificar que en efecto, ya no tengo cuentas pendientes con ningún banco, adema en esa oficina me dijeron que dado que todo había sido cancelado, no tenía récord crediticio, sólo la Mora histórica. Mi pregunta es la siguiente: cuál es mi situación realmente. Gracias por su ayuda
Si en DICOM le confirmaron que sus cuentas estaban ya a cero, usted deberìa recuperar su CALIFICACION DE RIESGO en seis meses luego de haber pagado. La mora històrica deberà esperar a 36 meses ya que asì lo establecen las Normas Tècnicas de Calificaciòn de Activos de Riesgo del BCR.
Le agradezco su confianza en este sitio.
Bien, sé que tiene claro que somos miles de personas en similar situación en nuestro país.
Usted está en un punto crucial de su situación, sobre todo si nunca - como usted bien lo anota- ha tenido problemas de mora y ha llegado a experimentar la denegación de más créditos por superar el límite de endeudamiento.
Sí es lo ideal que usted UNIFIQUE o CONSOLIDE estas deudas. La consolidación es mi primer consejo que le puedo recomendar. Ahora bien, tendría usted que avocarse a instituciones financieras con criterios un poco más abiertos que los de la banca. En lo personal creo que es conveniente que usted se someta a un estudio con la sociedad Constelación S.A. Ellos son una entidad de reciente creación que se enfoca en casos como los que usted configura actualmente.
Le dejo a continuación el enlace de esta entidad en Facebook:
http://www.facebook.com/ConstelacionSV
Como segundo consejo le recomiendo tratar de ver más allá de esta situación actual que usted está pasando y le invito a que sea capaz de evaluar sus capacidades personales que le permitieran en algún momento desarrollar nuevas formas de incrementar sus ingresos. Piense por ejemplo en una posible mejor oportunidad en su empleo o en el emprendimiento personal por cualquier medio con énfasis en las áreas o área que sea de su total dominio. Le invito en este punto a ser creativa. Actualmente yo me encuentro en situación similar a usted, de hecho desde hace varios años y he logrado gracias a Dios sostener a flote mi barco con todas las dificultades que yo sé usted conoce de primera mano y es por esto que le puedo hablar con conocimiento de causa que el primer paso en el largo camino de salir de nuestras deudas es tomar la decisión de hacerlo. No puedo ser más específico ya que en este punto es usted y su potencial los que tienen la palabra. Infórmese, vea a su alrededor, lea e investigue en internet, venza a ese ruido que actualmente le abruma el horizonte, muchas veces las oportunidades están frente a nosotros y solo hace falta verlas. Perdón si le parezco subjetivo, pero es el camino que me ha ayudado a mí y si ha ocurrido conmigo, por supuesto que puede suceder con usted.
EN RESUMEN:
INTENTE la consolidación de deudas. Esto le permitirá colocar todas sus líneas de crédito a una sola tasa y a un solo tiempo, por supuesto a una sola cuota. Haga esto reuniendo TODAS las tarjetas de crédito y préstamos personales. Inténtelo con esta sociedad de ahorro y crédito Constelación. Le recomiendo por experiencia que usted vaya personalmente a asesorarse. Tienen una sucursal en la Plaza Mundo en Soyapango y otra en el Centro Comercial La Joya en la carretera al Puerto de La Libertad.
Si todo sale bien, una vez conseguida la consolidación, o independientemente de que no sea positivo, usted debe examinar sus gastos familiares y es momento de eliminar toda carga que no sea parte del "minimum vital " del grupo familiar.
Recuerde que siempre hay una salida, y muchas veces también hay que buscarla. Bendiciones para usted y su familia. Tome fuerzas y ánimo.
Encontré los teléfonos de Constelación : 2527-8500
https://www.facebook.com/ConstelacionSV/app_208195102528120
Agradezco su tiempo, muchas gracias por su respuesta, me ha sido de mucha utilidad.
Estimado amigo,
He leido este blog y me parece muy interesante, quisiera exponer mi caso, yo tengo deuda que ya no logre pagar desde1998, 1999 y 2001, todas fueron a juicio de embargo en donde basicamente desde entonces he tenido trabajos informales y no he podido tener la capacida de enfrentarlas pues los monton son sumamente altos ya que cuando las adquiri tenia una empresa solida pero luego quebró, asi que herede deudas de la empresa y personales desde esos años que menciono, mi consulta es si en alguno momento esas desudas estan prescritas ante Dicom o seguiran ahi.
Actualmente tengo un trabajo mas estable con un salario de $1,500 y tengo la necesidad de adquirir un prestamo pequeño para consolidar deudas que tengo con familiares y pagar un sola cuota, entonces queria saber si existe alguna institución que pudiera ayudarme a pesar de mi record y que puede comprobar mi estabilidad laboral.
Agradeceré mucho sus comentarios.
saludos.
Citi no estable procesos juridicos para tarjetas de credito con monto de campital menor a 3 mil dolores.
Si lo hacen o no realmente no lo puedo afirmar. Sí sé que si una deuda es menor a 3,000 dólares el reclamo judicial para su recuperación se ventila en los Juzgados e Menor Cuantía, pero al final siempre es un proceso judicial como cualquier otro.
Marvin Santos
Quisiera saber que puedo hacer, hace un año exactamente obtube un prestamo con el banco CITI un credito personal mas una tajeta de credito. debido a un problema y malas decisiones finacieras yo me atrase desde el mes de octubre y solo pague dos cuotas del prestamo.. actualemnte tengo empleo pero el tema es que tengo un prestamo con DAVIVIENDA y les pago $100.00 mensuales y me qued aun marguen de $175.00.. los señores de puntual el salvador me estan llamando y les he rogado que llegemos a un acuerdo... mi pregunat es ¿ Aplico a embargo salarial? ¿cuanto me van a embargar si es asi? y me puede acusar o meter preso? gracias por el apoyo y saludos cordiales
Gracias por su consulta, le comento.
Sí, lamentablemente las deudas siguen vigentes en DICOM y en todas las Agencias de Divulgación que existen en El Salvador siempre y cuando, tenga en cuenta, usted haya dado la autorización correspondiente para que esa información sea divulgada. ¿Recuerda el lío en el que casi cierra operaciones DICOM EQUIFAX en El Salvador debido al fallo de la CSJ que obliga a que DICOM y todas las agencias que operan aquí, deben contar con la AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE LOS CLIENTES PARA DIVULGAR NUESTRA CONDICION CREDITICIA?..
Bien, debido a esto y también tomando en cuenta que sus deudas son bastante antiguas, yo en su lugar iría a indagarme a las oficinas del Centro de Aclaraciones de DICOM ubicado en el Centro Comercial Loma Linda, frente al edificio que todos conocemos como "CANAL 2", con el DUI y NIT originales en mano a fin de que un gestor me verifique cual es la situación actual de mi récord crediticio. Vaya, Don Ernesto, no pierde el tiempo en averiguarse al respecto.
Si es el caso que la información de estas deudas continúa siendo divulgada, allí mismo EXIJA le muestren LA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO QUE USTED TUVO QUE HABER ENTREGADO A ESAS ENTIDADES PARA QUE DICOM PUDIERA DIVULGAR SU SITUACION. Si ellos le manifiestan que no pueden mostrársela o se niegan, acuda a la Defensoría del Consumidor por medio del call center 910 para exponer su situación y solicitar la intervención de esa entidad para regular esta situación.
En cuanto a un préstamo en su contexto actual, solo puedo recomendarle a la Sociedad de Ahorro y Crédito Constelación, S.A. Llame por más información al teléfono 2527-8500
El embargo de salario aplica si y solo sí su salario es superior a DOS salarios mínimos urbanos del sector Comercio. Es decir, si usted gana arrib de los $450 un juez podría decretar una escala de retenciones que ya no es el famoso "20%" del salario. Comienza del 5%, 10%, 15% sobre el excedente de ese piso.
De acuerdo a nuestra legislación, no existe prisión por deudas. Sin embargo, sí hay casos que se pueden judicializar como criminales. No es lo mismo que usted haya adquirido un préstamo luego de que el banco confirma que su empleo, empleador, salario, nivel de endeudamiento, etc y luego usted toma el dinero y simplemente desaparece para siempre -- es decir que actúa con Dolo -- a que usted paga sus cuotas a tiempo y luego las cosas salen mal, pierde su empleo y deja de pagar porque ya no puede. Ambas situaciones tienen el mismo efecto final: el impago, pero su configuración intencional es bien diferente. La pregunta es: ¿Llegado el momento, podremos tener la capacidad de plantear nuestra historia ante un juez?... y aún más preocupante: ¿Tendrá ese juez la imparcialidad suficiente para aplicar su sana crítica en este caso?...
Buenas tardes tengo una consulta..
En este casi no eh podido pagar una factura de 3 meses de Claro con valor de 66.25 cada factura..
Ya me han llamado y definitivamente no puedo pagar mas por ese servicio.. Por motivos económicos muy malos)
Mi pregunta es que pasaria si ya no sigo pagando e ignoro todo lo que la empresa hace para que pague ademas de estar en DICOMM que pasaria??
Depende de las cláusulas del contrato del servicio, sin embargo, recuerde que por lo general estas empresas garantizan estas deudas haciéndonos firmar un pagaré por cierta cantidad que ellos pueden intentar hacer valer. Sí, por supuesto, lamentablemente también son clientes de DICOM y de Trans Union, y nos reportarán sin dudas con respecto a la mora, lo que afecta nuestro récord.
Saludos, espero Ud. pueda darme un buen concejo, tengo deudas de 4 tarjetas de crédito de cerca de 1300 dolares en cada una , 2 son de citi, una de scotiabank y una de Banco agricola.
Por motivos personales, familiares y económicos a partir de enero 2013 dejé de abonar a dichas cuentas. debido a eso me he vuelto victima de acoso tanto en mi domicilio como en mi lugar de trabajo por una agencia de cobros "solventa", mi respuesta siempre es "No tengo capacidad de pago" lo cual es cierto. Aclaro no tengo propiedades Bienes a mi nombre, no poseo vehiculos automotores a mi nombre y la duda referente al embargo de mi salario es la siguiente: lo que embargan del salario, es el excedente de la suma de 2 salarios minimos, o sea cerca de 500 dolares, el excedente del salario total o del salario liquido ??????.
En estas condiciones seria preferible actuaran a nivel judicial para asi un juez declare no recuperable la deuda??????, gracias por su atención.
La tabla de aplicación de embargo va sobre el excedente del salario mínimo pero en un porcentaje, no sobre todo el excedente. Es un poco enredado, pero así funciona. Tampoco es el 20%, eso ya no está vigente. Hay una tabla que comienza desde el 5% y aumenta de acuerdo aumente su excedente.
El banco conoce que usted no tiene nada cómo responderle y ha procedido posiblemente a la venta de su cartera morosa a esta agencia de cobros. Ellos sí harán todo lo posible para cobrarle pero sobre todo a nivel de presión telefónica o presencial.
Estimado Marvin
Gracias por ayudarnos de la manera en lo hace, no deje de hacerlo por favor, mi preguntas son las siguientes. Puede el banco pasar una orden descuento por la deuda de tarjeta de credito? Cuando los casos son manejados por una empresa que compró la cartera morosa al bco, pueden estas poner orden de descuento? o hasta donde es el alcance de estas? Mi sueldo es de $800 ya tengo orden de descuento por $160.00 entiendo que el valor de 2 salarios minimos no me pueden ser tocados del sueldo. la pregunta es pueden otro banco o despacho de recuperacion llegar y aplicar otra orden de descuento.? son tantas mis dudas, pero ayudeme aclarando estas por favor.
Buen dia Marvin
Dios le bendiga por llevar tranquilidad a nuestras vidas. Yo gano $800, ya tengo una orden de descuento por $160.00. Puede llegar uno o mas acreedores a la empresa donde trabajo y aplicar otra orden de descuento sobre el liquido, por así decirlo. En todo caso ya no seria el 20% sino el 40%?
Es decir: 800 - 503.40 - 160 = 136.60
sueldo - 2 sal minimos - 20% Orden dcto = liquido
Sobre esos 136.60 puede llegar otro acreedor y poner orden de descuento? por cuanto? porque? viola el art 136 del C.T. por que deja de ser el 20%?
Puede una gestora de cobros aplicar orden de descuento?
Comprendo, le comento y me disculpo primero por responder tarde.
Una ORDEN DE DESCUENTO es un documento firmado POR USTED en el cual usted le pide al pagador de su empleador que le RETENGA una cantidad de dinero para abonarse a la cuenta pendiente con su banco.
No puede haber otro tipo de documento que usted no haya autorizado para que le sea retenido de su sueldo cierta cantidad de dinero a menos que se trate de una ORDEN JUDICIAL DE EMBARGO, la cual, como es lógico, proviene de un JUICIO o emplazamiento judicial del cual usted tendría que haber sido notificado formalmente.
Aclarando, lo referente a los DOS SALARIOS MINIMOS aplica únicamente a los casos de EMBARGO JUDICIAL DE SALARIOS, no en el caso de órdenes de descuento.
En los casos de ORDENES DE DESCUENTO, tradicionalmente, aplican las políticas que para el caso tienen los pagadores o empleadores. En nuestro país El Salvador, en este caso específico, muchos empleadores aplican el límite de retención del 20% por razones técnicas, ya que no existe norma legal regulatoria en este particular a excepción me parece de ciertas normas que así se establecen para los empleados públicos por parte de la Corte de Cuentas de la República.
En teoría, ellos pueden llegar a su empresa y reclamar se le apliquen esas órdenes. Pero como bien reza el nombre de ese documento esas "ORDENES" de descuento son giradas o firmadas por usted. De otra forma, tendrían que ser sentenciadas judicialmente, lo que sería otro caso, judicial, ya no administrativo.
No se deje sorprender, RECUERDE que una ORDEN DE DESCUENTO debe ir FIRMADA POR USTED.
Buen dia,
Quisiera hacer una consulta. Hace unos 3 meses que no puedo pagar mis deudas - que son varias- debido a que estoy sin ingreso por falta de empleo. Por el momento dependo de mi esposo quien paga la casa (deuda que esta a nombre de ambos pero él es el principal) y bueno los demas gastos, por lo que se le hace practicamente imposible ayudarme con alguna deuda mia. Mi pregunta es en que momento pasa a cobros judiciales y que pasa con la casa que aun se debe? yo no tengo nada, ni propiedades, ni vehicul ( el cual vendi para poder pagar parte a los bancos pero no fue suficiente).
Yo he hablado con bancos he dicho que solo puedo pagar una cuota pequeña que no cubre para nada los montos que ellos quieren y es por ello que hasta el momento no he podido negociar Nada. Ellos han ofrecido refinanciar pero no puedo aceptar cuotas que imponen porque simplemente no tengo como. Siempre fui muy puntual, nunca me atrasé mientras estuve con empleo, de hechos ya tengo mas de dos años de no tener empleo fijo y con algunos trabajos de servicios profesionales logre mantenerme a flote, pero hoy ya definitivamente topé. Ya se m hace imposible enfrentar esa responsabilidad.
Las llamadas las atiendo todas y ya estoy agotada de explicar lo mismo a diario. Comprendo que la responsabilidad es mia pero quisiera saber si podria tomarme un par de dias sin contestar para recuperarme ya que me afecta emocionalmente, me siento deprimida por momentos, pero tampoco quisiera que no contestarles me traiga mas consecuencias feas de las que ya tengo como que busquen a mis padres o vengan a mi casa. Que también recibo cobros por SMS y cartas fisicas.
La situacion es desesperante. Estoy agobiada con tanta llamada. Llegan al punto de llamar hasta 10 veces en un día con la excusa de que a media llamada se les corta y vuelven a llamar. No puedo planear mi dia porque me da miedo encontrarme en algun lugar o con otras personas y no poder contestarles.
Otra duda que tengo es si antes de pasar a embargo y una vez se termina el cobro administrativo, hay algun momento donde se pueda hacer mas facil negociar con lo de pagos pequeños? Yo aunque me digan que lo que ofrezco pagar es poquito igual lo he estado abonando, pero esos pagos les da igual.
No sé que hacer, enfrentarse a lo desconocido es algo muy dificil de llevar.
Gracias de antemano por su ayuda
Estimada lectora:
En primer lugar agradecer su atención a este espacio que es de usted.
Comprendo su situación, de primera mano. La realidad es que en su situación actual usted no tiene prácticamente nada qué ofrecerles en concreto a los bancos. El punto es que ellos conocen perfectamente que siendo sus productos sin fiador (según entiendo) y que además usted actualmente no cuenta con un empleo o fuente de ingresos fija mensual, prácticamente ellos conocen que demandarla judicialmente poco o nada podría abonar en concreto a los intereses del banco.
La agencia de cobros, es bueno que lo entienda, es un NEGOCIO. De hecho, es uno de los negocios más antiéticos que existen y yo me atrevería a decirle con base en las recientes reformas a las leyes que nos protegen a los consumidores, ellos a su vez son un esquema de negocio que podrían estar rayando la ilegalidad.
La línea con la que se desenvuelven es el acoso. Por supuesto ellos enfocan todo su esfuerzo en la persuación a los deudores a efecto de lograr que ellos paguen a costa de lo que sea la deuda que ellos están cobrándoles. A ellos no les importa cómo, solo les importa que uste pague.
Mire no hay peor lucha que la que no se hace. Si usted está en esta situación, le recomiendo informarse y asesorarse. El cobro denigrante, lescivo y amenazante está prohibido legalmente. Asesórese en la Defensoría del Consumidor por la vía telefónica, explique su situación y vea qué solución le pueden plantear.
Lo importante en esta situación es no dejar que le ganen la moral, ellos son conocedores de este tema, de eso viven y de eso hacen dinero. Es un juego que solamente se puede ganar manteniendo una sola y clara posición: Pagar como usted puede pagar y no prometer nada que no pueda cumplir. Si eso no es suficiente... más allá de sus fuerzas no se puede hacer más.
Hay que enfocarse mejor, estimada amiga en resolver lo de sus ingresos mensuales. Está difícil, pero es el momento de replantearse qué hacer, dónde y a quién acudir para buscar una fuente de ingresos de un empleo o un negocio propio. Estos momentos de grandes presiones deben ayudarnos a sacar lo mejor de nosotros, no debe ser al contrario.
Agradezco mucho su respuesta, se me ha hecho de mucha ayuda. Bendiciones enormes.
hola gracias por toda esa ayuda informativa, por motivos familiares de caracter urgente no he podido hacer los pagos minimos de mi tarjeta de credito. tengo un estrafinanciamiento de dos tarjetas de credito suman apro como 7000 dolares con banco citi , estoy pagando una casa con el que el titulo de propiedad es del 50% junto con mi esposa, ella posee el otro 50% y todavia la adeudamos a otro banco.
quiero saber si me pueden embargar ese 50 % de propiedad de la casa que aun estoy pagando, Gracias por su ayuda ,
NO se pueden embargar bienes que estén enajenados por otras entidades. En el caso práctico, ellos pueden intentarlo, sin embargo, la acción se concretaría sobre el bien hasta que el mismo se encuentre liberado.
Buenas tardes, una consulta... que sucede cuando de plano no se puede pagar?, cuando por mas que se quiera no se puede hacer mas que pagar cuotas simbolicas, casi en clasificacion de limosna? Por mas que se les dice que es lo unico que puedo hacer ellos insisten en que qué mas ofrezco?, y yo no puedo hacer mas. No tengo nada a mi nombre, la casa esta aun con deuda junto con mi esposo. El la ha pagado siempre, y quiere pasar la deuda a su nombre nada mas, se podrá? No quiero que por mi situacion tenga que afectar a mi familia mas de lo que ya lo estamos. Y que la casa que en algun momento se pague no se las quiten. Yo puedo aguantarme lo que sea pero no los quiero ver afectados a ellos, mas de lo que ya estamos. Los gestores dicen que llaman todos los dias para evitarme que el caso llegue a juridico, pero para ahí voy, no lo puedo evitar aunque quisiera quitarme esta carga. Yo ya acepté y resigné a que aca no encontrare trabajo y estoy planeando irme del país en unos meses. Que va a pasar si no me encuentran mas? Que pasa una vez pasa a juridico y no tengo nada a mi nombre? Ya topé y lo unico es buscar afuera, aca no abundan las oportunidades y agota no solo explicar eso a cada gestor que llama sino escucharlos decir que el banco confió en uno y que se debe honrar la deuda. Un argumento con el que estoy de acuerdo SI uno tiene cómo y si por molestar lo dejó de pagar, pero cuando no hay trabajo y nunca esperó estar sin el? Hay impotencia y es humillante
Gracias por su tiempo
Concuerdo con usted en todo.
El hecho es que en la práctica el cobro administrativo continuará. El banco o más bien el dueño de su cuenta, porque por lo general ellos venden a terceros las carteras en mora, intentará por todos los medios, incluso los ilegítimos, de hacer presión para que usted pague.
La demanda pueden hacerla ellos ante un juzgado, pero el juez al tiempo de dar su sentencia valora si usted tiene trabajo, si tiene bienes embargables de todo tipo (cuentas bancarias, inmuebles, vehículos). Agotadas las diligencias y comprobado que usted no tiene nada qué embargarse.... el caso queda en ese punto.
El acoso no va a terminar.
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